Norma Legal Oficial del día 26 de abril del año 2002 (26/04/2002)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 26 de MORDAZA de 2002

Informe Nº 002-96-CTAR-RMTP/ORAI, denominado "Inspeccion a la Unidad Operativa de Desarrollo Huancane"; Que, en el Informe en referencia, conforme a las Conclusiones 3 y 4, se ha determinado la existencia de un faltante de S/. 5 141,90 (Cinco Mil Ciento Cuarenta y Uno y 00/100 Nuevos Soles), atribuible al Sr. MORDAZA Capacoila MORDAZA, ex Administrador de la Unidad Operativa de Desarrollo Huancane; Que, el Inc. f) del Articulo 16º del Decreto Ley Nº 26162 - Ley del Sistema Nacional de Control, senala que los informes y/o dictamenes emitidos por cualquier organo del Sistema constituye prueba preconstituida para el inicio de las acciones administrativas y/o legales a que hubiere lugar; por lo que en merito a ello se hace necesario autorizar a la Procuradora Publica encargada de los asuntos judiciales del Ministerio de la Presidencia, a interponer las acciones legales correspondientes contra los presuntos responsables; Con la opinion favorable de la Oficina de Asesoria Juridica; De conformidad con el Articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru, el Articulo 12º del Decreto Ley Nº 17537, modificado por el Decreto Ley Nº 17667 y el Decreto Supremo Nº 011-2001-PRES; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar a la Procuradora Publica a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de la Presidencia, para que en nombre y representacion del Estado, interponga las acciones legales a que hubiere lugar contra el Sr. MORDAZA Capacoila MORDAZA y los que resulten responsables por los fundamentos esgrimidos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Remitir los antecedentes del caso a la Procuradora Publica del Sector, para los fines dispuestos por la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA Ministro de la Presidencia 7538

formes y/o dictamenes emitidos por cualquier organo del Sistema constituye prueba preconstituida para el inicio de las acciones administrativas y/o legales a que hubiere lugar; por lo que en merito a ello se hace necesario autorizar a la Procuradora Publica encargada de los asuntos judiciales del Ministerio de la Presidencia, a interponer las acciones legales correspondientes contra los presuntos responsables; Con la opinion favorable de la Oficina de Asesoria Juridica; De conformidad con el Articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru, el Articulo 12º del Decreto Ley Nº 17537, modificado por el Decreto Ley Nº 17667 y el Decreto Supremo Nº 011-2001-PRES; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar a la Procuradora Publica a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de la Presidencia, para que en nombre y representacion del Estado, interponga las acciones legales a que hubiere lugar contra los ex funcionarios comprendidos en el Informe Especial Nº 002-2001-02-4721 y los que resulten responsables por los fundamentos esgrimidos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Remitir los antecedentes del caso a la Procuradora Publica del Sector, para los fines dispuestos por la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA Ministro de la Presidencia 7539

Autorizan al PRONAP transferir derechos patrimoniales de autor de programas informaticos a favor de las EPS que participaron del PASSB
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 151-2002-PRES MORDAZA, 23 de MORDAZA de 2002 CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto Supremo Nº 155-94-EF se aprobo la Operacion de Endeudamiento Externo concertada entre la Republica del Peru y el Banco Interamericano de Desarrollo -BID, destinada a la ejecucion del Programa de apoyo al Sector de Saneamiento Basico y se autorizo la suscripcion del correspondiente contrato de prestamo; Que, el numeral 3 de la parte Introductoria - Estipulaciones Especiales del citado Contrato de Prestamo, establece que la ejecucion del Programa y utilizacion de los recursos del financiamiento del BID seran llevadas a cabo por el Proyecto Especial, Programa Nacional de Agua Potable y Alcantarillado (PRONAP) del Ministerio de la Presidencia; Que, entre las actividades que financia el Contrato de Prestamo, existe el Componente B: Mejoramiento Institucional y operativo de las Empresas Prestadoras de Servicios de Saneamiento - EPS - Anexo A, para el fortalecimiento institucional y gerencial de tales empresas, en base al cual el PRONAP ha procedido a la elaboracion del Programa Ordenador (Software) para el soporte informatico de los diferentes sistemas que comprenden los modelos empresariales disenados para las EPS; Que, el Ministerio de la Presidencia es titular del Programa Ordenador (Software), el mismo que se encuentra inscrito en el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Proteccion de la Propiedad Intelectual -INDECOPI- bajo la Partida Registral Nº 0126-2000; Que, se debe autorizar al PRONAP, en su calidad de Organismo Ejecutor del Contrato de Prestamo con el BID a que se hace referencia en el primer considerando de la presente Resolucion Ministerial a realizar las acciones administrativas y contables que resulten necesarias para que el Programa Ordenador (Software) se implemente en cada una de las EPS integrantes del Convenio de Asistencia Tecnica y Financiera;

Autorizan a procuradora iniciar acciones legales contra ex funcionarios del CTAR Ucayali por presuntas irregularidades en la ejecucion de obras publicas
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 150-2002-PRES MORDAZA, 23 de MORDAZA de 2002 Visto, el Oficio Nº 535-2001-CTAR Ucayali-P, de la Presidencia Ejecutiva del Consejo Transitorio de Administracion Regional Ucayali - CTAR Ucayali y el Informe Especial Nº 002-2001-02-4721, sobre "Evaluacion en la Eficiencia, Efectividad y Economia en Aspectos Fisicos, Financieros y Tecnico en la Ejecucion de Obras Publicas", periodo 2 de enero de 1998 al 31 de diciembre de 1999, elaborado por la Gerencia Regional de Control Interno del CTAR Ucayali; y, CONSIDERANDO: Que, del referido Informe Especial fluye la existencia de indicios razonables de presunta responsabilidad de parte de los ex funcionarios Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Del MORDAZA ex Gerente de Operaciones, como responsable en la operacion de valorizaciones proyectadas no ejecutadas; el Ing. MORDAZA Murgado MORDAZA, ex Subgerente de Ejecucion y Supervision de Proyectos, responsable al no haber supervisado la Obra de acuerdo a sus funciones y obligaciones y el Ing. MORDAZA Benel MORDAZA, Supervisor de Obra, quien, es responsable al haber valorizado metrados que aun no han sido ejecutados fisicamente y con su anuencia favorecio cobros indebidos por el Contratista; Que, el Inc. f) del Articulo 16º del Decreto Ley Nº 26162 - Ley del Sistema Nacional de Control, senala que los in-

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