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Pág. 234515 NORMAS LEGALES Lima, jueves 5 de diciembre de 2002 bre Conversión de Deuda" que se aprueba por el artículo pre- cedente, así como al Director General de Crédito Público del Ministerio de Economía y Finanzas a suscribir los demás documentos que se requieran para su implementación. Artículo 3º.- El presente Decreto Supremo es refren- dado por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los cuatro días del mes de diciembre del año dos mil dos. RAÚL DIEZ CANSECO TERRY Primer Vicepresidente de la República Encargado del Despacho Presidencial LUIS SOLARI DE LA FUENTE Presidente del Consejo de Ministros JAVIER SILVA RUETE Ministro de Economía y Finanzas 21484 Incluyen a ESSALUD en los alcances de los DD.SS. Nºs. 088, 098 y 117-2002- PCM para realizar acciones de preven- ción y mitigación de daños en posibles zonas afectadas por el Fenómeno del Niño DECRETO SUPREMO Nº 124-2002-PCM CONSIDERANDO: Que, mediante Decretos Supremos Nºs.088-2002-PCM y 098-2002-PCM, se declaró en situación de Emergencia, ante la inminencia del fenómeno del Niño y por el plazo de sesenta (60) días, los departamentos de Tumbes, Piura, Lambayeque, La Libertad, Cajamarca, Ancash, Lima, Ica, San Martín y la Provincia Constitucional del Callao, deter- minándose las entidades que podían contratar bienes, ser- vicios u obras necesarios para satisfacer la necesidad so- brevenida a la población que pueda resultar damnificada por el fenómeno del Niño; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 117-2002-PCM, publicado el 14.11.2002, se prorrogó, por un término de sesenta días adicionales, el Estado de Emergencia decla- rado por el D.S. Nº 088-2002-PCM; asimismo, se incluyó al departamento de Amazonas dentro de la citada declarato- ria de emergencia; Que, es necesario incluir dentro de los alcances de los Decretos Supremos Nºs.088-2002-PCM, 098-2002-PCM y 117-2002-PCM, al Seguro Social de Salud – ESSALUD, a efectos de que realicen las acciones necesarias para el mejoramiento de las coberturas, así como implementación y/o mejoramiento de los sistemas de drenaje fluvial, así como la adquisición o contratación de bienes y servicios para los centros asistenciales de ESSALUD que se en- cuentren en las zonas declaradas en emergencia; Que, al amparo de lo dispuesto por los artículos 19° y 22º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supre- mo Nº 012-2001-PCM y, del artículo 108º de su Reglamen- to, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001, corres- ponde incluir a ESSALUD en los alcances de los Decretos Supremos Nºs. 088-2002-PCM, 098-2002-PCM y 117- 2002-PCM; De conformidad con lo dispuesto en el inciso 1° del ar- tículo 137º de la Constitución Política del Perú y el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, en concor- dancia con lo dispuesto en el artículo 2º del Decreto Su- premo Nº 058-2001-PCM; Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Artículo 1º.- Inclúyase al Seguro Social de Salud – ES- SALUD dentro de los alcances de los Decretos SupremosNºs. 088-2002-PCM, 098-2002-PCM y 117-2002-PCM, para que sujetándose a la formalidad prevista en el artículo 105º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001- PCM, puedan realizar acciones de prevención y mitigación de daños en sus centros asistenciales y sedes administrati- vas que se encuentran dentro de la zona afectada. Artículo 2º.- El presente Decreto Supremo será re- frendado por el Presidente del Consejo de Ministros. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los cuatro días del mes de diciembre de 2002. RAÚL DIEZ CANSECO TERRY Primer Vicepresidente de la República Encargado del Despacho Presidencial LUIS SOLARI DE LA FUENTE Presidente del Consejo de Ministros 21485 Encargan el Despacho Presidencial al Segundo Vicepresidente de la República RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 533-2002-PCM Lima, 2 de diciembre de 2002 CONSIDERANDO: Que mediante Resolución Suprema Nº 525-2002-PCM, se encargó el Despacho de la Presidencia de la República al señor Raúl Diez Canseco Terry, Primer Vicepresidente de la República, del 2 al 9 de diciembre del presente año; Que el señor Raúl Diez Canseco Terry, Primer Vicepre- sidente de la República, viajará a la ciudad de Brasilia, República Federativa del Brasil para asistir, en representa- ción del Presidente de la República, a la "Cumbre Presi- dencial de la XXIII Reunión del Consejo del Mercado Co- mún", a realizarse el día 6 de diciembre del presente año; Que en consecuencia es necesario encargar las funcio- nes del Despacho Presidencial al señor David Waisman Rja- vinsthi, Segundo Vicepresidente de la República, en tanto dure la ausencia del Primer Vicepresidente de la República; De conformidad con lo dispuesto por el Artículo 115º de la Constitución Política del Perú; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo Único.- Encargar el Despacho Presidencial al señor David Waisman Rjavinsthi, Segundo Vicepresidente de la República, en tanto dure la ausencia del Primer Vice- presidente de la República. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República LUIS SOLARI DE LA FUENTE Presidente del Consejo de Ministros 21491 Dejan sin efecto las RR.SS. Nºs. 527 y 528-2002-PCM RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 534-2002-PCM Lima, 4 de diciembre de 2002 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 527-2002-PCM, se autorizó el viaje del Ministro de Relaciones Exteriores,