Norma Legal Oficial del día 05 de diciembre del año 2002 (05/12/2002)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 5 de diciembre de 2002

- El Director de la Consejo Nacional del Ambiente de la Presidencia de Consejo de Ministros, - El Director de Desarrollo Sostenible y/o de Asuntos especiales del Ministerio de Relaciones Exteriores, - El Director General de la Direccion General de Programacion Multianual del Sector Publico del Ministerio de Economia y Finanzas, - El Jefe del Instituto Nacional de Desarrollo ­ INADE del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, - El Jefe del Instituto Nacional de Recursos Naturales ­ INRENA del Ministerio de Agricultura, - El Director General de Direccion General de Informacion Agraria del Ministerio de Agricultura, - El Presidente de la Junta Nacional de Usuarios de los Distritos de Riego del Peru, Articulo 3º.- Presidencia de la Comision Tecnica Multisectorial El Viceministro de Agricultura o su representante presidiran la Comision Tecnica Multisectorial. En su ausencia, los miembros de la Comision Tecnica Multisectorial elegiran al Presidente suplente. Articulo 4º.- Secretaria Tecnica de la Comision Tecnica Multisectorial La Secretaria Tecnica es el organo ejecutivo de la Comision Multisectorial, la misma que estara integrada por un numero no menor de cuatro (4) ni mayor de seis (6) especialistas y/o consultores de los distintos sectores, los mismos que seran designados por la presidencia de la comision multisectorial, en un plazo MORDAZA de 3 dias utiles de instalada la comision. Articulo 5º.- Inicio de actividades Dentro de los cinco (5) dias utiles de vigencia del presente Decreto Supremo, los sectores mencionados en el articulo precedente, designaran, de ser necesario, mediante Resolucion Ministerial, a sus miembros titulares. Asimismo, y dado que cada miembro titular de la Comision Multisectorial contara con un representante o miembro suplente, el mismo que se encontrara facultado para asistir a las sesiones de la Comision en caso de impedimento o ausencia del Titular, resulta necesario que dentro del mismo plazo senalado en el parrafo anterior se designe tambien mediante Resolucion Ministerial a dichos miembros suplentes. El Presidente de la Junta Nacional de Usuarios de los Distritos de Riego del Peru MORDAZA conocer directamente al Presidente de la Comision Multisectorial, dentro del plazo MORDAZA referido quien actuara como su representante en caso de ausencia o impedimento de asistencia. Articulo 6º.- Asesoramiento, informacion y apoyo Los Organismos Publicos Descentralizados, Proyectos y Organos Desconcentrados de los diferentes sectores, en el MORDAZA de sus funciones respectivas, proporcionaran el apoyo e informacion necesaria a los miembros integrantes de la presente Comision Tecnica en el cumplimiento de su finalidad. Articulo 7º.- Plazo La Comision Tecnica presentara informes mensuales al Presidente del Consejo de Ministros, ejerciendo las funciones encomendadas en un plazo de Ciento veinte dias (120) utiles desde su instalacion. Al final de dicho plazo, el Proyecto de la Ley de Aguas, sera expuesto ante el Presidente del Consejo de Ministros y los Ministros de los sectores convocados para este fin. Articulo 8º.- Gastos Los gastos que irrogue la aplicacion de lo dispuesto en el presente Decreto Supremo deberan ser cubiertos con cargo a los presupuestos institucionales que corresponda. Articulo 9º.- Del refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Agricultura, el Ministro de Economia y Finanzas, el Ministro de Salud, el ministro de la Produccion, el Ministro de Energia y Minas, el Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento y el Ministro de Relaciones Exteriores. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los cuatro dias del mes de diciembre del ano dos mil dos.

MORDAZA DIEZ CANSECO MORDAZA Primer Vicepresidente de la Republica Encargado del Despacho Presidencial MORDAZA SOLARI DE LA FUENTE Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA QUIJANDRIA SALMON Ministro de Agricultura MORDAZA MORDAZA RUETE Ministro de Economia y Finanzas MORDAZA CARBONE MORDAZA Ministro de Salud MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de la Produccion MORDAZA QUIJANDRIA SALMON Ministro de Energia y Minas MORDAZA MORDAZA Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento MORDAZA MORDAZA TIZON Ministro de Relaciones Exteriores 21483

Aprueban el "Memorandum de Entendimiento sobre Conversion de Deuda" a celebrarse con el Gobierno del Reino Unido de Gran Bretana e Irlanda del Norte
DECRETO SUPREMO Nº 123-2002-PCM EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, en el MORDAZA de las relaciones bilaterales de cooperacion internacional, se han sostenido negociaciones con los representantes del Gobierno de Reino Unido de Gran Bretana e Irlanda del Norte, relacionadas con la deuda que la Republica del Peru mantiene con dicho pais; Que, como resultado de dichas negociaciones, los representantes de los Gobiernos de Reino Unido de Gran Bretana e Irlanda del Norte y de la Republica del Peru suscribiran el "Memorandum de Entendimiento sobre Conversion de Deuda", que establece el MORDAZA general para realizar operaciones de conversion, hasta por la suma aproximada de £ 19 000 000,00 (DIECINUEVE MILLONES Y 00/100 LIBRAS ESTERLINAS) y de US$ 2 800 000,00 (DOS MILLONES OCHOCIENTOS MIL Y 00/100 DOLARES AMERICANOS), con cargo a las obligaciones que el Peru mantiene con dicho pais; De conformidad con lo dispuesto en la Sexta Disposicion Complementaria y Transitoria de la Ley Nº 27575, Ley de Endeudamiento del Sector Publico para el ano Fiscal 2002; Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Articulo 1º.- Apruebase el "Memorandum de Entendimiento sobre Conversion de Deuda", que en 6 (seis) clausulas, celebraran el Gobierno de la Republica del Peru y el Gobierno de Reino Unido de Gran Bretana e Irlanda del Norte, que establece el MORDAZA general para realizar operaciones de conversion, hasta por la suma aproximada de £ 19 000 000,00 (DIECINUEVE MILLONES Y 00/100 LIBRAS ESTERLINAS) y de US$ 2 800 000,00 (DOS MILLONES OCHOCIENTOS MIL Y 00/100 DOLARES AMERICANOS), con cargo a las obligaciones que el Peru mantiene con dicho pais. Articulo 2º.- Autorizase al Ministro de Economia y Finanzas o quien el designe, a suscribir, en representacion de la Republica del Peru, el "Memorandum de Entendimiento so-

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