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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2002 (05/12/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

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Pág. 234529 NORMAS LEGALES Lima, jueves 5 de diciembre de 2002 Los aspectos que merecerán atención prioritaria son los siguientes: a. Lealtad y moralidad del Oficial a través de todos los años de su carrera. b. Cualidades intelectuales. c. Aptitud para el Mando. d. Rendimiento. e. Experiencia y formación profesional. f. Aptitud para desempañar los puestos inherentes al grado inmediato superior. g. Disciplina. h. Conocimientos Profesionales. i. Otras informaciones debidamente comprobadas, que sean de su conocimiento. Art. 54 .- Como consecuencia de la evaluación de los aspectos precitados el comité de Selección, en base a la nota de potencial profesional que trae el candidato, asig- nará su nota de potencial respetando lo siguiente: a. Para el ascenso a Capitán, a Mayor, a Teniente Coronel y Coronel, la nota variará en más/menos (+/-) 05 puntos a partir de la Nota Base que cada candidato trae como potencial. Esto implica que el Comité puede administrar este porcentaje entre 0 y 5 hacia arriba o hacia abajo, asignando unidades o fracciones de acuer- do a su criterio. b. Para el ascenso a General de Brigada y General de División, la nota será otorgada a criterio del Comité de Selección, tomando como referencia la nota base de potencial que trae el candidato. Art. 55 .- La nota de Potencial Profesional por asignar resultará de la conclusión mayoritaria de los miembros del Comité o Subcomité de Selección siendo dirimente el voto del Presidente del comité. La nota promedio de este factor no debe exceder de 100. Art. 56 .- La nota de Potencial Profesional que asigne el Comité de Selección, sólo tendrá validez en el año del proceso. TÍTULO V DE LAS VACANTES, DE LOS CUADROS DE MÉRITO, DE LOS CUADROS DE ASCENSOS CAPÍTULO I DE LA DETERMINACIÓN DE VACANTES Art. 57 .- Las vacantes para Oficiales de Armas y Servicios y Personal con Status de Oficial de todos los grados, resultarán de las necesidades de los Cua- dros de Organización, de la aplicación de los Artícu- los 55º al 65º del Decreto Legislativo Nº 752, Ley de Situación Militar y de la cantidad de candidatos en cada grado. Art. 58 .- Anualmente el Ministerio de Defensa decla- rará las vacantes por cubrir, en todos los grados para los Oficiales de Armas y servicios y Personal con Status de Oficial, incluyendo las vacantes para el otorgamiento de la efectividad en el grado a los Oficiales asimilados y a los Oficiales de Reserva. Art. 59 .- Las vacantes específicas de cada Arma o Servicio, hasta el grado de Coronel inclusive, serán cu- biertas dentro de cada grado por los Oficiales del Arma o Servicio respectivo. Art. 60 .- Las vacantes dentro de cada grado que correspondan a empleos que puedan ser desempeña- dos indistintamente por Oficiales de cualquier Arma, se distribuirán entre las Armas proporcionalmente al núme- ro de Oficiales del grado correspondiente, éstos para el ascenso, en el caso de los Oficiales de Servicio, se seguirá un criterio similar. Art. 61 .- Las vacantes para los grados de General de Brigada y General de División, procedentes de Ar- mas, serán declaradas globalmente; y para los Genera- les de Brigada procedentes de Servicios, en forma es- pecífica.FACTOR DE PONDERACION DE LAS NOTAS OBTENIDAS ASCEN SO EN EL GRADO DE : A Gral Crl Tte Crl My Cap Tte STte Brig Gral Div 1.0 0.9 0.8 0.7 0.6 0.5 0.4 Gral Brig 1.0 0.9 0.8 0.7 0.6 0.5 Crl 1.0 0.9 0.8 0.7 0.6 Tte Crl 1.0 0.9 0.8 0.7 Mayor 1.0 0.9 0.8 Capitán 1.0 0.9 Tte 1.0 El promedio de cálculo será el siguiente: Nota Potencial =[m(a1+a2+a3+...)+n(b1+b2+b3+...)+ Ponderado (npp) =p(c1+c2+c3...)+n(d1+d2+d3...)+..] [m(a)+n(b)+p(c)+q(d)+....] Donde: a1. a2. b3 =Notas de potencial obtenidas durante to- dos los años en el grado actual. b1. b2. b3 =Notas de potencial obtenidas durante to- dos los años en el grado anterior. c1. c2. c3 =Notas de potencial obtenidas durante to- dos los años en cada grado hasta el gra- do STte. m. n. p. q. =Factores de ponderación según tabla in- dicada. a. b. c. d. =Número de años en cada grado hasta el grado de STte. El promedio anual de las notas de potencial profesio- nal para los Oficiales que hayan sido evaluados en más de un Informe de Evaluación en el año calendario, o le faltan algunas notas, se procederá en la forma indicada en el Artículo 34, pero utilizando la nota potencial profe- sional de los Informes de Evaluación para Oficiales. EJEMPLO: Caso de un Oficial del grado de Tte Crl que en el Proceso de Ascensos al grado de Coronel, tiene en sus IIEE las notas de potencial, siguientes: Grado Coef 1ª Not 2ª Not 3ª Not 4ª Not 5ª Not 6ª Not Años Tte Crl 1.0 94.915 95.000 95.000 94.800 95.000 95.000 6 My 0.9 95.000 95.800 95.000 94.960 94.924 94.905 6 Cap 0.8 94.315 94.970 94.250 94.750 4 Tte 0.7 95.600 92.200 94.000 3 STte 0.6 93.715 94.400 91.158 3 DONDE : Coeficientes por grados ;m= 1.0n=0.9p=0.8q=0.7r=0.6 Nº de Notas cada grado :a=6 b=6 c=4 d=3 e=3 APLICANDO LA FORMULA npp =[1.0(94.915+95.00+95.000+94.800+95.000+95.000)+ 0.9(95.000+95.800+95.000+94.960+94.924+94.905)+ 0.8(94.315+94.970+94.250+94.750)+ 0.7(95.600+92.200+94.000)+0.6(93.715+94.400+91.158)] [1.0(6)+0.9(6)+0.8(4)+0.7(3)+0.6(3)] 569.715 + 513.529 + 302.628 + 197.260 + 167.563 npp = = 18.5 Nota de Potencial 1750.695 Profesional = =94.632 18.5 Art. 53 .- La nota que asigna el C omité de Selección de Oficiales, se determinará realizando un exhaustivo, juicioso e imparcial análisis y evaluación de toda la infor- mación referente al candidato, contenida en su Legajo Personal y en los Cuadros Básicos. El Comité de Selección solicitará a la Junta Perma- nente de Evaluación toda la información adicional que requiera de los candidatos.