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Pág. 234519 NORMAS LEGALES Lima, jueves 5 de diciembre de 2002 cada Área Natural Protegida. Este constituye el docu- mento de planificación de más alto nivel para la gestión de las áreas naturales protegidas; Que, el artículo 37º, numeral 3 del Reglamento de la Ley de Áreas Naturales Protegidas señala que la Dirección General de Áreas Naturales Protegidas aprueba mediante Resolución Directoral, los términos de referencia y las guías metodológicas para la elabo- ración de los Planes Maestros, asimismo puede sus- cribir acuerdos, convenios u otros documentos aná- logos con instituciones públicas y privadas con el fin de facilitar el proceso de su elaboración; Que, el artículo 37º, numeral 4) del Reglamento en mención y el artículo 20º de la Ley de Áreas Natu- rales Protegidas establecen que los planes maes- tros son elaborados por medio de un proceso partici- pativo y deben ser revisados cada cinco años. En estos planes se define la zonificación, estrategias y políticas generales para la gestión de la respectiva Área Natural Protegida, organización, objetivos, pla- nes específicos y programas de manejo, marcos de cooperación, coordinación y participación en rela- ción con el área y sus zonas de amortiguamiento, asimismo, cada plan maestro debe incluir un plan de acción para su implementación; Que, mediante Decreto Supremo Nº 048-2000-AG se establece la Reserva Nacional Tambopata y se am- plía el Parque Nacional Bahuaja Sonene con el objetivo de proteger la flora y fauna silvestres y sus bellezas paisajísticas contenida entre los ríos Tambopata y So- nene;Que, mediante un oficio Nº 116-2002-INRENA- DGANP-J-PNBS-RNTAMB, del 15 de octubre del 2002, la Jefatura del Parque Nacional Bahuaja Sone- ne y de la Reserva Nacional Tambopata, ha elevado a la Dirección General de Áreas Naturales Protegi- das los términos de referencia para la elaboración del Plan Maestro del Parque Nacional Bahuaja Sone- ne y la Reserva Nacional Tambopata, elaborado de manera participativa, a fin de asegurar y contribuir con los objetivos de su creación; y, De conformidad con el artículo 27º del Decreto Supre- mo Nº 046-2001-AG "Reglamento de Organizaciones y Funciones del Instituto Nacional de Recursos Naturales - INRENA"; SE RESUELVE: Artículo Único.- Aprobar los Términos de Referencia para la elaboración del Plan Maestro del Parque Nacio- nal Bahuaja Sonene y la Reserva Nacional Tambopata, contenidos en el anexo que forma parte de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. GUSTAVO SUÁREZ DE FREITAS Director General de Áreas Naturales Protegidas INRENA 21389 REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS Se comunica al Congreso de la República, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autónomos y Descentralizados, CTAR y Municipalidades que, para efecto de publicar sus dispositivos y Sentencias en la Separata de Normas Legales y Separatas Especiales, respectivamente, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1.-Las normas y sentencias por publicar se recibirán en la Dirección del Diario Oficial en el horario de 10.30 a.m. a 5.00 p.m. de lunes a viernes. 2.-Las normas y sentencias cuya publicación se solicite para el día siguiente no deberán exceder de diez (10) páginas. 3.-Si las normas y sentencias que ingresaran al diario, en suma, tuvieran una extensión igual o mayor a dos (2) páginas de texto, se requerirá la presentación adjunta de disquete. 4.-Las normas y sentencias además, deben ser remitidas en disquete o al correo electrónico: normaslegales@editoraperu.com.pe . 5.-Cualquiera sea la cantidad de páginas, si las normas contuvieran tablas o cuadros, éstas deberán venir en diskette y trabajados en Excel una línea por celda sin justificar y, si contuvieran gráficos, éstos deberán ser presentados en formato EPS o TIF a 600 DPI y en escala de grises. LA DIRECCIÓNDIARIO OFICIAL