Norma Legal Oficial del día 20 de diciembre del año 2002 (20/12/2002)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 20 de diciembre de 2002

Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; De conformidad con el articulo 7º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, los articulos 5º, 6º, 7º y 8º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, la Directiva Nº 022-2001-CONSUCODE/PRE; Con el visado de la Jefa de la Oficina de Administracion, del Jefe de la Oficina de Asesoria Juridica y del Director Ejecutivo; y, En uso de las facultades conferidas por el Decreto Legislativo Nº 112 y su Reglamento Decreto Supremo Nº 06984-ED; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Aprobar la modificacion del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnologia - CONCYTEC, correspondiente al ejercicio presupuestal del ano 2002, el mismo que como anexo forma parte de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- Autorizar la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo Tercero.- Disponer que el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Estado modificado sea informado a las entidades respectivas de acuerdo a la normatividad vigente. Articulo Cuarto.- Encargar a la Oficina de Administracion el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA Presidente 22487

ESSALUD
Autorizan adquirir Licencia SAP R/3 y contratar servicio de mantenimiento mediante adjudicacion directa de menor cuantia
RESOLUCION DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 619-PE-ESSALUD-2002
MORDAZA, 13 de diciembre de 2002 VISTA: La Carta Nº 1175-GCIN-ESSALUD-2002, la Carta Nº 6420OCAJ-ESSALUD-2002 y el Informe Tecnico que sustenta la exoneracion para la adquisicion de una (01) Licencia SAP R/3 para 100 usuarios, asi como el servicio de mantenimiento de las licencias SAP R/3 para 395 usuarios; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 1º de la Ley Nº 27056 "Ley de Creacion de ESSALUD" establece que el Seguro Social de Salud otorga cobertura a sus asegurados y sus derechohabientes, a traves del otorgamiento de prestaciones de prevencion, promocion, recuperacion, rehabilitacion, prestaciones economicas y prestaciones sociales que corresponden al regimen contributivo de la Seguridad Social en Salud, asi como otros seguros de riesgos humanos; Que, de acuerdo al Informe Tecnico Nº 014-MAP-GCI-ESSALUD-2002 que sustenta la solicitud de exoneracion, el sistema SAP R/3 es un sistema que alberga tanto los programas como base de datos de los distintos modulos que lo conforman; Que, en el ano 1998, Essalud adquirio una (01) Licencia Server SAP R/3 version 3.1 con conexion para 115 usuarios para el acceso al modulo de contabilidad SAP R/3. Asimismo, durante los anos 1999 y 2001, Essalud implemento el sistema SAP R/3 en los diferentes modulos de Logistica, Costos y Presupuestos, no obstante, por la necesidad de contar con la continuidad de dicha implementacion, se hizo necesario efectuar instalaciones adicionales de licencias SAP R/3 cliente para el acceso a los modulos en referencia, adquiriendose para ello una (01) Licencia SAP R/3 para 180 usuarios, contratandose el servicio de mantenimiento para la presente Licencia y la

anteriormente adquirida para 115 usuarios, hasta el 30 de noviembre del 2002; Que, resulta necesario adquirir nuevas licencias para mantener la integridad administrativa a nivel nacional para los diferentes modulos SAP R/3, asi como el mantenimiento y actualizacion de las licencias ya adquiridas bajo el sistema SAP R/3, caso contrario, de no contar con el mencionado Sistema, el desarrollo de las funciones de las diferentes areas de Essalud se veria seriamente afectado debido a que los Sistemas Logistico y Financiero son dependientes de los modulos del sistema SAP R/3; Que, en consecuencia, la Oficina Central de Informatica propone: i) La adquisicion de una (01) nueva Licencia SAP R/3 para 100 usuarios; ii) El mantenimiento y actualizacion de las Licencias adquiridas para 395 usuarios (incluye las dos licencias SAP R/3 para 295 usuarios, adquiridos en los anos 1998 y 2001, asi como la Licencia que se solicita adquirir para 100 usuarios); Que, segun el referido Informe Tecnico, el monto estimado para la adquisicion de una (01) Licencia SAP R/3 para 100 usuarios ascenderia a la suma de US$ 346,920.00 o su equivalente a S/. 1'283,604.00 (un millon doscientos ochentitres mil seiscientos cuatro y 00/100 nuevos soles) y, el mantenimiento y actualizacion de las Licencias para 395 usuarios ascenderia a la suma de US$ 229,269.00 o su equivalente a S/. 848,295.00 (ochocientos cuarentiocho mil doscientos noventicinco y 00/100 nuevos soles), que hace un total de US$ 576,189.00 o su equivalente a S/. 2'131,899.00 (dos millones ciento treintiuno mil ochocientos noventinueve y 00/100 nuevos soles), lo que ameritaria que la adquisicion del bien y mantenimiento del mismo se lleve a cabo a traves de una Licitacion Publica; sin embargo, llevar a cabo dicho MORDAZA de seleccion careceria de objeto toda vez que la firma SAP con sede en Alemania, es titular de los derechos de autor del software SAP R/3 en tanto que SAP MORDAZA y Del Caribe CA Sucursal Peru, es la unica empresa acreditada por la titular de los derechos correspondientes, para brindar el servicio de mantenimiento y venta de licencias SAP R/3 dentro del territorio nacional; Que, de acuerdo al inciso f) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, esta exonerada del MORDAZA de licitacion publica, los bienes o servicios que no admiten sustitutos; Que, de lo expuesto se desprende que, la realizacion de una licitacion publica para la adquisicion de Licencias SAP R/3 no cumpliria funcion alguna, toda vez que dichos bienes no admiten sustitutos, esto es, se trata de las unicas licencias en el MORDAZA que permiten satisfacer las necesidades de la Institucion y que, ademas, son suministradas por un unico proveedor - SAP MORDAZA y del Caribe C.A. Sucursal Peru, siendo importante la adquisicion de las misma ya que, conforme se desprende del Informe Tecnico que sustenta la exoneracion, permitira efectuar de manera eficiente la integracion administrativa de Essalud a nivel nacional; Que, igualmente se da en el caso del servicio de mantenimiento y actualizacion de software para las licencias de SAP R/3, de suma importancia para el optimo funcionamiento del sistema, ya que este servicio permite obtener las notas correctivas para el Sistema, asi como acceder al servicio OSS (Ayuda en linea), soporte tecnico necesario ante cualquier MORDAZA del sistema que ponga en riesgo el acceso de los usuarios al sistema, y, las actualizaciones del software que la titular de los derechos distribuya en el MORDAZA, durante la vigencia del contrato de mantenimiento; Que, al haberse configurado la causal prevista en el inciso f) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, resulta procedente exonerar la adquisicion de una (01) Licencia SAP R/3 para 100 usuarios, asi como el servicio de mantenimiento y actualizacion de las licencias SAP R/3 para 395 usuarios, de la realizacion de una licitacion publica; en consecuencia, corresponde realizar una adjudicacion de menor cuantia, tal como lo dispone el articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, y el articulo 116º del Reglamento del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM; Que, segun el articulo 20º inciso a) del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, la exoneracion debe ser aprobada por resolucion del Titular del Pliego de la Entidad; Que, de acuerdo con el articulo 8º de la Ley Nº 27056, Ley de Creacion del Seguro Social de Salud, concordado

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