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Pág. 235633 NORMAS LEGALES Lima, domingo 22 de diciembre de 2002 Que, el artículo 20º del precitado dispositivo legal es- tablece que estas exoneraciones se aprobarán mediante Resolución del Titular del Pliego requiriendo obligato- riamente un informe técnico-legal previo; Que los artículos 105º y 116º del reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por el D.S. Nº 013-2001-PCM, establecen que de produ- cirse los supuestos señalados en el Art. 19º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, las contrata- ciones y adquisiciones se efectúan mediante el proceso de Adjudicación de Menor Cuantía, y que la autoridad com- petente para aprobar la exoneración determinará, en cada caso, la dependencia u órgano que se encargará de rea- lizar la adquisición o contratación exonerada, de acuerdo al monto involucrado y a su complejidad, envergadura o sofisticación y que en esta Adjudicación de menor Cuan- tía, la Entidad hará las adquisiciones o contrataciones me- diante acciones inmediatas; Que, mediante el informe técnico s/n y legal Nº 001- 2002 sustentatorios del 18 y 19 de noviembre del 2002 emitidos por el Jefe del Estado Mayor A-4 y por el Asesor Legal del Grupo Aéreo Nº 51 de la FAP, que forman parte integrante de la presente Resolución, se justifica la adqui- sición de partes/repuestos, inspección y reparación de accesorios para la reparación del helicóptero Schweizer modelo 296C Nº Serie S1789 con matrícula FAP 666 del Grupo Aéreo Nº 51 de la Fuerza Aérea del Perú, y se com- prueba que la solicitud de exoneración por "Bienes y ser- vicios que no admiten sustitutos" se encuentran enmar- cada dentro de los alcances del inciso f) del artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado con el Decreto Su- premo Nº 012-2001-PCM concordante con el artículo 20º de dicho Texto Único Ordenado; siendo los mencionados requerimientos exclusivamente proporcionados y realiza- dos por la empresa Schweizer Aircraft Corp, por ser el fabricante del helicóptero Schweizer, la que cuenta con los estudios técnicos, tecnología, infraestructura y ofrece la garantía de fábrica correspondiente; Que, la adquisición de partes/repuestos, inspección y reparación de accesorios para la reparación del helicóp- tero Schweizer modelo 296C número de serie S1790 con matrícula FAP 666 del Grupo Aéreo Nº 51 de la Fuerza Aérea del Perú, tiene un valor referencial de US$ 97,584.72 y se encuentra financiada con el presupuesto de Recur- sos Directamente recaudados AF-2002 en la cadena pro- gramática de gastos 5.3.11.39 y 6.7.11.51; Estando a lo informado por el Secretario de Adquisi- ciones y Contrataciones y el Comandante de Operacio- nes de la Fuerza Aérea, lo opinado por el Jefe del Estado Mayor General de la Fuerza Aérea y a lo acordado con el Comandante General de la Fuerza Aérea; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Exonerar a la Fuerza Aérea del Perú del proceso de selección Licitación Pública Internacional, por la causal de "Bienes y servicios que no admiten sustitu- tos", para la adquisición de partes/repuestos, inspección y reparación de accesorios, para la reparación del heli- cóptero Schweizer modelo 296C número de serie S1789 con matrícula FAP 666 del Grupo Aéreo Nº 51 de la Fuer- za Aérea del Perú, por un valor referencial de US$ 97,584.74, con cargo al presupuesto de Recursos Direc- tamente Recaudados AF-2002 en la cadena programática de gastos 5.3.11.39 y 6.7.11.51. Artículo 2º.- Autorizar a la Fuerza Aérea del Perú, a nombrar al Comité Especial que llevará a cabo el proceso de Adjudicación de Menor Cuantía y al Comando de Ope- raciones a efectuar los trámites administrativos que le co- rrespondan, de conformidad con el texto Único Ordenado de la ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento. Artículo 3º.- Poner la presente Resolución Ministe- rial, así como los informes técnico y legal en conocimiento de la Contraloría General de la Repúbli- ca dentro de los diez días calendario siguientes a la fecha de su promulgación para los fines de control posterior que corresponda. Regístrese, comuníquese y publíquese. AURELIO E. LORET DE MOLA BÖHME Ministro de Defensa 22695RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 2050-DE/FAP Lima, 18 de diciembre de 2002 VISTO: El Oficio V-67-COFA-SACFA Nº 0534 del 4 de diciem- bre del 2002 de la Comandancia General de la Fuerza Aérea del Perú, por el que solicita la exoneración de un proceso de selección de Adjudicación Directa Pública, por "Bienes que no admiten sustitutos", para realizar la ad- quisición del software necesario para actualizar la base de datos del Flight Management Computer Systems (FMCS) de la aeronave Boeing 737-528, matrícula FAP Nº 356 del Grupo Aéreo Nº 8. CONSIDERANDO: Que, el artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado apro- bado con el Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, en su inciso f), indica que están exoneradas de los procesos de Licitación Pública Internacional, Concurso Público o Ad- judicación Directa, según sea el caso, cuando los bienes o servicios no admiten sustitutos; Que, el artículo 20º del dispositivo legal antes mencio- nado establece que estas exoneraciones se aprobarán me- diante Resolución del Titular del Pliego requiriendo obligato- riamente un informe técnico-legal previo debiendo ser publi- cado en el Diario Oficial El Peruano y puesto en conocimien- to de la Controlaría General de la República, y que las con- trataciones a que se refiere el artículo anterior se realizarán mediante el proceso de adjudicación de menor cuantía; Que, los artículos 105º y 116º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, apro- bado con Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, estable- cen que de producirse los supuestos señalados en el Ar- tículo 19º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, las contrataciones y adquisiciones se efectúan me- diante el proceso de Adjudicación de Menor Cuantía y que la autoridad competente para aprobar la exoneración de- terminará, en cada caso, la dependencia u órgano que se encargará de realizar la adquisición o contratación, de acuerdo al monto involucrado y a su complejidad, enver- gadura o sofisticación y que en esta Adjudicación de Me- nor Cuantía, la Entidad hará las adquisiciones o contrata- ciones mediante acciones inmediatas; Que, mediante el Informe Técnico Sustentatorio S/N emi- tido por el Grupo Aéreo Nº 8, que forma parte de la presente Resolución, se justifica la adquisición del software necesario para actualizar la base de datos del Flight Management Com- puter Systems (FMCS) de la aeronave Boeing 737-528, ma- trícula FAP Nº 356 del Grupo Aéreo Nº 8, por un valor referen- cial de US$ 36,900.00 (Treintiséis mil novecientos y 00/100 dólares americanos, el cual se encuentra financiado con el Presupuesto de Recursos Ordinarios AF-2002, en la cadena programática de gastos 5.3.11.39, el mismo que permitirá que la mencionada aeronave cuente con la sofisticación requeri- da en su sistema de navegación, así como los datos de fre- cuencia actualizada, procedimientos de área terminal y de aproximación, pistas y aeropuertos, así como patrones de es- pera, siendo imprescindible contar con dicho Software el cual es proporcionado exclusivamente por el fabricante del men- cionado software la compañía Jeppesen Sanderson Inc.; Que, del Informe Legal respectivo emitido por el Gru- po Aéreo Nº 8 que forma parte de la presente Resolución, se comprueba que la solicitud de exoneración por "bienes que no admiten sustitutos" se encuentra enmarcada den- tro de los alcances del inciso f), artículo 19º del Texto Úni- co Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisicio- nes del Estado aprobado con el Decreto Supremo Nº 012- 2001-PCM concordante con el artículo 20º de dicho Texto Único Ordenado y con los artículos 105º y 116º del Re- glamento de la precitada norma aprobada con el Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM; Estando a lo informado por el Secretario de Adquisi- ciones y Contrataciones, el Comandante de Operaciones de la Fuerza Aérea, lo opinado por el Jefe del Estado Ma- yor General de la Fuerza Aérea y a lo acordado con el Comandante General de la Fuerza Aérea; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Exonerar a la Fuerza Aérea del Perú del Proceso de selección de Adjudicación Directa Pública, por