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Pág. 235635 NORMAS LEGALES Lima, domingo 22 de diciembre de 2002 Emergencia por el plazo de 60 días, ante la inminencia del Fenómeno "El Niño" a los departamentos de Tumbes, Piura, Lambayeque, La Libertad, Cajamarca, Ancash, Lima, Ica y San Martín, a efectos que diversas Entidades puedan ejecutar, al amparo de dicho Decreto Supremo, obras y acciones de prevención y mitigación de daños; y mediante el Decreto Supremo Nº 098-2002-PCM, del 3 de octubre del 2002, se incluyó dentro de sus alcances a la Provincia Constitucional del Callao, a efectos que en su jurisdicción se puedan realizar las acciones de preven- ción y mitigación de daños por el Fenómeno "El Niño"; y mediante el Decreto Supremo Nº 117-2002-PCM, del 13 de noviembre del 2002, se prorrogó, con eficacia antici- pada al 6 de noviembre del 2002, por el término de 60 días adicionales, el Estado de Emergencia declarado por el Decreto Supremo Nº 088-2002-PCM; Que, la Fuerza Aérea del Perú cuenta solo con un he- licóptero MI-8MTV-1, matrícula FAP Nº 602, el cual cum- ple misiones de transporte de personal y carga relaciona- das al desarrollo nacional y apoyo al Sistema Nacional de Defensa Civil, siendo la única aeronave capaz de realizar operaciones de vuelo en altura (6,000 m.s.n.m.), motivo por el que debe mantenerse en condiciones operativas permanentemente, más aún considerando el Estado de Emergencia declarado en diez (10) departamentos y la Provincia Constitucional del Callao, ante la inminencia del Fenómeno "El Niño"; Que, el helicóptero MI-8MTV-1, con matrícula FAP Nº 602, cuenta con dos motores TV3-117VM, uno inoperati- vo por vencimiento de su tiempo horario, y otro por ven- cerse su tiempo de vida horario los que deben ser some- tidos a una reparación mayor (overhaul) a realizarse en talleres especializados ubicados en el extranjero, labor que requerirá un plazo aproximado de 120 días calendario in- cluyendo su exportación e importación, lo que impediría que se encuentre en condiciones de brindar el apoyo ne- cesario a la defensa civil en las posibles consecuencias del Fenómeno del Niño, razón por la que reviste carácter urgente la adquisición de dos motores en calidad de "over- haul"; Que, el artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado apro- bado con Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, en su in- ciso c), indica que están exoneradas de los procesos de Licitación Pública, Concurso Público o Adjudicación Di- recta las adquisiciones y contrataciones que se realicen por situación de urgencia, concordante con el artículo 21º que define como "Situación de Urgencia" a la ausencia extraordinaria e imprevisible de determinado bien o servi- cio que compromete en forma directa e inminente la con- tinuidad de los servicios esenciales o de las operaciones productivas que la Entidad tiene a su cargo, facultándola para la adquisición o contratación de los bienes, servicios u obras sólo por el tiempo o cantidad, según sea el caso, necesario para llevar a cabo el proceso de selección que corresponda; Que, el artículo 20º de la Ley antes mencionada esta- blece que estas exoneraciones se aprobarán mediante Resolución del Titular del Pliego, requiriendo obligato- riamente un informe técnico-legal previo, Que, los artículos 105º y 116º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, apro- bado con Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, estable- cen que de producirse los supuestos señalados en el Ar- tículo 19º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, las contrataciones y adquisiciones se efectúan me- diante el proceso de Adjudicación de Menor Cuantía y que la autoridad competente para aprobar la exoneración de- terminará, en cada caso, la dependencia u órgano que se encargará de realizar la adquisición o contratación, de acuerdo al monto involucrado y a su complejidad, enver- gadura o sofisticación y que en esta Adjudicación de Me- nor Cuantía, la Entidad hará las adquisiciones o contrata- ciones mediante acciones inmediatas sobre la base de la obtención, por cualquier medio de comunicación incluyen- do el facsímil y el correo electrónico, de una cotización que cumpla los requisitos establecidos en las Bases; Que, del informe técnico s/n del 5 de diciembre del 2002, emitido por el Grupo Aéreo Nº 3 que forma parte de la presente Resolución Ministerial, se establece que para afrontar el Fenómeno del Niño que se prevé afectará al territorio nacional en los meses de febrero a abril del año 2003, con las consecuencias previsibles para este tipo de fenómenos, se hace necesario el utilizar, entre otras ae- ronaves, el helicóptero MI-8MTV-1 de matrícula FAP Nº 602 para el transporte del personal y material para la de-fensa civil, así como para la evacuación de la población civil de las zonas afectadas por las lluvias, inundaciones, derrumbes, huaycos, etc, y que debido a su uso un motor se encuentra inoperativo y otro por vencer su tiempo de vida horario y que para su reparación se requiere de un promedio de 120 días calendarios aproximadamente, in- cluyendo el tiempo que demandaría efectuar el proceso de selección correspondiente como el requerido para la puesta en operatividad de estos motores siendo por esta consideración materialmente imposible que esta aerona- ve se encuentre operativa oportunamente para afrontar el Fenómeno del Niño del 2003; razón por la cual se hace necesario adquirir dos motores modelo TV3-117VM en la condición de overhaul aplicables al helicóptero MI-8MTV- 1 por un valor referencial de trescientos cuarenta mil con 00/100 dólares americanos (US$ 340,000.00) en la cade- na de gastos 5.3.11.30, con cargo al presupuesto Recur- sos Directamente Recaudados AF-2002; Que, del informe legal s/n del 5 de diciembre del 2002 se comprueba que la solicitud de exoneración por "Situa- ción de Urgencia" se encuentra enmarcada dentro de los alcances del inciso c) del artículo 19º e inciso a) del Artícu- lo 20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contratacio- nes y Adquisiciones del Estado aprobado con el Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM concordante con el 2º párrafo del Artículo 108º del Reglamento de la pre-citada norma aprobada con el Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM; Estando a lo informado por el Secretario de Adquisi- ciones y Contrataciones, del Comando de Operaciones, a lo opinado por el Jefe del Estado Mayor General y a lo acordado con el Comandante General de la Fuerza Aé- rea; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Exonerar a la Fuerza Aérea del Perú del proceso de selección de Licitación Pública Internacional por "Situación de Urgencia", para la adquisición de dos (2) motores modelo TV3-117VM en condición de overhaul, aplicables al helicóptero MI-8MTV-1 de matrícula FAP Nº 602 por un valor referencial de trescientos cuarenta mil con 00/100 dólares americanos (US$ 340,000.00), en la cadena de gasto 5.3.11.30 con cargo al presupuesto Re- cursos Directamente Recaudados AF-2002. Artículo 2º.- Poner la presente Resolución Ministerial en conocimiento de la Controlaría General de la Repúbli- ca dentro de los diez (10) días calendarios siguientes a la fecha de su aprobación para los fines de control posterior que corresponda. Regístrese, comuníquese y publíquese. AURELIO E. LORET DE MOLA BÖHME Ministro de Defensa 22698 ECONOMÍA Y FINANZAS Aprueban la Directiva de Tesorería para el Año Fiscal 2003 RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 103-2002-EF/77.15 Lima, 18 de diciembre de 2002 CONSIDERANDO: Que, con la finalidad de asegurar un adecuado y opor- tuno cierre de las operaciones de tesorería y demás ac- ciones relacionadas con la ejecución financiera del Año Fiscal 2002 e inicio de las operaciones de tesorería para el próximo Año Fiscal 2003, es pertinente establecer las condiciones y fijar los plazos a ser aplicados por las Uni- dades Ejecutoras. Que, asimismo es necesario establecer las normas y procedimientos que permitan a las Unidades Ejecutoras del Sector Público, llevar a cabo la ejecución financiera para el Año Fiscal 2003, en el marco de lo dispuesto, en la parte pertinente, por la Ley Nº 27209, Ley de Gestión Presupuestaria del Estado; Que, se ha dispuesto la apertura de las subcuentas bancarias de gasto en el Banco de la Nación que operará