Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE JULIO DEL AÑO 2002 (01/07/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 15

Pág. 225653 NORMAS LEGALES Lima, lunes 1 de julio de 2002 cutar y evaluar las actividades de control, a las Dependen- cias del Ministerio; excepcionalmente, cuando las circuns- tancias lo ameriten, y en coordinación con los niveles res- pectivos, a los Órganos Desconcentrados del Sector, me- diante Auditorías, Exámenes Especiales, Inspecciones, In- vestigaciones, de conformidad con las Normas del Sistema Nacional de Control y demás disposiciones legales vigentes. Artículo 25º.- La Oficina General de Auditoría Interna tiene las funciones generales siguientes: a) Asesorar al Ministro en la política de control sectorial, de acuerdo a la normatividad del Sistema Nacional de Con- trol, en aspectos relacionados a los campos de su compe- tencia. b) Formular, ejecutar y evaluar el Plan Anual de Accio- nes de Control una vez aprobados por la Contraloría Gene- ral de la República. c) Planear, organizar y ejecutar auditorías, exámenes especiales, inspecciones e investigaciones, en las depen- dencias del Ministerio, Organismos Públicos Descentraliza- dos y Órganos Desconcentrados, de ser el caso, cumpliendo con las normas técnicas, métodos y procedimientos de con- trol señalados por la Contraloría General de la República. d) Ejecutar acciones de control dispuestas por el Titular del Sector y/o la Contraloría General de la República. e) Verificar y evaluar en las inspecciones, los aspectos de personal, logística, contable, financiero, presupuestal y, de patrimonio, entre otros, concordante con lo establecido por las oficinas y entes rectores de los Sistemas Adminis- trativos y normas vigentes. f) Emitir los Informes resultantes de las acciones de con- trol, proponiendo, a la Alta Dirección, las medidas correctivas pertinentes, conducentes al mejor funcionamiento del Sector. g) Realizar el seguimiento a la absolución de las Obser- vaciones formuladas, e implementación de las medidas co- rrectivas recomendadas, así como evaluar su cumplimien- to, informando a la Alta Dirección y a la Contraloría General de la República. h) Cumplir con otras funciones encomendadas por el Ministro y/o la Contraloría General de la República. Artículo 26º.- La Oficina General de Auditoría Interna está a cargo del Auditor General, quien tiene la categoría de Director General y depende jerárquicamente del Minis- tro, a quien reporta los resultados de las acciones de con- trol. Mantiene relación funcional con la Contraloría General de la República. Son funciones del Auditor General: a) Dirigir, coordinar, supervisar y evaluar las actividades de control y las funciones de los órganos bajo su depen- dencia, de acuerdo con las normas pertinentes y las direc- tivas del Ministro y del Sistema Nacional de Control. b) Conducir la formulación del Plan Anual de las Accio- nes de Control de los Sectores de Trabajo y Promoción del Empleo, evaluando su cumplimiento. c) Emitir las directivas referentes a las acciones de con- trol interno. d) Emitir los informes que sean necesarios así como aquellos que sean requeridos por la Alta Dirección, en el cumplimiento de sus funciones. e) Cumplir con otras funciones que le encargue la Alta Dirección. Artículo 27º.- La Oficina General de Auditoría Interna del Ministerio cuenta con las unidades orgánicas siguientes: - Oficina de Auditoría y Exámenes Especiales - Oficina de Inspecciones e Investigaciones. Son funciones de la Oficina de Auditoría y Exáme- nes Especiales a) Proponer al Auditor General las acciones de control de su competencia a considerarse en el Plan Anual, así como evaluar su grado de cumplimiento en la parte perti- nente. b) Asesorar al Auditor General en el área de su compe- tencia. c) Efectuar auditorías programadas y no programadas, elevando el respectivo informe al Auditor General para su conformidad y tramitación a las instancias pertinentes. d) Realizar exámenes especiales y otros en los Órga- nos y Organismos desconcentrados que conforman el Mi- nisterio de Trabajo y Promoción del Empleo. e) Cautelar el cumplimiento de las medidas de austeri- dad, moralidad y otras disposiciones relacionadas con as- pectos Administrativos Financieros.f) Elaborar el manual de procedimientos de auditoría y velar por su actualización permanente. g) Realizar el seguimiento de la implementación de las acciones correctivas propuestas en sus informes como re- sultado de las acciones de control. h) Proponer al Auditor General los procedimientos de sis- tematización de las labores de control de su competencia, así como las mejoras y/o modificaciones necesarias para la implementación de las Normas Técnicas de Control. i) Proponer y participar de programas de capacitación j) Cumplir otras funciones que le asigne el Auditor Ge- neral. Son funciones de la Oficina de Inspecciones e In- vestigaciones: a) Realizar acciones de control a los Órganos y Orga- nismos que conforman el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, sobre aspectos de Procedimientos Administra- tivos y de gestión materializados en Exámenes Especiales, Inspecciones, Investigaciones y otros. b) Realizar el seguimiento e implementación de las ac- ciones correctivas recomendadas en los informes. c) Investigar las denuncias y/o quejas presentadas a la Auditoría Interna, cuyos resultados se materializarán en in- formes. d) Asesorar al Auditor General en los aspectos de su competencia. e) Proponer al Auditor General, los procedimientos de sis- tematización de las labores de control de su competencia. f) Proponer, participar en programas de capacitación en materia de su competencia. g) Cumplir otras funciones que le asigne la Oficina de Auditoría Interna. TÍTULO V DE LOS ÓRGANOS DE ASESORAMIENTO Artículo 28º.- Los Órganos de Asesoramiento son los encargados de prestar asesoría a la Alta Dirección y de- pendencias del Ministerio en asuntos específicos de sus áreas de responsabilidad. Artículo 29º.- Los Órganos de Asesoramiento son: - Oficina General de Asesoría Jurídica - Oficina General de Planificación y Presupuesto - Oficina General de Economía del Trabajo y Productivi- dad. Artículo 30º.- Cada Órgano de Asesoramiento del se- gundo nivel organizacional está a cargo de un Director Ge- neral, quien depende de la Alta Dirección y los del tercer nivel organizacional a cargo de un Director. CAPÍTULO I DE LA OFICINA GENERAL DE ASESORÍA JURÍDICA Artículo 31º.- La Oficina General de Asesoría Jurídica es el órgano responsable de emitir opiniones de carácter ju- rídico-legal a la Alta Dirección y a los órganos del Ministerio, sistematizar la legislación y proponer las normas legales per- tinentes, así como de pronunciarse sobre la legalidad de los actos que le sean remitidos para su revisión y/o visación. Artículo 32º.- La Oficina General de Asesoría Jurídica tiene las funciones generales siguientes: a) Asesorar a la Alta Dirección en materia de asuntos Internacionales y de Integración Subregional Andina. b) Asesorar a la Alta Dirección y a los órganos del Minis- terio, en los aspectos jurídico-administrativos que le sean consultados. c) Formular y proponer, en coordinación con los órga- nos del Ministerio, los proyectos relacionados con la nor- matividad sectorial. d) Recopilar, controlar y compendiar sistemáticamente la legislación relacionada con el Sector. e) Cumplir con otras funciones que le asigne la Alta Di- rección. Artículo 33º.- Son órganos de la Oficina General de Ase- soría Jurídica los siguientes: - Oficina de Asuntos Administrativos y Laborales. - Oficina de Asuntos Internacionales. Son funciones de la Oficina de Asuntos Administra- tivos y Laborales: