Norma Legal Oficial del día 01 de julio del año 2002 (01/07/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

MORDAZA, lunes 1 de MORDAZA de 2002

NORMAS LEGALES

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Articulo 64º.- Son funciones generales de las Direccion Regional de Trabajo y Promocion del Empleo - Ambito LimaCallao: a) Dirigir, ejecutar, coordinar, evaluar, controlar y supervisar la politica socio-laboral del sector Trabajo y Promocion del Empleo y Fomento de la Micro y Pequena Empresa, en funcion de la politica general de gobierno, los planes de desarrollo y en estrecha coordinacion con los Organismos vinculados a nivel Regional. b) Conducir y ejecutar la politica Socio Laboral y de fomento de las Micro y Pequenas Empresas en el ambito de la region, con enfasis en la prevencion y la promocion laboral, teniendo como instrumentos principales la concertacion, el dialogo y la comunicacion con las organizaciones representativas de los trabajadores empleadores; siguiendo los procedimientos de supervision, control e inspeccion del trabajo establecido en la normatividad vigente y promoviendo los servicios de Defensa Legal Gratuita y Asesoria al Trabajador, impulsando las relaciones laborales justas. c) Conducir y ejecutar la politica nacional de promocion del empleo, formacion profesional y fomento de la Micro y Pequena Empresa en el MORDAZA de las competencias funcionales que le son asignadas; incluyendo la ejecucion de programas y proyectos con enfasis en los grupos vulnerables de la poblacion. d) Ejecutar acciones destinadas a difundir y dar cumplimiento a la normatividad del Sector Trabajo y Promocion del Empleo y Fomento de la Micro y Pequena Empresa; asimismo, sobre la situacion del MORDAZA laboral y su vinculacion con otros mercados para satisfacer las necesidades de los usuarios y publico en general. e) Coordinar y concertar la ejecucion de planes regionales y locales en materia Socio laboral, con enfasis en la Promocion del Empleo, Formacion Profesional y fomento de la Micro y Pequena Empresa. f) Conducir y ejecutar las acciones en materia de seguridad y salud en el trabajo, bienestar y seguridad social, concertando con instituciones publicas y privadas, asi como con organizaciones representativas afines. Hacer cumplir las normas de prevencion y proteccion contra riesgos ocupacionales que aseguren la salud integral de los trabajadores en aras del mejoramiento de las condiciones y el medio ambiente de trabajo. g) Conocer y resolver en la instancia que corresponda los recursos que se presenten con sujecion a lo determinado a los procedimientos administrativos vigentes. h) Proponer convenios y alianzas estrategicas con instituciones publicas y privadas en materia de Empleo, Formacion Profesional y Fomento de la Micro y Pequena Empresa, que tengan como objeto el cumplimiento de las funciones de la Direccion Regional. i) Producir informacion mediante la ejecucion de encuestas y otros instrumentos estadisticos, en relacion a la oferta laboral y la demanda de mano de obra, incluyendo el entorno economico-financiero de las empresas. j) Supervisar los sistemas de intermediacion laboral publicos y privados y su articulacion con el sistema de formacion profesional. Coordinar los programas de orientacion laboral y ocupacional que brindan las entidades publicas y privadas. k) Coordinar la oferta de Formacion Profesional a fin de que responda a las necesidades del sector empresarial y del MORDAZA de trabajo. Sistematizar las experiencias de los programas de empleo y formacion profesional que se ejecutan en el ambito regional y local. l) Fomentar la Formacion Profesional del recurso humano en las empresas como un mecanismo de mejoramiento de los ingresos y la productividad. m) Coordinar con los Organos de Linea de ambito nacional del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo para el adecuado cumplimiento de sus funciones; asi como con los Organismos del Sector Publico y Privado cuando corresponda. n) Sistematizar el funcionamiento de los registros administrativos a su cargo. o) Dirigir, coordinar, evaluar y supervisar el cumplimiento de las funciones asignadas a sus organos en el ambito de su competencia funcional. p) Cumplir con otras funciones asignadas por MORDAZA expresa y encargadas en el MORDAZA de sus funciones. DE LA OFICINA TECNICA ADMINISTRATIVA Son funciones de la Oficina Tecnica Administrativa: a) Coordinar con los organos de nivel central del Ministerio sobre aspectos tecnicos normativos, de abastecimien-

to y demas, para el cumplimiento de las funciones de la Direccion Regional. b) Dirigir, coordinar y supervisar, las acciones relativas a los diferentes sistemas administrativos para el normal funcionamiento de la Direccion Regional. c) Dirigir, coordinar y supervisar las actividades de tramite documentario y notificaciones, correspondiente a la Direccion Regional. d) Realizar estudios y proyectos de investigacion en el area tecnica de su competencia. e) Cumplir otras funciones que se le asigne. DE LA DIRECCION DE PREVENCION Y SOLUCION DE CONFLICTOS Articulo 65º.- La Direccion de Prevencion y Solucion de Conflictos dirige, coordina, supervisa y evalua las actividades tecnicas administrativas de las dependencias a su cargo. Son funciones especificas de la Direccion de Prevencion y Solucion de Conflictos a) Dirigir, coordinar, supervisar y evaluar las actividades tecnicas y administrativas de las dependencias a su cargo. b) Expedir Resolucion en primera instancia, en los procedimientos que se tramitan en las Subdirecciones a su cargo y absolver los recursos de impugnacion de acuerdo a la normatividad vigente. c) Expedir Resolucion en primera instancia en los procedimientos que asi se determinen por MORDAZA expresa. d) Proponer normas, directivas y procedimientos a la Direccion Regional en relacion al ambito de su competencia. e) Asesorar al Director Regional en materia de su competencia y emitir opinion tecnica especializada. f) Proponer a la Direccion Regional, actividades de capacitacion permanente para el personal a su cargo, con la finalidad de actualizar y optimizar el servicio que se presta al publico usuario. g) Participar y supervisar la ejecucion del Plan de Actividades de la Direccion. h) Participar y representar a la Direccion Regional, en reuniones y eventos que asigne y convoque la Direccion Regional cuando sea designado. i) Cumplir otras funciones que se le asigne. DE LA DIRECCION DE INSPECCION LABORAL Articulo 66º.- Cuya competencia esta circunscrita a conocer los tramites de Inspeccion del trabajo en materia laboral exclusivamente. Son funciones de la Direccion de Inspeccion Laboral: a) Dirigir, coordinar, supervisar y evaluar las actividades tecnicas y administrativas de las dependencias a su cargo. b) Expedir Resolucion en los procedimientos que se tramitan en las Subdirecciones a su cargo y absolver los recursos de impugnacion, de acuerdo a la normatividad vigente. c) Cumplir otras funciones que se le asigne. DE LA DIRECCION DE PROTECCION AL MENOR Y SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO Articulo 67º.- Dedicada exclusivamente a los temas relativos a la proteccion de los derechos de los ninos y adolescentes trabajadores, asi como los referidos a la Seguridad y Salud en el Trabajo. La creacion de la Direccion implica un nivel de compromiso mayor en la proteccion de estos temas por parte del sector, cuando se ha establecido que es una prioridad del Estado la proteccion de los menores en todos los ambitos de su MORDAZA (siendo el laboral uno de ellos), habiendose suscrito por el Estado los ultimos convenios internacionales de la OIT en proteccion del menor, propendiendo a la erradicacion de las formas mas abusivas del trabajo infantil, y teniendo en consideracion que nuestro sector forma parte naturalmente de toda comision o entidad que se dedique a los esfuerzos de proteger a los menores. Son funciones de la Direccion de Proteccion al Menor y Seguridad y Salud en el Trabajo: a) Tramitar todos los procedimientos de inspecciones (programadas y especiales) que se originen en los temas de seguridad y salud en el trabajo.

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