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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE JULIO DEL AÑO 2002 (01/07/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 24

Pág. 225662 NORMAS LEGALES Lima, lunes 1 de julio de 2002 b) Efectuar la autorización de los libros de registros de calderos, aprobación de reglamentos internos de higiene y seguridad industrial, autorización de los libros de comité de seguridad e higiene industrial, registro de accidentes de tra- bajo, así de cualquier otro registro que se cree sobre la materia. c) Autorizar el trabajo de adolescentes, elaboración de campañas sobre la materia, coordinación y promoción de la protección de los derechos de los menores, partici- pación en las diversas comisiones y campañas que co- rresponden al sector, así como otras tareas derivadas de dicha función. d) Otras funciones que se le asigne. DE LA DIRECCIÓN DE PROMOCIÓN DEL EMPLEO Y FORMACIÓN PROFESIONAL Son funciones de la Dirección de Promoción del Em- pleo y Formación Profesional: a) Ejecutar la política nacional de empleo y formación profesional en coordinación con la Dirección Nacional de Promoción del Empleo y Formación Profesional para el mejor cumplimiento de sus funciones. b) Ejecutar y supervisar los programas, Directivas Téc- nicas y otros instrumentos normativos de empleo y forma- ción profesional; así como diseñar y proponer nuevos pro- gramas e instrumentos normativos internos para la adecua- da ejecución de la política de empleo y formación profesio- nal. c) Supervisar y conducir los Sistemas de Intermedia- ción Laboral y su articulación con el Sistema de Formación Profesional. d) Ejecutar acciones destinadas a difundir y dar cumpli- miento a la normatividad en materia de empleo y formación profesional, en coordinación con la Dirección Nacional de Promoción del Empleo y Formación Profesional e) Coordinar, ejecutar y supervisar la certificación ocu- pacional y la normalización de competencias laborales. f) Promover y proponer convenios y alianzas estratégi- cas con instituciones públicas y privadas en materia de empleo y formación profesional. g) Proponer y promover la asistencia técnica y financie- ra por parte de instituciones públicas y privadas nacionales y organismos internacionales, para implementar proyectos y modernizar programas de empleo y formación profesio- nal. h) Promover, desarrollar y difundir estudios e investiga- ciones sobre el mercado de trabajo regional y local y su vinculación con otros mercados. i) Sistematizar las experiencias de los programas de empleo y formación profesional que se ejecutan en la re- gión. j) Administrar los registros administrativos a su cargo. k) Coordinar y articular la oferta de formación profesio- nal a fin de que responda a las necesidades del sector em- presarial y del mercado de trabajo. l) Fomentar la formación profesional del recurso huma- no en las empresas como un mecanismo de mejoramiento de los ingresos y la productividad. m) Asesorar a la Dirección Regional, en asuntos de su especialidad y emitir opinión técnica en el ámbito de su com- petencia funcional. n) Dirigir y supervisar el cumplimiento de las funciones asignadas a sus órganos en el ámbito de su competencia funcional. o) Otras que le sean asignadas por norma expresa y encargadas por la Dirección Regional. DE LA DIRECCIÓN DE LA MICRO Y PEQUEÑA EMPRESA Son funciones de la Dirección de la Micro y Pequeña Empresa: a) Ejecutar la política nacional de promoción de la mi- cro, pequeña empresa y nuevos emprendimientos en el mar- co de las competencias funcionales que le son asignadas. b) Ejecutar acciones destinadas a difundir y dar cumpli- miento a la normatividad en materia de micro, pequeña empresa y nuevos emprendimientos. c) Dar cumplimiento y proponer el perfeccionamiento de los instrumentos normativos internos emitidos para la ade- cuada ejecución de la política y normatividad en materia de su competencia. d) Coordinar y concertar el desarrollo de planes, progra- mas y actividades regionales y locales en materia de su competenciae) Promover en el ámbito regional la conformación o el fortalecimiento de instancias de coordinación y concerta- ción como las Mesas, Comités o Consejos que involucren a las instituciones públicas y privadas vinculadas con el de- sarrollo departamental en materia de micro y pequeña em- presa. f) Diseñar, proponer y ejecutar programas y proyectos de promoción de la micro y pequeña empresa y de nuevos emprendimientos en el ámbito regional, según las directi- vas establecidas por la Dirección Nacional. g) Proponer convenios y alianzas estratégicas con insti- tuciones públicas y privadas en materia de micro y peque- ña empresa y nuevos emprendimientos que tenga como objeto el cumplimiento de las funciones de la Dirección Regional. h) Promover, desarrollar y difundir estudios en investi- gaciones sobre el mercado de trabajo regional y local y su vinculación con otros mercados. i) Sistematizar las experiencias de los programas de mi- cro y pequeña empresa y nuevos emprendimientos que se ejecutan en el ámbito regional y local. j) Resolver los procedimientos administrativos que se encuentren dentro del ámbito de su competencia. k) Dirigir, coordinar, evaluar y supervisar el cumplimien- to de las funciones asignadas a sus órganos en el ámbito de su competencia funcional. l) Cumplir con otras funciones asignadas por norma ex- presa y encargadas en el marco de sus funciones. ÓRGANOS DESCONCENTRADOS DE LA DIRECCIÓN REGIONAL DE TRABAJO DE LIMA-CALLAO DE LA DIRECCIÓN DE TRABAJO, PROMOCIÓN DEL EMPLEO, FORMACIÓN PROFESIONAL Y DE LA MICRO Y PEQUEÑA EMPRESA DEL CALLAO Son funciones de la Dirección de Trabajo, Promo- ción del Empleo, Formación Profesional y de la Micro y Pequeña Empresa - Callao: a) Dirigir, coordinar, evaluar y controlar las actividades y funciones asignadas a las áreas de su competencia. b) Ejecutar y supervisar las acciones de Promoción del Empleo, Formación Profesional y fomento de la Micro y Pe- queña Empresa en el ámbito de su competencia. c) Efectuar las acciones destinadas al cumplimiento de las disposiciones legales y convencionales de trabajo, de los procedimientos laborales, de los registros laborales de su competencia y otros que las normas legales le asignen. d) Dirigir, coordinar y evaluar las acciones en materia de relaciones de trabajo, inspección socio laboral, inspección e higiene y seguridad ocupacional, remuneraciones, pro- ductividad, empleo, formación profesional y de la Micro y Pequeña Empresa a través de sus diferentes órganos, in- formando periódicamente de su cumplimiento a la Direc- ción Regional. e) Proponer el Perfeccionamiento y modificaciones de las normas en materia laboral, de inspección e higiene y seguridad ocupacional, remuneraciones y productividad y otros. f) Cumplir otras funciones que le encomiende el Direc- tor General. DE LAS ZONAS DE TRABAJO Y PROMOCIÓN DEL EMPLEO DE LA DIRECCIÓN REGIONAL DE TRABAJO Y PROMOCIÓN DEL EMPLEO LIMA-CALLAO Artículo 68º.- Las Zonas de Trabajo y Promoción del Empleo ejercen dentro de su ámbito, las funciones de las Direcciones de Prevención y Solución de Conflictos, Pro- moción del Empleo, Formación Profesional y fomento de la Micro y Pequeña Empresa en cuanto corresponda. Están a cargo de un Jefe de Zona con nivel jerárquico de Director de Programa Sectorial I - Subdirector. DIRECCIONES REGIONALES DE TRABAJO Y PROMOCIÓN DEL EMPLEO ÁMBITO NACIONAL: DRTPE Artículo 69º.- Las Direcciones Regionales de Trabajo y Promoción del Empleo son órganos Desconcentrados del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, con depen- dencia técnico-normativa y/o según las normas que se emi- tan expresamente. Se encargan de ejecutar las acciones