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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE JULIO DEL AÑO 2002 (01/07/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 18

Pág. 225656 NORMAS LEGALES Lima, lunes 1 de julio de 2002 a) Programar, dirigir y controlar la aplicación de los pro- cesos técnicos del Sistema de Abastecimiento. b) Coordinar, supervisar y controlar el proceso de ad- quisición y suministros de Bienes y la prestación de servi- cios requeridos por los órganos de la Institución c) Efectuar en coordinación con la Oficina de Presupues- to el seguimiento presupuestal para fines de requerimiento del Calendario de Compromisos. d) Celebrar contratos de menor cuantía exceptuando los derivados de un proceso de exoneración para la obtención de bienes y prestación de servicios en concordancia con las nor- mas legales vigentes y atribuciones conferidas por Ley, elevan- do al Director General de Administración para su conformidad. e) Participar en la ejecución del Inventario Físico de Bie- nes Patrimoniales y efectuar acciones inherentes a las al- tas, bajas y transferencias de bienes patrimoniales de la Institución. f) Coordinar y supervisar el mantenimiento de los inmue- bles, instalaciones, mobiliario, equipo y vehículos de la Ins- titución. g) Controlar y supervisar la prestación de servicios de comunicación, transporte, entre otras. h) Evaluar los procedimientos y/o procesos técnicos del Sistema de Abastecimiento. i) Coordinar, conducir, supervisar y evaluar los aspectos de la seguridad integral de la Institución. j) Proveer de la información necesaria para la formula- ción y ejecución del Presupuesto Institucional del área. k) Dar cumplimiento a la legislación, normas y procedi- mientos del Sistema de Abastecimiento, así como partici- par de las reuniones técnicas del Sistema. l) Elaborar el Presupuesto valorado de Bienes y Servi- cios y el Plan de Obtención Institucional de acuerdo a las normas legales vigentes del área. m) Cumplir otras funciones que se le asigne. Son funciones de la Oficina de Personal: a) Programar, organizar, dirigir y controlar los procesos técnicos del sistema de personal. b) Formular el Presupuesto Analítico y el Cuadro Nomi- nativo de Personal en coordinación con la Oficina de Racio- nalización. c) Viabilizar la provisión de recursos humanos a las di- versas dependencias del Ministerio, para el normal cumpli- miento de sus funciones. d) Cumplir la legislación, normas y procedimientos del Sistema de Personal, vigentes para la Administración Pú- blica. e) Coordinar la programación, elaboración y ejecución del Plan de Capacitación para el personal del Ministerio. f) Coadyuvar al bienestar bio-psico-social de los traba- jadores en áreas de su desarrollo personal y laboral. g) Promover, organizar y supervisar la ejecución de ac- tividades culturales. h) Realizar coordinaciones con los órganos de la institu- ción y con entidades públicas y privadas relacionadas con el Sistema de Personal. i) Coordinar las acciones relacionadas al Servicio Médi- co a favor de los trabajadores del Ministerio. j) Resolver en primera instancia la calificación de pen- siones del Régimen 20530 conforme a lo establecido en la Ley Nº 27719. k) Otras funciones que se le asigne. CAPÍTULO II DE LA OFICINA GENERAL DE DEFENSA NACIONAL Artículo 46º.- La Oficina General de Defensa Nacional es el órgano encargado de asesorar a la Alta Dirección en el planeamiento, coordinación, formulación y evaluación de la política de Defensa Nacional del Sector, en concordancia con los intereses estratégicos y planes previstos en el Sis- tema de Defensa Nacional. La Oficina General de Defensa Nacional depende admi- nistrativamente de la Alta Dirección y en la parte técnico- normativa de la Secretaría de Defensa Nacional. Artículo 47º.- La Oficina General de Defensa Nacional tiene las funciones generales siguientes: a) Asesorar a la Alta Dirección en asuntos relacionados con la Defensa Nacional. b) Formular y proponer a la Alta Dirección los Objetivos y Políticas del Sector, en materia de Defensa Nacional, en concordancia con las normas técnicas de la Secretaría de Defensa Nacional. c) Coordinar con la Oficina de Planificación y Presupues- to y Organismos Públicos Desconcentrados del Sector paracompatibilizar los Planes de Defensa con los de Desarrollo Sectorial. d) Promover, programar y conducir actividades de capa- citación y difusión de la Doctrina de Seguridad y Defensa Nacional. e) Elaborar y difundir normas de seguridad para el per- sonal e instalaciones del Ministerio. f) Coordinar, elaborar y conducir los Planes de Moviliza- ción y Desmovilización del Sector. g) Planear, ejecutar, y evaluar acciones de Defensa Ci- vil, en el ámbito de su competencia, de acuerdo con las orientaciones técnico-normativas, emitidas por el órgano competente a nivel nacional. h) Coordinar con la Oficina de Comunicación Social y Relaciones Públicas la difusión de la Doctrina de Seguri- dad y Defensa Nacional en el ámbito del Sector. i) Cumplir otras funciones que se le asigne. CAPÍTULO III DE LA OFICINA GENERAL DE ESTADÍSTICA E INFORMÁTICA Artículo 48º.- La Oficina General de Estadística e Infor- mática es la encargada de conducir los Sistemas de Esta- dística e Informática del Sector. Artículo 49º.- Son funciones de la Oficina General de Estadística e Informática las siguientes: a) Formular, conducir, centralizar y evaluar los procesos técnicos de los sistemas de Estadística e Informática. b) Supervisar la sistematización y procesamiento de la información para la toma de decisiones. c) Prestar servicios de informática a los órganos del Mi- nisterio. d) Supervisar el uso eficiente de la capacidad instalada, gestión y mantenimiento de la infraestructura informática. e) Centralizar y mantener actualizada las estadísticas sectoriales, desarrollando los indicadores socio-económi- cos e institucionales. f) Las demás funciones que le asigne la Alta Dirección. Artículo 50º.- La estructura de la Oficina General de Estadística e Informática es la siguiente: - Oficina de Estadística. - Oficina de Informática. Son funciones de la Oficina de Estadística: a) Formular, proponer y evaluar la política y el Plan Es- tadístico Sectorial. b) Coordinar, dirigir y supervisar el proceso estadístico sectorial, proponiendo normas y emitiendo directivas. c) Coordinar, elaborar y mantener actualizados las esta- dísticas e indicadores del Sector, para la toma de decisio- nes de la Alta Dirección. d) Proporcionar información estadística confiable y opor- tuna para la toma de decisiones. e) Procesar y publicar el Anuario Estadístico Sectorial en coordinación con las áreas productoras de información. f) Elaborar, proponer y publicar documentos estadísticos. g) Cumplir otras funciones que le asigne el Director Ge- neral. Son funciones de la Oficina de Informática: a) Formular, proponer y evaluar la política y el Plan Sec- torial de Informática. b) Promover el estudio y desarrollo de sistemas y apli- caciones informáticas en el Sector. c) Analizar y mantener los sistemas y aplicaciones de informática en el Ministerio. d) Efectuar la sistematización y procesamiento automáti- co de la información necesaria para la toma de decisiones. e) Desarrollar y mantener un Banco de Datos del Sector. f) Proveer y programar el uso eficiente de la capacidad instalada, su gestión y mantenimiento de la infraestructura informática. g) Asesorar a los órganos del Ministerio y Organismos Desconcentrados del Sector en asuntos de su competencia. h) Otras funciones que se le asigne. TÍTULO VII DE LOS ÓRGANOS DE LÍNEA DE ÁMBITO NACIONAL Artículo 51º.- La Dirección Nacional de Relaciones de Trabajo, Dirección Nacional de Promoción del Empleo y Formación Profesional y la Dirección Nacional de la Micro y