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Pág. 225663 NORMAS LEGALES Lima, lunes 1 de julio de 2002 de política emitidas por los Organismos Centrales en con- cordancia con la Política del Estado y con los planes secto- riales y regionales en materia de Trabajo y Promoción del Empleo. Las Direcciones Regionales de Trabajo y Promoción del Empleo se encargan de ejecutar, orientar, supervisar y eva- luar las acciones que en materia sectorial les corresponde desarrollar de acuerdo a Ley. Artículo 70º.- Son funciones generales de las Direccio- nes Regionales de Trabajo y Promoción del Empleo en el ámbito nacional: a) Dirigir, ejecutar, coordinar, evaluar, controlar y super- visar la política socio-laboral del sector Trabajo y Promo- ción del Empleo y Fomento de la Micro y Pequeña Empre- sa, en función de la política general de gobierno, los planes de desarrollo y en estrecha coordinación con los Organis- mos vinculados a nivel Regional. b) Conducir y ejecutar la política Socio Laboral y de fo- mento de las Micro y Pequeñas Empresas en el ámbito de la región, con énfasis en la prevención y la promoción labo- ral, teniendo como instrumentos principales la concertación, el diálogo y la comunicación con las organizaciones repre- sentativas de los trabajadores empleadores; siguiendo los procedimientos de supervisión, control e inspección del tra- bajo establecido en la normatividad vigente y promoviendo los servicios de Defensa Legal Gratuita y Asesoría al Traba- jador, impulsando las relaciones laborales justas. c) Conducir y ejecutar la política nacional de promoción del empleo, formación profesional y fomento de la Micro y Pequeña Empresa en el marco de las competencias funcio- nales que le son asignadas; incluyendo la ejecución de pro- gramas y proyectos con énfasis en los grupos vulnerables de la población. d) Ejecutar acciones destinadas a difundir y dar cumpli- miento a la normatividad del Sector Trabajo y Promoción del Empleo y Fomento de la Micro y Pequeña Empresa; asimismo, sobre la situación del mercado laboral y su vin- culación con otros mercados para satisfacer las necesida- des de los usuarios y público en general. e) Promover en el ámbito regional la conformación o el fortalecimiento de instancias de coordinación y concerta- ción como las Mesas, Comités o Consejos que involucren a las instituciones públicas y privadas vinculadas con el de- sarrollo departamental en materia de empleo, formación profesional y micro y pequeña empresa. f) Coordinar y concertar la ejecución de planes regiona- les y locales en materia Socio laboral, con énfasis en la Promoción del Empleo, Formación Profesional y fomento de la Micro y Pequeña Empresa. g) Conducir y ejecutar las acciones en materia de segu- ridad y salud en el trabajo, bienestar y seguridad social, concertando con instituciones públicas y privadas, así como con organizaciones representativ as afines. Hacer cumplir las normas de prevención y protección contra riesgos ocu- pacionales que aseguren la salud integral de los trabajado- res en aras del mejoramiento de las condiciones y el medio ambiente de trabajo. h) Conocer y resolver en la instancia que corresponda los recursos que se presenten con sujeción a lo determina- do a los procedimientos administrativos vigentes. i) Proponer convenios y alianzas estratégicas con insti- tuciones públicas y privadas en materia de Empleo, Forma- ción Profesional y Fomento de la Micro y Pequeña Empre- sa, que tengan como objeto el cumplimiento de las funcio- nes de la Dirección Regional. j) Producir información mediante la ejecución de encues- tas y otros instrumentos estadísticos, en relación a la oferta laboral y la demanda de mano de obra, incluyendo el entor- no económico-financiero de las empresas. k) Supervisar los sistemas de intermediación laboral pú- blicos y privados y su articulación con el sistema de forma- ción profesional. Coordinar los programas de orientación laboral y ocupacional que brindan las entidades públicas y privadas. l) Coordinar la oferta de Formación Profesional a fin de que responda a las necesidades del sector empresarial y del mercado de trabajo. Sistematizar las experiencias de los programas de empleo y form ación profesional que se ejecutan en el ámbito regional y local. m) Fomentar la Formación Profesional del recurso hu- mano en las empresas como un mecanismo de mejoramien- to de los ingresos y la productividad. n) Coordinar con los Órganos de Línea de ámbito nacio- nal del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo para el adecuado cumplimiento de sus funciones; así como con los Organismos del Sector Público y Privado cuando co- rresponda.o) Sistematizar el funcionamiento de los registros admi- nistrativos a su cargo. p) Dirigir, coordinar, evaluar y supervisar el cumplimien- to de las funciones asignadas a sus órganos en el ámbito de su competencia funcional. q) Cumplir con otras funciones asignadas por norma ex- presa y encargadas en el marco de sus funciones. Artículo 71º.- Las Direcciones Regionales de Trabajo y Promoción del Empleo en el ámbito nacional, tienen la si- guiente estructura básica: ÓRGANOS DE DIRECCIÓN - Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Em- pleo ÓRGANO DE ASESORAMIENTO Y APOYO - Oficina Técnica Administrativa ÓRGANOS DE LÍNEA - Dirección de Prevención y Solución de Conflictos. - Dirección de Promoción del Empleo y Formación Pro- fesional - Dirección de Micro y Pequeña Empresa ÓRGANOS DESCONCENTRADOS - Zonas de Trabajo y Promoción del Empleo Artículo 72º.- Las Direcciones Regionales de Trabajo y Promoción del Empleo en cuyo ámbito su dinámica e im- portancia sea determinante en lo económico, social, institu- cional y laboral; sus órganos de línea serán estructurados, tomando como base lo siguiente: - Dirección de Prevención y Solución de Conflictos • Subdirección de Negociaciones Colectivas • Subdirección de Inspección Laboral, Seguridad y Sa- lud en el Trabajo • Subdirección de Registros Generales • Subdirección de Defensa Legal Gratuita - Dirección de Promoción del Empleo, Formación Profe- sional y de la Micro y Pequeña Empresa • Subdirección de Estudios y Promoción de Empleo • Subdirección de Formación Profesional y Desarrollo de Recursos Humanos. • Subdirección de la Micro y Pequeña Empresa En las demás Direcciones Regionales de menor impor- tancia relativa, se aplicará la siguiente estructura básica: - Dirección de Prevención y Solución de Conflictos • Subdirección de Inspección Laboral y Defensa Legal Gratuita. • Subdirección de Negociaciones Colectivas y Registros Generales. Dirección de Promoción del Empleo, Formación Profe- sional y de la Micro y Pequeña Empresa • Subdirección de Promoción del Empleo, Formación Profesional y de la Micro y Pequeña Empresa. Las funciones de esta Subdirección son las mismas que las señaladas en las tres (3) Subdirecciones de la Direc- ción de Empleo, Formación Profesional y de la Micro y Pe- queña Empresa. DE LA OFICINA TÉCNICA ADMINISTRATIVA Son funciones de la Oficina Técnica Administrativa: a) Coordinar con los órganos de nivel central del Minis- terio sobre aspectos técnicos normativos, de abastecimien- to y demás, para el cumplimiento de las funciones de la Dirección Regional. b) Dirigir, coordinar y supervisar, las acciones relativas a los diferentes sistemas administrativos para el normal funcionam iento de la Dirección Regional.