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Pág. 225721 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 3 de julio de 2002 Amplían plazo para que organizaciones de productores cafetaleros presenten solicitudes de donación de roca fosfóri- ca autorizada por el D.U. Nº 013-2002 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0627-2002-AG Lima, 2 de julio de 2002 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 033-2002-AG, de fecha 24 de mayo de 2002, publicado el 25 de ese mes, se dictó las normas reglamentarias del Decreto de Urgencia Nº 013-2002, para proceder a la donación de parte del stock de roca fosfórica existente en almacenes de las Direcciones Regionales Agrarias a favor de los productores cafetaleros, fijándose en el Artículo 3º del referido Decreto Supremo el plazo de 30 días calendario siguientes a su publicación, para la presentación de las solicitudes de donación; Que, dicho plazo ha resultado insuficiente, por lo que teniendo en cuenta el pedido de las organizaciones de pro- ductores cafetaleros, debe procederse a su ampliación; Que, en uso de las facultades delegadas al Ministerio de Agricultura por el Artículo 10º del Decreto Supremo mencionado; y, De conformidad con el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, aprobado por De- creto Supremo Nº 017-2001-AG; SE RESUELVE: Artículo Único.- Ampliar hasta el 15 de julio de 2002, el plazo para que las organizaciones representativas de carácter nacional de productores cafetaleros, puedan pre- sentar sus solicitudes de donación de roca fosfórica autori- zada por el Decreto de Urgencia Nº 013-2002. Regístrese, comuníquese y publíquese. ÁLVARO QUIJANDRÍA SALMÓN Ministro de Agricultura 11774 DEFENSA Exoneran de proceso de concurso públi- co la contratación de asesor especialis- ta en mantenimiento de sistemas coheteriles RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1038-DE/EP Lima, 24 de junio de 2002 Visto, el Oficio Nº 0240 CL-C.2/09.00 de 2.May.02 del Comando Logístico del Ejército sobre renovación de con- trato de un (1) asesor ruso, especialista en actividades de mantenimiento de sistemas coheteriles; y, CONSIDERANDO: Que, el Comando Logístico del Ejército del Perú, a tra- vés del Servicio de Comunicaciones, desde 1996 ha veni- do contando con los servicios de un (1) asesor ruso, espe- cialista en actividades de mantenimiento de sistemas co- heteriles, quien además de poseer características particu- lares de alta calidad profesional en cuanto al conocimiento del mencionado sistema de armas y experiencia, hace ex- tensivo su quehacer a la instrucción en el manejo de los mismos, resultando en consecuencia necesario efectuar su renovación contractual en el presente Año Fiscal; Que, el informe técnico-legal emitido, por el Servicio de Comunicaciones del Ejército y la Oficina de Asuntos Jurídi- cos del Comando Logístico del Ejército, sustentan respec- tivamente, la renovación de dicho contrato como servicios personalísimos, a fin de preservar la capacidad operativa del mencionado sistema de armas y en razón a que en el mercado laboral nacional resulta difícil encontrar profesio- nal alguno con conocimiento en sistemas coheteriles;Que, el inciso h) del Artículo 19º del Texto Único Orde- nado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Es- tado, aprobado por D.S. Nº 012-2001-PCM de 12.Feb.01, dispone que están exoneradas de los Procesos de Licita- ción Pública, Concurso Público y Adjudicación Directa, se- gún sea el caso, las adquisiciones y contrataciones que se realicen por servicios personalísimos; Que, el Artículo 111º del Reglamento de la Ley de Con- trataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por D.S. Nº 013-2001-PCM de 12.Feb.01, precisa que son conside- rados servicios personalísimos, aquellos contratos de lo- cación de servicios celebrados con personas naturales o jurídicas cuando para dicha contratación se haya tenido en cuenta y como requisito esencial a la persona del locador, ya sea por sus características inherentes, particulares o esenciales o por su determinada calidad, profesión, cien- cia, arte u oficio; Que, de conformidad con el Artículo 20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, las exoneraciones se aprobarán mediante Resolu- ción del Titular del Pliego y serán publicadas en el Diario Oficial El Peruano; realizándose las mismas mediante el procedimiento de Adjudicación de Menor Cuantía; y, Estando a lo prescrito en la Directiva Nº 011-2001-CON- SUCODE/PRE de 3.Jul.01, relacionada ésta con la publi- cación de avisos referidos a procesos de selección; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Exonerar al Servicio de Comunicaciones del Ejército, del Proceso de Concurso Público para contra- tar mediante la modalidad de Servicios Personalísimos a un (1) asesor ruso, especialista en mantenimiento de siste- mas coheteriles, por los fundamentos expuestos en la par- te considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Disponer que los servicios señalados en el Artículo 1º, se efectúen por un valor referencial de $ 27,600.00 dólares americanos, con cargo al ejercicio pre- supuestal del AF-2002 de la fuente de financiamiento re- cursos ordinarios. Artículo 3º.- Disponer que la presente Resolución, sea publicada en el Diario Oficial El Peruano dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a su expedición, remitiéndose copia autenticada e informes que la sustentan a la Contra- loría General de la República. Regístrese, comuníquese y publíquese. AURELIO E. LORET DE MOLA BÖHME Ministro de Defensa 11756 ECONOMÍA Y FINANZAS Aprueban Calendario de Compromisos del mes de julio del Año Fiscal 2002 RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 032-2002-EF/76.01 Lima, 1 de julio de 2002 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Directoral Nº 030-2002-EF/ 76.01 se aprobó la Asignación y Previsión Trimestral co- rrespondiente al Tercer Trimestre del Año Fiscal 2002 por cada Fuente de Financiamiento, para la ejecución de gas- tos de los Pliegos Presupuestarios, la misma que compren- de el nivel de recursos disponibles para el Calendario de Compromisos del mes de julio del Año Fiscal 2002; Que, de acuerdo con lo establecido por el Artículo 32º de la Ley Nº 27209 - Ley de Gestión Presupuestaria del Estado, la ejecución de gastos informada por los Pliegos Presupuestarios por las distintas fuentes de financiamiento se efectúa mediante los Calendarios de Compromisos, te- niendo en cuenta la Asignación y Previsión Trimestral de gastos, sujetándose a la disponibilidad de los Recursos Públicos, la cual constituye la autorización máxima para la ejecución de egresos y no convalidan actos o acciones de los Pliegos Presupuestarios que no se ciñan a la normati- vidad vigente; De conformidad con lo dispuesto por el Artículo 32º de la Ley Nº 27209 - Ley de Gestión Presupuestaria del Esta-