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Pág. 225991 NORMAS LEGALES Lima, domingo 7 de julio de 2002 ha declarado en Situación de Urgencia, la adquisición de los Productos destinados para el Programa del Vaso de Leche, para los meses de marzo y abril del 2002, en tanto se culmine el proceso de selección respectivo; Que, el Presidente del Comité Especial encargado de llevar a cabo el proceso de Licitación Pública para adqui- rir los productos del Programa del Vaso de Leche, corres- pondiente a los meses de mayo a diciembre del presente año, mediante Oficio Nº 099-2002-MPA-PVL-CE, de fe- cha 24 de junio del 2002, hace de conocimiento que la Empresa GLORIA S.A., ha interpuesto recurso de Apela- ción en contra del acto de presentación y apertura de so- bres, lo cual significa que este proceso se suspenda, has- ta en tanto se resuelva el referido recurso impugnativo; Que, el Vaso de Leche como Programa Social de apo- yo alimentario necesita la continuidad en la entrega de los productos a los beneficiarios para satisfacer las necesi- dades y expectativas sociales y nutricionales creadas, que no se pueden ni deben interrumpirse, por disposición ex- presa de la Ley Nº 27470 que establece las Normas Com- plementarias para la ejecución de este Programa, modifi- cada por la Ley Nº 27712 del 1 de mayo del 2002; Que, bajo este contexto legal, es necesario que el Con- cejo Municipal, en mérito a lo solicitado por la Presidenta del Comité de Administración del Programa del Vaso de Leche, amplíe por el plazo de dos meses, la SITUACIÓN DE URGENCIA, aprobada mediante Acuerdo Municipal Nº 010-2002, para la adquisición de los productos desti- nados al referido programa, conforme a las normas esta- blecidas en los Artículos 19º, inciso c), 20º y 21º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisi- ciones del Estado aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM; En mérito a las consideraciones expuestas, el Conce- jo Municipal en sesión realizada el día 2 de julio del 2002, adoptó el siguiente: ACUERDO: Artículo Primero.- AMPLIAR por el término de DOS MESES (mayo y junio), la SITUACIÓN DE URGENCIA, aprobada mediante Acuerdo Municipal Nº 10-2002 del 18 de abril del presente año, para la adquisición de los pro- ductos destinados para el Programa del Vaso de Leche de la Municipalidad Provincial de Arequipa. Artículo Segundo.- Autorizar, bajo responsabilidad, a la Dirección General de Administración Financiera, para que a través de la Dirección de Abastecimientos y Servi- cios Auxiliares y en coordinación con el Comité de Admi- nistración del Programa del Vaso de Leche, adquiera en forma directa los productos necesarios para cubrir el refe- rido Programa, mientras dure la situación de Urgencia. Artículo Tercero.- Remitir copia del presente Acuerdo a la Contraloría General de la República, así como dispo- ner su publicación en el Diario Oficial El Peruano en los plazos establecidos por Ley. Regístrese, comuníquese y cúmplase. JUAN MANUEL GUILLÉN BENAVIDES Alcalde de Arequipa 11984 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANAGORÁN Inician procedimiento disciplinario a ex alcalde y ex regidores de la Muni- cipalidad RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 046-2002-MDS Sanagorán, 1 de julio del 2002 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANAGORÁN; VISTOS: El Informe Nº 001-2002-CEPAD-MDS, evacua- do por la Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios de la Municipalidad Distrital de Sanagorán,así como el Informe de asesoría legal externa Nº 012-2002- ALE-MDS-SC, de los cuales concluye que hay mérito para instaurar proceso administrativo disciplinario a ex funcio- narios de la Municipalidad Distrital de Sanagorán; y, CONSIDERANDO: Que, la Oficina General de Auditoria Interna de la Mu- nicipalidad Provincial de Trujillo, por encargo de la Con- traloría General de la República sede Regional de Chicla- yo, sometió a la Municipalidad Distrital de Sanagorán a un examen especial a la Gestión Municipal, comprendien- do el período 1997 al 2002, habiendo evacuado el Infor- me Nº 001-2001-MPT/OGAI-AC, el mismo que contiene responsabilidades administrativas de ex funcionarios de la Municipalidad, el mismo que oportunamente se deriva- rá a la Comisión Especial de Procesos Administrativos Dis- ciplinarios de esta Municipalidad; Que, la Comisión Especial de Procesos Administrati- vos Disciplinarios, mediante su informe de los VISTOS, ha determinado que existe mérito para instaurar proceso administrativo disciplinario a ex funcionario de la Munici- palidad Distrital de Sanagorán en merito a los siguientes cargos: 1. FÉLIX AGREDA PAREDES, ex Alcalde de la Mu- nicipalidad Distrital de Sanagorán desde 1996 al 16 de agosto del 2001: 1.1. HABER OMITIDO VELAR POR LOS INTERESES DE LA MUNICIPALIDAD AL NO HABER EMPLEADO AUSTERAMENTE LOS RECURSOS PÚBLICOS: Como se desprende de las observaciones anotadas en el Infor- me Nº 001-MPT/OGA1-AC, el ex alcalde Félix Agreda Pa- redes no ha cuidado por los intereses de la Municipalidad Distrital de Sanagorán, la cual se ha visto perjudicada con el incumplimiento de una serie de contratos, así como la adquisición de bienes sin que se tenga previamente pro- gramado el destino que se les debería dar, muchos de los cuales se han destruido, otros se encuentran inservibles y otro tanto se desconoce su destino, todo lo cual le han originado perjuicio económico en un estimado de S/. 63,392.90 (SESENTITRÉS MIL TRESCIENTOS NOVEN- TIUNO Y 99/100 NUEVOS SOLES) a la Municipalidad Dis- trital de Sanagorán, asimismo no se han respetado las normas de austeridad que deben de considerarse en todo proceso de adquisición, en los cuales se debe buscar op- timizar el empleo de los recursos económicos y lograr la adquisición adecuada de bienes y/o servicios que permi- tan el logro de los objetivos de la Entidad, irregularidades que se ven reflejadas en los siguientes hechos: 1.1.1. NO SE EXIGIÓ EL CUMPLIMIENTO TOTAL DEL CONTRATO CON LA EMPRESA CONSTRUCTORA SAN- TA FE E.I.R.L. LO CUAL OCASIONA PERJUICIO ECO- NÓMICO DE S/. 4,130.00: Con fecha 24.4.98 el ex alcal- de Félix Agreda Paredes suscribió un contrato con la Em- presa Constuctora Santa Fe E.I.R.L. representada por el Sr. Jorge Lozano Lozano a fin de que se elaboren 4 pro- yectos, todo por un monto total de S/. 15,340.00 de los cuales no ha sido entregado por la mencionada empresa, el proyecto de Agua Potable y Alcantarillado, valorizado en el monto de S/. 4,130.00; además que en los otros pro- yectos se han observado una serie de deficiencias en su elaboración y para la suscripción del contrato se ha omiti- do cumplir con las exigencias establecidas en el Regla- mento Único de Adquisiciones (RUA), vigente en ese en- tonces. 1.1.2. NO SE EVIDENCIA LA EXISTENCIA DE LOS PERFILES TÉCNICOS DE REHABILITACIÓN Y MANTE- NIMIENTO DE CARRETERAS OCASIONANDO UN PAGO NO DEBIDO DE S/. 1,200.00: Se ha establecido que el ex alcalde Félix Agreda Paredes, con fecha 25.2.99, suscribió un contrato por un monto de S/. 1,200.00 con la persona de Valentín Flores Sauter, representante del Ins- tituto de Estudios Ecológicos del Medio Ambiente y Desa- rrollo Social (IEEMADS), a fin de que se elabore 4 perfiles técnicos de rehabilitación y mantenimiento de carreteras, sin que estos perfiles hayan sido ingresados a la Munici- palidad Distrital de Sanagorán. Además se indica que el ex alcalde tenía conocimiento que la persona de Valentín Flores Sauter, era deudor de la institución, puesto que venía incumpliendo con la ejecución de proyectos que debía realizar según contrato que se suscribiera el 8.11.95, cuando representaba al Centro de Estudios, Perfecciona- miento y Asesoramiento Profesional (CEPAP).