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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE JULIO DEL AÑO 2002 (07/07/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 38

Pág. 225988 NORMAS LEGALES Lima, domingo 7 de julio de 2002 MUNICIPALIDAD DE VILLA MARÍA DEL TRIUNFO Reconocen promulgación del D.S. Nº 021-2002-JUS por el Jefe de Estado ACUERDO DE CONCEJO Nº 150-2002/MVMT EL ALCALDE DEL DISTRITO DE VILLA MARÍA DEL TRIUNFO POR CUANTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 24 de junio del 2002, bajo la presidencia del señor Alcalde, Dr. Was- hington Ipenza Pacheco, y con la asistencia de los seño- res Regidores: Sr. Wilfredo Enríquez Palomino, Sra. Auro- ra Heredia Condemarín, Sra. Ana Sinche Rosales, Sr. Emi- liano Yrribarren Chamorro, Srta. Raquel Barriga Velazco, Sra. Francisca Zea Arancibia, Sr. Carlos Palomino Maldo- nado, Sra. Gina Casafranca Delgado, Sr. Carlos Mejía Es- cajadillo, Sra. María Lora Figueroa, Sr. Javier Salas Za- malloa, Sr. Adrián Tarazona Fernández y Sr. David Rome- ro Ríos; se trató sobre la promulgación del Decreto Su- premo Nº 021-2002-JUS; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 136-2002/ MVMT de fecha 27.MARZO.2002 -y publicado en el Dia- rio Oficial El Peruano con fecha 14.ABRIL-2002- se solici- ta al Presidente Constitucional del Perú y al Congreso de la República la ampliación del plazo para el reconocimiento de los nuevos Asentamientos Humanos instalados a par- tir del 22.MARZO.96; Que, a través de las Ordenanzas Nºs. 065-2002/MVMT (27.MARZO.2002) y 070-2002/MVMT (26.ABRIL.2002) se implementa la Visación de Planos en nuestra Institución Municipal, de los nuevos Asentamientos Humanos, con el propósito de gestionar la instalación de servicios básicos (agua, desagüe, luz) en los mismos; Que, es política de nuestro Gobierno Local prestar per- manente apoyo a las Organizaciones Sociales del distri- to, coadyuvando al mejoramiento de las condiciones de vida de sus moradores; reconociendo el rol protagónico de nuestros vecinos y sus dirigentes en el logro de estos objetivos; Que, con fecha 14.JUNIO.2002 el Gobierno Nacional ha promulgado el Decreto Supremo Nº 021-2002-JUS, que permite la formalización predial para los moradores de Asentamientos Humanos instalados entre el 23.MARZO.96 hasta el 31.DICIEMBRE.2001; Que, corresponde al Pleno del Concejo pronunciarse al respecto; De conformidad con los Arts. 36º Inc. 3), 109º y 110º de la Ley Nº 23853 - Orgánica de Municipalidades; con el Voto Unánime de los señores Regidores; y con la dispen- sa de lectura y aprobación del acta; SE ACUERDA: Artículo Único.- SALUDAR al Gobierno Nacional pre- sidido por el Dr. Alejandro Toledo Manrique, por la pro- mulgación del Decreto Supremo Nº 021-2002-JUS que be- neficia a miles de hogares peruanos - y que ha sido aspi- ración permanente de todos los villamarianos y su Go- bierno Municipal. Villa María del Triunfo, 24 de junio del 2002. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. WASHINGTON IPENZA PACHECO Alcalde 12059MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO Establecen sistema de regularización e incentivos para el cumplimiento de obligaciones administrativas y tributa- rias ORDENANZA MUNICIP AL Nº 000013 Callao, 3 de julio de 2002 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO POR CUANTO: El Concejo Municipal Provincial del Callao, en Sesión fecha 2 de julio de 2002; aprobó la siguiente: ORDENANZA MUNICIP AL ORDENANZA QUE ESTABLECE EL SISTEMA DE REGULARIZACIÓN E INCENTIVOS PARA EL CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES ADMINISTRATIVAS Y TRIBUTARIAS Capítulo I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1º.- APROBACIÓN DEL SISTEMA Establézcase con carácter excepcional y por única vez un Sistema de Regularización e Incentivos para el Cum- plimiento de Obligaciones Administrativas y Tributarias, cuya administración y/o recaudación esté a cargo de la Municipalidad Provincial del Callao, exigibles a la fecha de vigencia de la presente Ordenanza y pendientes de subsanación o de pago. Artículo 2º.- BENEFICIO DEL SISTEMA Son beneficiarios del Sistema, los deudores e infrac- tores tributarios y/o administrativos, que se acojan a lo establecido en la presente Ordenanza, incluso aquellos que hayan gozado de algún beneficio de regularización o fraccionamiento de deuda. Artículo 3º.- PLAZO PARA ACOGERSE AL SISTEMA El plazo para acogerse al Sistema es de quince (15) días hábiles, contados a partir de la fecha de entrada en vigencia de la presente Ordenanza. Artículo 4º.- FORMA DE ACOGERSE AL SISTEMA 1. Al contado .- Por multas y/o tributos por períodos. 2. Fraccionado .- Durante la vigencia del Sistema, los fraccionamientos se realizarán de conformidad a las si- guientes condiciones: a) La cuota inicial no será menor al 10% de la deuda total a fraccionar y en ningún caso será menor a S/. 50.00 Nuevos Soles, los plazos de pago serán: Deudas hasta S/. 2,000.00 Hasta 10 meses Deudas Superiores a S/. 2,000.00 Hasta 20 meses Excepcionalmente, a criterio de la Administración Tribu- taria, cuando existan circunstancias económicas o sociales que lo justifiquen, se puede ampliar el número de cuotas. b) Cuando el monto a fraccionar supere las 12 UIT, se deberá constituir garantía. c) Se exonera el pago del derecho de fraccionamiento. d) Se deberá cancelar previamente los fraccionamien- tos pendientes de pago. e) El incumplimiento de pago de una cuota de los frac- cionamientos será causal de perdida de fraccionamiento y se iniciará cobranza coactiva. Artículo 5º.- FRACCIONAMIENTOS DE PAPELETAS DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE Durante la vigencia de la presente Ordenanza se otor- garán fraccionamientos por papeletas por infracciones de