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Pág. 226184 NORMAS LEGALES Lima, jueves 11 de julio de 2002 necesariamente igualdad en el trato para todos aquéllos que demanden una actuación de algún miembro de la ONPE y el destierro de cualquier forma de preferencia o trato discriminatorio. En todo momento los/as trabajado- res/as, funcionarios/as y locadores/as de la ONPE eva- lúan su imparcialidad antes de conocer de algún asunto vinculado al ejercicio de su función. IV. COMPROMISOS DE LOS/AS TRABAJADORES/ AS, FUNCIONARIOS/AS Y LOCADORES/AS DE LA ONPE Conocimiento y valoración de la misión institu- cional. Imagen de la Institución . Los/as trabajadores/ as y funcionarios/as de la ONPE son responsables de mantener el prestigio de la Institución como un valor que pertenece a todos/as, valor que es compartido por el solo hecho de pertenecer a la misma y participar del ideal común. Responsabilidad y diligencia en el cumplimiento de la función . Los/as trabajadores/as, funcionarios/as y locadores/as de servicios de la ONPE conocen y aplican la normatividad legal vigente para los procesos electora- les, referéndum u otro tipo de consulta popular; así como las disposiciones legales y administrativas que regulan el funcionamiento de la ONPE. Información Privilegiada . Los/as trabajadores/as, funcionarios/as y locadores/as de servicios de la ONPE se abstendrán de utilizar en provecho propio, directa o indirectamente, o de terceros, aquella información a la que hubieran accedido como consecuencia del ejercicio de la función pública. Asimismo, los/as trabajadores/as, funcionarios/as y locadores/as de servicios de la ONPE respetan el secreto profesional y garantizan la adecuada preservación de la reserva de aquella documentación que las normas hayan calificado como tal. Dádivas y Obsequios . Los/as trabajadores/as, fun- cionarios/as y locadores/as de servicios de la ONPE no solicitan o aceptan retribuciones monetarias, obsequios, donaciones, dádivas, atenciones, por el cumplimiento de sus funciones. Independencia. Incompatibilidad de quienes des- empeñan cargos en partidos políticos u organi- zaciones políticas . Las personas que ostenten cargos de autoridad política, ya sea para el Estado o para una organización política partidaria, así como las personas cuya labor principal o accesoria, directa o indirectamen- te, sean objeto de fiscalización permanente de la ONPE, están impedidas de incorporarse como trabajadores/as, funcionarios/as o locadores/as de servicios de la ONPE. Transparencia. Transparencia en la Contratación y Adquisición de Bienes y Servicios . Los/as trabajado- res/as, funcionarios/as y locadores/as de servicios de la ONPE responsables del proceso de contratación y ad- quisición de bienes y servicios implementan mecanismos que aseguran el cumplimiento de la normatividad referi- da a las contrataciones y adquisiciones del Estado, especialmente de los principios de transparencia, mora- lidad, imparcialidad, igualdad, probidad y libre competen- cia. Declaración Jurada de Ingresos, Bienes y Rentas . Los/as trabajadores/as, funcionarios/as y locadores/as de servicios de la ONPE presentan su Declaración Jurada de Ingresos, Bienes y Rentas y lo efectúan en forma opor- tuna y completa, de acuerdo con las disposiciones lega- les vigentes. Denuncia de hechos irregulares o actos de corrup- ción. Los/as trabajadores/as, funcionarios/as y locado- res/as de servicios de la ONPE que en el ejercicio de sus funciones toman conocimiento de hechos irregulares o de actos de corrupción en la administración y gestión de la ONPE, presentan sus denuncias ante la Gerencia de Control Interno y Auditoría de la ONPE de acuerdo a los procedimientos establecidos por la Institución. Las perso- nas que hayan presentado denuncias que sean desesti-madas por indebidas, por carecer de sustento legal o por haber sido formuladas con el único propósito de afectar la dignidad y el honor de las personas denunciadas, se- rán los responsables de los daños y perjuicios que pu- dieran haber causado. Cuidado de los bienes de la ONPE . Los/as traba- jadores/as, funcionarios/as y locadores/as de servicios de la ONPE no utilizan directa o indirectamente, total o parcialmente, cualquiera de los bienes de propiedad de la ONPE para actividades distintas de las del servicio público que le es propio. En forma especial, en coyuntu- ras de procesos electorales, de referéndum o de otras consultas populares los/as trabajadores/as, funcionarios/ as y locadores/as de servicios de la ONPE no ponen a disposición de los partidos políticos, listas independientes, movimientos, agrupaciones u organizaciones políticas o sus candidatos, dichos bienes. Igualmente, no utilizan los bienes y recursos institucionales para actividades prose- litistas de cualquier índole, de manera especial los vehí- culos, muebles de oficina, teléfonos, faxes, computado- ras, correos electrónicos, inmuebles e infraestructura lo- gística en general. Transferencia de Gestión Ordenada. Los/as respon- sables de las unidades orgánicas de la ONPE conducen, en su respectivo nivel y con la anticipación posible, pro- cesos de transferencia del cargo ordenados, eficaces y documentados, para garantizar la continuidad del servi- cio. V. COMPROMISO INSTITUCIONAL DE LA ONPE PARA LA PROMOCIÓN DE CONDUCTAS ÉTICAS 1. Creación de un Comité de Ética . El Comité de Ética de la ONPE estará encargado de promover los con- tenidos del Código de Ética. También asume la evalua- ción del cumplimiento de los principios y compromisos que asumen los/as trabajadores/as, funcionarios/as y locadores/as de servicios de la ONPE, así como la reco- mendación de las sanciones administrativas que corres- pondan de ser el caso. 2. Compromiso. La Jefatura Nacional establecerá los procedimientos necesarios para asegurar que los/as tra- bajadores/as, funcionarios/as y locadores/as de servicios de la ONPE tomen conocimiento de los principios y com- promisos contenidos en el presente documento y, que adicionalmente, como condición de su designación o con- tratación, se comprometan a cumplirlos. 3. Integrantes del Comité de Etica. El Comité de Ética de la ONPE estará integrado por 5 (cinco) traba- jadores/as y funcionarios/as titulares de la ONPE de re- conocida solvencia moral y se podrá contar con 3 (tres) trabajadores/as y funcionarios/as alternos/as llamados/ as a suplir a los/as titulares en caso de ausencia prolon- gada o impedimento temporal. Los/as trabajadores/as y funcionarios/as elegibles corresponderán a aquéllos/as considerados/as en el Cuadro de Asignación de Perso- nal, de los cuales 3 (tres) serán elegidos/as por los/as trabajadores/as de la Institución y 2 (dos) serán desig- nados/as por la Jefatura Nacional a propuesta del Comi- té de Gerentes, por el lapso de 2 (dos) años renovables. El Comité estará conformado por un Presidente, un Secre- tario Técnico y tres integrantes. 4. Sesiones y quórum. El Presidente del Comité convocará a sesión ordinaria cada 2 (dos) meses y en forma extraordinaria cuando haya recibido denuncias. El quórum para sesionar válidamente es de 3 (tres) trabajadores/as y funcionarios/as. Los acuerdos se to- man por mayoría y cuando menos con dos votos con- formes. El/la Presidente/a tiene voto dirimente. 5. Legitimidad para denunciar. Cualquier persona que se sienta directa o indirectamente afectada por la transgresión de alguno de los principios o compromisos asumidos por los/as trabajadores/as, funcionarios/as y locadores/as de la ONPE tiene el derecho y el deber de comunicar a la Jefatura Nacional de la ONPE la existen- cia de los hechos que configuran la transgresión. Asimis-