Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE JULIO DEL AÑO 2002 (11/07/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 61

Pág. 226183 NORMAS LEGALES Lima, jueves 11 de julio de 2002 O N P E Aprueban Código de Ética de los Trabajadores y Funcionarios de la ONPE RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 230-2002-J/ONPE Lima, 10 de julio de 2002 VISTOS: El Proyecto de Código de Ética de los/as Trabajadores/as y Funcionarios/as de la Oficina Nacio- nal de Procesos Electorales emitido con Informe Nº 005-2002-GG/ONPE del 10 de abril de 2002 emiti- do por la entonces Gerencia General; el Informe Nº 125- 2002-GAJ/ONPE del 20 de junio de 2002 emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica; la Carta DP-2002- 043/PCT del 8 de julio de 2002, emitido por la Oficina de Promoción y Coordinación Territorial de la Defenso- ría del Pueblo. CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Artículo 1º de la Ley Or- gánica de la Oficina Nacional de Procesos Electorales – ONPE, Ley Nº 26487, la ONPE es un organismo autóno- mo que cuenta con personería jurídica de derecho públi- co interno y goza de atribuciones en materia técnica, administrativa, económica y financiera, siendo la autori- dad máxima en la organización y ejecución de los proce- sos electorales, de referéndum u otras consultas popula- res; Que, en su progreso institucional, la Oficina Nacional de Procesos Electorales busca contar con trabajadores/ as y funcionarios íntegros, participativos, colaboradores, probos, creando así un ambiente de trabajo transparente en el que se generen relaciones de confianza y propicias para el desempeño normal de las labores; Que, por tal razón, se aprobó en su oportunidad el Código de Ética para Jefes y Personal de las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales, mediante Resolución Jefatural Nº 060-2001-J/ONPE del 29 de enero de 2001; Que, de los documentos de vistos se puede concluir en la necesidad de aprobar un Código de Ética de los Trabajadores y Funcionarios de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, de modo que para formar parte esencial de la práctica institucional debe ser asumido por todos los trabajadores y funcionarios, así como por las personas contratadas por locación de servicios que utili- zan los recursos y bienes de la institución para la presta- ción de sus servicios; Que, caracterizándose la actual administración de la ONPE, así como sus trabajadores y funcionarios, como generadores de principios éticos, democráticos y de trans- parencia tanto a nivel institucional como para la opinión pública, corresponde aprobar el Código de Ética descrito en el considerando anterior; En uso de las atribuciones que se le confieren al Jefe de la Oficina Nacional de Procesos Electorales en el Ar- tículo 13º de su Ley Orgánica, Nº 26487, y en el Artículo 9º, inciso j), de su Reglamento de Organización y Funcio- nes, aprobado por Resolución Jefatural Nº 190-2002-J/ ONPE, del 14 de junio de 2002; Con el visado de la Gerencia de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar el "Código de Ética de los/as Trabajadores/as y Funcionarios/as de la Oficina Nacional de Procesos Electorales", a cuyo cumplimiento se comprometen los trabajadores, funcionarios y locado- res de servicios de la Institución y que en anexo forma parte de la presente Resolución Jefatural. Artículo Segundo.- Encargar a la Subgerencia de Recursos Humanos y a la Subgerencia de Logística, respectivamente, la difusión del Código referido en el ar- tículo anterior entre todos los trabajadores, funcionariosy locadores de servicios de la Oficina Nacional de Proce- sos Electorales. Regístrese, comuníquese y publíquese. FERNANDO TUESTA SOLDEVILLA Jefe CÓDIGO DE ÉTICA DE TRABAJADORES/AS Y FUNCIONARIOS/AS DE LA OFICINA NACIONAL DE PROCESOS ELECTORALES I. FINALIDAD El presente Código de Ética tiene como finalidad promover entre los/as funcionarios/as, trabajadores/as y locadores/as de servicios de la Oficina Nacional de Proce- sos Electorales – ONPE, un activo compromiso con la puesta en práctica de principios y valores democráticos en el desempeño de las funciones que les son encomendadas. El desarrollo de conductas acordes con estos principios y valores contribuirá decididamente a la prestación de un servicio de calidad a los/as ciudada- nos/as. Así, una actuación personal y colectiva íntegra y guiada por criterios éticos favorecerá una mayor confian- za ciudadana en la gestión institucional. II. ÁMBITO DE APLICACIÓN Los principios y compromisos que se expresan a conti- nuación son observados, considerados y cumplidos por todos/as los/as funcionarios/as y trabajadores/as de la ONPE, incluyendo al personal de confianza y a las per- sonas contratadas por locación de servicios que utilizan los recursos y bienes de la Institución para la prestación de sus servicios. III. PRINCIPIOS Los/as funcionarios/as, trabajadores/as y locadores/ as de servicios de la ONPE consideran que su desempe- ño laboral se guía por determinados principios derivados del orden democrático que se desea consolidar desde el ejercicio del servicio público que se les ha confiado. Un ideal común: la democracia. La actuación de los/ as trabajadores/as, funcionarios/as y locadores/as de servicios de la ONPE está orientada a velar por la obten- ción de la fiel y libre expresión de la voluntad popular manifestada a través de los procesos electorales, de re- feréndum y de otros tipos de consulta popular, para lo cual tienen el compromiso de estar atentos y responder a las iniciativas, observaciones y demandas de la socie- dad en su conjunto (ciudadanos, electores, partidos polí- ticos, instituciones electorales nacionales, regionales e internacionales) para contribuir a la consolidación insti- tucional de la democracia peruana. La función pública como servicio a ciudadanos y ciudadanas . El ejercicio del servicio público significa para los/as trabajadores/as, funcionarios/as y locadores/as de servicios de la ONPE un compromiso con el ideal y los principios de conducta y valores que la institución de- fiende, con el respeto a la Constitución y a las leyes; con la integridad, transparencia, honor, responsabilidad, imparcialidad, honradez, diligencia y total independencia de las actividades políticas o partidarias en la atención de las solicitudes o requerimientos de los ciudadanos u organizaciones políticas y con el objetivo permanente de fortalecer la institucionalidad de la democracia peruana. Integridad . Los/as trabajadores/as, funcionarios/as y locadores/as de la ONPE desarrollan sus actividades con plena observancia de los principios y valores morales que le permitan adoptar decisiones y tener un comportamiento correcto en las actividades que le corresponden cumplir en la entidad. Imparcialidad . Los/as trabajadores/as, funcionarios/ as y locadores/as de servicios de la ONPE cumplen sus funciones con imparcialidad. Dicha imparcialidad exige