Norma Legal Oficial del día 18 de julio del año 2002 (18/07/2002)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 18 de MORDAZA de 2002

nal MORDAZA, esta manifiesta en su escrito de descargo del 18 de MORDAZA del 2002, e informe oral, que asumio dicha direccion el 21 de junio del 2000 y que recibio la indicada Informacion de la Unidad de Recursos Financieros el 11 de MORDAZA del 2000, habiendo cumplido con presentar la misma al dia siguiente 12 de MORDAZA, por lo que dicho retraso no es atribuible a su persona; Que, en relacion a los cargos sobre adquisiciones de bienes y servicios por S/. 126,266.67 y S/. 114,341.35 nuevos soles, respectivamente, que no se encuentran incluidas en el Plan Anual de Adquisiciones para el ano 2000, que evidencia improvisacion en los compromisos mencionados, por parte de los ex funcionarios MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MARITZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MURRIEL MESTANZA; la procesada MORDAZA MORDAZA MORDAZA en su descargo presentado por escrito el 19 de MORDAZA del 2002 e informe oral correspondiente, manifiesta que solo se le puede atribuir responsabilidad en las adquisiciones de bienes y servicios por el periodo en que ejercio el cargo de Directora de Administracion de la Direccion Regional MORDAZA, del 2 de febrero al 18 de MORDAZA del 2000, apreciandose que algunos de los bienes y servicios adquiridos ya habian sido comprometidos por la anterior gestion y los demas bienes y servicios fueron adquiridos de acuerdo a los requerimientos solicitados por el Director General de Direccion Regional MORDAZA, MORDAZA PNP MORDAZA La MORDAZA MORDAZA, constatandose que la precitada ex funcionaria desde que asumio dicho cargo solicito a la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Jefe de la Unidad de Recursos Materiales y Servicios, el 2 de febrero del 2000, informacion sobre las razones del incumplimiento a la Formulacion de Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones 2000, solicitando tambien, con fecha 10 de febrero del 2000, informacion respecto a adquisiciones realizadas hasta esa fecha, todo lo cual pone en evidencia mediante Oficio Nº 052-00-INPE/DRL/OA del 11 de febrero del 2000, dirigido al Director General de la Direccion Regional MORDAZA, en el cual manifiesta la falta de coordinacion con la MORDAZA mencionada Jefe de la Unidad de Recursos Materiales y Servicios, del mismo modo, mediante Oficio Nº 047-00-INPE/DRL/OA del 7 de febrero del 2000, dirigido a la Direccion Regional MORDAZA, en el cual senalo que toda orden relacionada con la adquisicion de bienes y/o servicios son acciones inherentes a la funcion de la administracion, solicitando que se coordine previamente con la Direccion a su cargo; hechos que deberan merituarse al momento de evaluar su responsabilidad, sobre los cargos que se le formulan en este extremo; Que, asimismo, con relacion a los cargos que se le imputa a la ex funcionaria, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Directora de Administracion de la Direccion Regional MORDAZA, esta manifiesta en su descargo presentado por escrito el 18 de MORDAZA del 2002 e informe oral respectivo, que los bienes y servicios a los que se hace referencia fueron ingresados por almacen, contando con el acta de conformidad debidamente autorizado por la Alta Direccion, que estas adquisiciones no fueron consideradas oportunamente dentro del Plan Anual de Adquisiciones del 2000 que recien fue aprobado en marzo, recalcando que dicho Plan no considera los inconvenientes que causan su desajuste a una situacion real, hechos que conllevan a establecer, que el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones sera aprobado por la MORDAZA autoridad administrativa de la Entidad MORDAZA de iniciado el ano calendario, situacion que no se dio y tampoco fue materia de investigacion por parte del Auditor General, habiendo la procesada atendido requerimientos solicitados por autoridades superiores, como la participacion del INPE en la Feria del Hogar del ano 2000, siendo el Presidente del INPE General PNP MORDAZA MORDAZA MORDAZA y el Tercer Miembro del INPE, General PNP ® MORDAZA Delulich MORDAZA quienes aprobaron y suscribieron el Memorial Nº 001-2000INPE/P sobre la participacion del INPE en la 34º Feria del Hogar en el ano 2000, lo cual fue solicitado al Director Gerente de la Feria Internacional del MORDAZA, por el Secretario General, MORDAZA PNP, MORDAZA MORDAZA MORDAZA,

mediante Oficio Nº 571-2000-INPE/SG, gasto de alquiler de stand por un monto de S/. 24,850.00 nuevos soles, que fue cubierto por la Direccion Regional MORDAZA, y que el Informe de Auditoria no se pronuncia sobre si dicho gasto se ajustaba a los requerimientos de la Direccion Regional MORDAZA y a la normatividad legal vigente. Asimismo, la procesada manifiesta que reconoce que involuntariamente transgredio la normatividad relacionada a la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento, con relacion a que algunas compras no se rigieron por lo indicado en el Plan Anual de Adquisiciones 2000, por lo que esta reconociendo que no actuo diligentemente en el desempeno del cargo de Directora de Administracion; Que, en cuanto a la funcionaria MARITZA MORDAZA MORDAZA, Directora de Planificacion de la Direccion Regional MORDAZA, manifiesta que viene desempenando el cargo desde el 21 de junio del 2000 y en su escrito de descargo del 18 de MORDAZA del 2002 e informe oral, senala que la Oficina de Administracion es la que verifica que los compromisos MORDAZA ejecutados de acuerdo al presupuesto asignado mediante el calendario de compromisos y segun el Plan Anual de Adquisiciones de la Region MORDAZA aprobado para el ano fiscal 2000, siendo la Unidad de Recursos Materiales y Servicios que elabora el referido Plan, la que en coordinacion con la Direccion de Administracion y la Oficina Planificacion, informa sobre la disponibilidad Presupuestaria en base al Presupuesto Inicial de Apertura, no habiendose consultado a la Directora de Planificacion sobre la ejecucion del alquiler del Stand en la Feria del Hogar, mencionando asimismo que el calendario de compromisos del mes de junio del 2000 habia sido remitido a la Oficina de Administracion, con anterioridad al dia 21 de junio del 2000, fecha en que la procesada habia asumido la Direccion de Planificacion, por lo que no es responsable de lo atribuido en a este extremo; Que, en relacion a la ex funcionaria MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Jefe de la Unidad de Recursos Materiales y Servicios, se tiene que segun su descargo efectuado por escrito de fecha 19 de MORDAZA del 2002 e informe oral, manifiesta que ejercio el referido cargo desde el 1 de enero hasta el 28 de febrero del 2000, habiendose aprobado el Plan Anual de Adquisiciones de la Direccion Regional MORDAZA, el 7 de marzo del 2000, cuando ya no se encontraba en el cargo, senalando asimismo que las adquisiciones de bienes y servicios efectuadas durante su gestion estan justificadas por la ex Directora de Administracion MORDAZA MORDAZA SANCHEZ; Que, el ex funcionario MORDAZA MORDAZA MURRIEL MESTANZA, indica en su escrito de descargo del 18 de MORDAZA del 2002 e informe oral correspondiente, que se desempeno como Jefe de la Unidad de Recursos Materiales y Servicios de la Direccion Regional MORDAZA desde el 1 de marzo hasta el 26 de MORDAZA del 2000, cuando la Resolucion Nº 290-2000-INPE-P da por concluido el cargo publico de confianza de la Jefatura designada, senalando dicho procesado que mediante Resolucion Nº 028-2000-INPE-P de fecha 17 de enero del 2000 se dispone que el Director General de la Direccion Regional MORDAZA, MORDAZA PNP MORDAZA La MORDAZA MORDAZA, coordine directamente con la Direccion de Administracion para la adquisicion de bienes y servicios que se encuentren en el Plan Anual de Adquisiciones, estableciendo que las compras efectuadas en el periodo que asumio dicho cargo fueron dispuestas y ordenadas por la Direccion de Administracion de la Direccion Regional MORDAZA, no pudiendo atribuirsele responsabilidad por la adquisicion de bienes y servicios realizada durante su gestion; Que, en relacion a la compra de alimentos del I Semestre del 2002 para los Establecimientos Penitenciarios de Lurigancho, Callao, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Chorrillos - Comunes, Canete y Chimbote por el importe de S/. 5'138,079 Nuevos Soles que no contaron con los contratos a traves de los cuales los proveedores se comprometieran a cumplir con la obligacion de proveer los alimentos de acuerdo a los terminos de referencia a ser fijados por la Direccion Regio-

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