Norma Legal Oficial del día 20 de julio del año 2002 (20/07/2002)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 20 de MORDAZA de 2002

blece que el permiso de pesca es transferible solo por herencia, asimismo establece que entre los coherederos o sus descendientes es valida la transferencia de acciones y derechos adquiridos por herencia; Que mediante los escritos del visto MORDAZA MORDAZA NUNEZ AIRCARDI, solicita el cambio del titular del permiso de pesca para la operacion de la embarcacion pesquera "ROSA MORDAZA 6" y el cambio de nombre de la E/P MORDAZA (ex MORDAZA MORDAZA 6); Que con Oficio Nº 275-2002-PE/DNEPP-Dap se solicito a MORDAZA MORDAZA NUNEZ AIRCARDI, remita el documento que acredite la adquisicion de la E/P MORDAZA MORDAZA 6 para efectos de verificar si dicha transferencia se encuentra dentro de los alcances del Articulo 9º del D.S. Nº 003-98-PE, modificado por el Articulo 3º del D.S. Nº 003-2000-PE, asi como, el certificado compendioso de dominio donde figure la nueva denominacion de la embarcacion, sin haber cumplido con alcanzar hasta la fecha estos requisitos, por lo que deviene improcedente la solicitud presentada por la recurrente al contravenir lo dispuesto en el Articulo 9º del Decreto Supremo Nº 003-98PE, modificado por Decreto Supremo Nº 003-2000-PE; Estando a lo informado por la Direccion de Administracion Pesquera mediante Informes Nºs. 583-2001-PE/ DNEPP-Dap-cvg y 185-2002-PE/DNEPP-Dap-cvg de fechas 11 de diciembre del 2001 y 29 de MORDAZA del 2002, y con la visacion de la Oficina General de Asesoria Juridica; En uso de las facultades conferidas por el Articulo 118º del Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Declarar improcedente la solicitud de cambio del titular del permiso de pesca para la operacion de la embarcacion pesquera "ROSA MORDAZA 6 " y el cambio de nombre de la E/P "ROSA MORDAZA 6" a E/P "FATIMA", presentada por MORDAZA MORDAZA NUNEZ AIRCARDI, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero 12901

De conformidad con lo dispuesto en el Reglamento de Inspecciones y del Procedimiento Sancionador de las Infracciones en las Actividades Pesqueras y Acuicolas, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-PE y el numeral 2 del Articulo 147º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Precisese que el factor del recurso es un valor referencial de los recursos hidrobiologicos, aplicable unica y exclusivamente al ambito administrativo sancionador por las infracciones cometidas en las actividades pesqueras y acuicolas. Articulo 2º.- Los factores aprobados por la Administracion podran ser modificados a fin de actualizarlos. Articulo 3º.- Transcribase la presente Resolucion a las Direcciones Regionales de Pesqueria para su conocimiento y fines pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de la Produccion (e) 12985

Designan Asesora del Despacho Ministerial Ad Honorem en temas de Gestion y Modernizacion Institucional
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 003-2002-PRO MORDAZA, 19 de MORDAZA de 2002 Que mediante Ley Nº 27779 - Ley Organica que modifica la organizacion y funciones de los Ministerios, se sustituye el Articulo 33º del Decreto Legislativo Nº 560, estableciendose que el Ministerio de la Produccion formula, aprueba y supervisa las politicas de alcance nacional aplicables a las actividades extractivas y productivas comenzando en los sectores industria y pesqueria, promoviendo su competitividad y el incremento de la produccion, asi como el uso racional de los recursos y la proteccion del medio ambiente, para lo cual dicta las normas de alcance nacional y supervisa su cumplimiento; Que se ha considerado conveniente designar un asesor del Despacho Ministerial en temas de Gestion y Modernizacion Institucional a efectos de implementar medidas para un mejor diseno y ejecucion de las funciones y objetivos del Ministerio de la Produccion; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 560 y Ley Nº 27779; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Designar, a partir de la fecha, a la senora abogada MORDAZA MORDAZA Iwasaki Cauti, como Asesora del Despacho Ministerial, Ad Honorem, en temas de Gestion y Modernizacion Institucional a efectos de implementar medidas para un mejor diseno y ejecucion de las funciones y objetivos del Ministerio de la Produccion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de la Produccion (e) 12986

PRODUCCION
Precisan que el factor del recurso es un valor referencial de los recursos hidrobiologicos, aplicable al ambito administrativo sancionador por infracciones cometidas en actividades pesqueras y acuicolas
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 002-2002-PRO MORDAZA, 19 de MORDAZA de 2002 CONSIDERANDO: Que mediante Decreto Supremo Nº 008-2002-PE, del 27 de junio del 2002, se aprobo el Reglamento de Inspecciones y del Procedimiento Sancionador de las Infracciones en las Actividades Pesqueras y Acuicolas, disponiendose, en su Articulo 41º, que las multas a imponerse seran determinadas y calculadas empleando como referencia el factor del recurso expresado en Unidades Impositivas Tributarias (UIT); Que por Resolucion Ministerial Nº 254-2002-PE, del 11 de MORDAZA de 2002, se aprobaron los MORDAZA correspondientes al factor del recurso, vigentes a partir del 19 de MORDAZA hasta el 31 de diciembre del 2002; Que es necesario precisar que el denominado factor del recurso es un indicador referencial del valor del recurso hidrobiologico, aplicable unica y exclusivamente al ambito administrativo sancionador respecto a las infracciones cometidas en las actividades pesqueras y acuicolas, como herramienta necesaria para la correcta determinacion y aplicacion de las multas derivadas de estos;

RELACIONES EXTERIORES
Ratifican el "Convenio de Cooperacion Pesquera entre la Republica del Peru y la Republica de El Salvador"
DECRETO SUPREMO Nº 063-2002-RE EL PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

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