Norma Legal Oficial del día 20 de julio del año 2002 (20/07/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

MORDAZA, sabado 20 de MORDAZA de 2002 CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

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Que con fecha 17 de enero de 2002 se suscribio en la MORDAZA de San MORDAZA, Republica de El MORDAZA, el "Convenio de Cooperacion Pesquera entre la Republica del Peru y la Republica de El Salvador"; Que es conveniente a los intereses del Peru la ratificacion del citado instrumento internacional; De conformidad con lo dispuesto en el Articulo 118º inciso 11) de la Constitucion Politica del Peru, y en el Articulo 2º de la Ley Nº 26647; DECRETA: Articulo 1º.- Ratificase el "Convenio de Cooperacion Pesquera entre la Republica del Peru y la Republica de El Salvador", suscrito en la MORDAZA de San MORDAZA, Republica de El MORDAZA, el 17 de enero del 2002. Articulo 2º.- Dese cuenta al Congreso de la Republica. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los catorce dias del mes de junio del ano dos mil dos. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA GARCIA-SAYAN LARRABURE Ministro de Relaciones Exteriores CONVENIO DE COOPERACION PESQUERA ENTRE LA REPUBLICA DEL PERU Y LA REPUBLICA DE EL MORDAZA El Gobierno de la Republica del Peru y el Gobierno de la Republica de El MORDAZA, en adelante denominadas "las Partes", animadas del firme proposito de fortalecer e incrementar los lazos tradicionales de amistad y cooperacion existentes entre ambos paises; CONSIDERANDO su condicion de riberenos de un MORDAZA comun respecto del cual es necesario compartir tecnologia e informacion cientifica y tecnica para la preservacion y sostenibilidad de los recursos pesqueros, de conformidad con las normas de Medio Ambiente de sus respectivos paises, para cuyo proposito sera de especial utilidad llevar a cabo investigaciones oceanograficas; CONVENCIDOS que una adecuada alimentacion de nuestras poblaciones repercute decisivamente en el bienestar y desarrollo de nuestras poblaciones, por lo que el aprovechamiento racional e incremento de consumo de los recursos maritimos que estan caracterizados por su alto contenido de proteinas, se considera de interes nacional; EN EL MORDAZA del Convenio Basico de Cooperacion Tecnica y Cientifica suscrito el 13 de junio de 1996 y el Convenio de Cooperacion Tecnica Interinstitucional entre el Instituto Tecnologico Pesquero del Peru y el Centro de Desarrollo Pesquero de El MORDAZA suscrito en febrero de 1999. Han convenido lo siguiente: ARTICULO 1 El objeto del presente Convenio es la realizacion de una cooperacion integral en el sector pesca que incluya aspectos de procesamiento, de utilizacion de recursos no explotados, y de mejora del uso de la Fauna de Acompanamiento del Camaron (FAC). Asimismo la realizacion de evaluaciones periodicas que permitan aprovechar en forma racional y sostenible los recursos pesqueros de la Republica de El MORDAZA, respetando la soberania y jurisdiccion de MORDAZA Partes. 1. Desarrollar la cooperacion e investigacion MORDAZA a traves de planes y proyectos que permiten evaluar los recursos pesqueros de distinto orden. 2. Incentivar la cooperacion tecnologica en el procesamiento pesquero con miras a la utilizacion integral de los recursos, la mejora de calidad de los productos de consumo humano, asi como el estudio de las medidas tendientes a reducir la contaminacion por los desechos pesqueros. 3. Desarrollar la cooperacion en las actividades de acuicultura tanto MORDAZA como continental a traves de

proyectos especiales con la utilizacion optima de los conocimientos sobre el manejo de las especies posibles de trabajar en este campo. ARTICULO 2 La prestacion de asistencia tecnica y la cooperacion senaladas en el Articulo 1, no es limitativa, pudiendo adoptarse cualquier otra modalidad de cooperacion a traves del asesoramiento y capacitacion de profesionales mediante cursos, pasantias y otras actividades academicas, asi como el intercambio de informacion tecnica de mutuo beneficio. La transferencia tecnologica, asi como la realizacion de estudios conjuntos podra ser realizado bajo modalidades distintas de las senaladas anteriormente. ARTICULO 3 La modalidad de financiamiento de la cooperacion tecnica sera de costos compartidos, de conformidad con lo establecido en el Convenio Basico de Cooperacion Tecnica y Cientifica suscrito entre las Partes en junio de 1996. ARTICULO 4 Con la finalidad de ampliar la cooperacion y el acercamiento entre las Partes, se contemplara la posibilidad de desarrollar programas y proyectos conjuntos entre los sectores empresariales de ambos paises, para lo cual se propiciaran las asociaciones de caracter estrategico. ARTICULO 5 La Comision Mixta de Cooperacion Salvadorena - Peruana, establecida por el Convenio Basico de Cooperacion Tecnica y Cientifica suscrito el 13 de junio de 1996, promovera y decidira acerca de los programas y proyectos especificos a desarrollar entre las Partes. ARTICULO 6 Cada Parte otorgara las facilidades necesarias para la entrada, permanencia y salida del Personal que oficialmente participe de los proyectos de cooperacion. El personal asi nombrado se sujetara a las disposiciones nacionales vigentes en el MORDAZA receptor no dedicandose a ninguna otra actividad ajena a sus funciones ni tampoco a recibir remuneracion alguna fuera de la estipulada sin la autorizacion previa de MORDAZA Partes. ARTICULO 7 Las partes otorgaran todas las facilidades administrativas y fiscales para la entrada y salida de equipos y materiales necesarios para los proyectos de cooperacion, conforme a las legislaciones nacionales de cada pais. ARTICULO 8 El Convenio materia de la presente, entrara en MORDAZA en la fecha de la recepcion de la MORDAZA notificacion por la cual las Partes se comuniquen a traves de la via diplomatica debiendose cumplir los requisitos constitucionales correspondientes. ARTICULO 9 El presente Convenio tendra una vigencia de cinco anos, prorrogables automaticamente por igual periodo, salvo si una de las Partes decida concluirlo para lo cual notificara a la otra Parte con una anticipacion no menor de seis meses. Firmado en la MORDAZA de San MORDAZA, Republica de El MORDAZA, a los diecisiete dias del mes de enero de dos mil dos, en dos ejemplares originales. POR LA REPUBLICA DEL PERU MORDAZA GARCIA-SAYAN Ministro de Relaciones Exteriores POR LA REPUBLICA DE EL MORDAZA MORDAZA MORDAZA BRIZUELA DE MORDAZA Ministra de Relaciones Exteriores

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