Norma Legal Oficial del día 20 de julio del año 2002 (20/07/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 20

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 20 de MORDAZA de 2002

Articulo 2º.- Dejar sin efecto la titularidad del permiso de pesca que fue otorgado a traves de la Resolucion Ministerial Nº 594-97-PE, para operar la embarcacion pesquera denominada "ATLANTICO IV" con matricula Nº CE10499-PM. Articulo 3º.- Incorporar a la empresa PESCATLANTICO S.A., como titular del permiso de pesca otorgado para operar la embarcacion pesquera de bandera nacional "ATLANTICO IV" con matricula Nº CO-10499-PM, a la Resolucion Ministerial Nº 136-2002-PE y Nº 152-2002-PE, excluyendo a la empresa ENVASADORA CHIMBOTE EXPORT S.A., en lo que corresponda a dichas resoluciones. Articulo 4º.- Transcribir la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa y a las Direcciones Regionales de Pesqueria de Tumbes, MORDAZA, MORDAZA, La MORDAZA, MORDAZA, Ica, MORDAZA, MORDAZA y Tacna. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Directora Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero 12897 RESOLUCION DIRECTORAL Nº 251-2002-PE/DNEPP MORDAZA, 9 de MORDAZA del 2002 Visto los escritos con registro Nº CE-00734002 de fecha 26 de noviembre del 2001 y 14 de marzo del 2002, presentados por PESQUERA HAYDUK S.A.; CONSIDERANDO: Que por Resolucion Ministerial Nº 226-97-PE del 13 de MORDAZA de 1997, se otorgo a la empresa PESQUERA MORDAZA FISH S.A., permiso de pesca para operar la embarcacion pesquera de bandera nacional denominada "CHIMU", con matricula Nº ZS-0936-CM de 106.66 m3 de capacidad de bodega, para la extraccion del recurso hidrobiologico merluza con destino al consumo humano directo, utilizando hielo como sistema de preservacion a bordo en el area comprendida desde el extremo norte del dominio maritimo y los 9° 00' L.S. a partir de las (5) cinco millas nauticas de la linea de la costa, utilizando redes de arrastre con longitud minima de malla en el copo de 110 mm.; Que mediante los escritos del visto, PESQUERA HAYDUK S.A. solicita cambio de nombre del titular del permiso de pesca otorgado por Resolucion Ministerial Nº 22697-PE y modificacion de denominacion de puerto de la matricula Nº ZS-0936-CM de la embarcacion pesquera CHIMU por Nº PT-0936-CM; Que de la evaluacion efectuada a los documentos que obran en el expediente administrativo se ha determinado, que PESQUERA HAYDUK S.A. ha cumplido con presentar los requisitos previstos en los procedimientos Nºs. 6 y 20 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Pesqueria, aprobado por Decreto Supremo Nº 020-2001-PE; Estando a lo informado por la Direccion de Administracion Pesquera de la Direccion Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero, mediante Informe Nº 1332002-PE/DNEPP-Dap y con opinion favorable de la Oficina General de Asesoria Juridica; De conformidad con lo establecido en el Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, los procedimientos Nºs. 6 y 20 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Pesqueria, aprobado por Decreto Supremo Nº 020-2001-PE y el Articulo 2º del Decreto Supremo Nº 004-2002-PE; En uso de las facultades conferidas por el Articulo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y la Resolucion Ministerial Nº 505-98-PE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Modificar el Articulo 1º de la Resolucion Ministerial Nº 226-97-PE, en el extremo referido a la matricula de la embarcacion pesquera "CHIMU", cuya nueva

denominacion en adelante sera PT-0936-CM, manteniendose las demas caracteristicas tecnicas de la referida embarcacion. Articulo 2º.- Aprobar el cambio de nombre del titular del permiso de pesca otorgado por Resolucion Ministerial Nº 226-97-PE, para operar la embarcacion pesquera de bandera nacional que se indica a continuacion, en los mismos terminos y condiciones en que fue otorgado:
PERMISO DE PESCA R.M. Nº 226-97-PE FECHA MORDAZA TITULAR PESQUERA HAYDUK S.A. NOMBRE DE LA EMBARCACION CHIMU NUMERO DE MATRICULA PT-0936-CM CAPACIDAD BODEGA (m3) 106.66

13-5-97

Articulo 3º.- Dejar sin efecto la titularidad del permiso de pesca otorgado por Resolucion Ministerial Nº 226-97PE a favor de PESQUERA MORDAZA FISH S.A., para operar la embarcacion pesquera "CHIMU". Articulo 4º.- Constituira causal de caducidad del permiso de pesca otorgado para operar la embarcacion pesquera "CHIMU", incrementar sin autorizacion la capacidad de bodega concedida por la presente Resolucion. Articulo 5º.- Incorporar a PESQUERA HAYDUK S.A., como titular del permiso de pesca otorgado para operar la embarcacion pesquera "CHIMU", con la nueva matricula Nº PT-0936-CM, asi como la presente Resolucion al Anexo III de la Resolucion Ministerial Nº 136-2002-PE y al literal F) del Anexo I de la Resolucion Ministerial Nº 152-2002PE, excluyendo a PESQUERA MORDAZA FISH S.A. del Anexo V. Articulo 5º.- Transcribir la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa y a la Direccion Regional de Pesqueria de Piura. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Directora Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero 12899 RESOLUCION DIRECTORAL Nº 254-2002-PE/DNEPP MORDAZA, 9 de MORDAZA del 2002 Visto el expediente con escritos con registro Nº CE00014002 de fechas 11 de enero, 25 de febrero, 21 de marzo y 12 de MORDAZA del 2002, presentado por PESQUERA CAPRICORNIO S.A.; CONSIDERANDO: Que el Articulo 34º del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001PE, establece que el permiso de pesca es indesligable de la embarcacion a la que corresponde y que durante su vigencia la transferencia de la propiedad o posesion de las embarcaciones pesqueras de bandera nacional conlleva la transferencia de dicho permiso en los mismos terminos y condiciones en que fue otorgado; Que por Resolucion Ministerial Nº 252-95-PE del 16 de MORDAZA de 1995, se otorgo permiso de pesca a plazo determinado, en adecuacion a la Ley General de Pesca y su Reglamento, entre otros, a la empresa SALTA MAR S.A., para operar la embarcacion pesquera "SANTONA II", de matricula Nº CE-1854-PM y 140 toneladas metricas de capacidad de bodega, para dedicarse a la extraccion de recursos hidrobiologicos con destino al consumo humano indirecto, en el ambito del litoral peruano fuera de las cinco (5) millas costeras, utilizando redes de cerco con longitud minima de abertura de malla de 1/2 pulgada (13 mm.); Que a traves de los escritos del visto, PESQUERA CAPRICORNIO S.A., solicita el cambio de titular del permiso de pesca a que se refiere el considerando precedente, al haber adquirido la propiedad de la embarcacion pesquera "SANTONA II", conforme consta en el correspondiente Certificado Compendioso de Dominio, obrante a fs. 72; Que de la evaluacion efectuada a los documentos que obran en el expediente, se ha determinado que la recu-

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