Norma Legal Oficial del día 25 de julio del año 2002 (25/07/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

MORDAZA, jueves 25 de MORDAZA de 2002

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

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Regionales, estan autorizados para organizar y optimizar sus dependencias responsables de las acciones de demarcacion territorial, con personal profesional calificado e idoneo para abocarse exclusivamente a los procesos de demarcacion territorial establecidos en la presente Ley, no siendo de aplicacion para estos casos las normas de austeridad vigentes a la fecha de su ejecucion. Tercera.- Regimen especial de MORDAZA Metropolitana En el ambito de la provincia de MORDAZA, la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA asume la competencia y funciones que corresponden al gobierno regional en las acciones de demarcacion territorial que senala la presente Ley. Asimismo, corresponde a dicha municipalidad identificar, conocer y evaluar los casos de conflictos de limites existentes en los distritos de su jurisdiccion, conforme al procedimiento previsto en el Articulo 12º de la presente Ley, y los plazos que establezca el Reglamento. Cuarta.- De las Zonas de Administracion Comun En caso de que exista conflicto entre circunscripciones distritales respecto a la pertenencia de una obra de infraestructura o servicios, restos arqueologicos, lagunas u otros, el organo tecnico competente en coordinacion con la municipalidad provincial propondra el establecimiento provisional de una MORDAZA de Administracion Comun, que beneficie a las municipalidades involucradas, determinando su administracion tributaria y los servicios municipales correspondientes. Quinta.- En tanto se determina el saneamiento de los limites territoriales, conforme a la presente Ley, las delimitaciones censales y/u otros relacionados con las circunscripciones existentes son de caracter referencial. Sexta.- De la Reglamentacion de la Ley El Poder Ejecutivo, dentro de los noventa (90) dias naturales de publicada la presente Ley, mediante Decreto Supremo con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros, dictara el Reglamento de la presente Ley, el mismo que sustituye al Decreto Supremo Nº 044-90-PCM y sus modificatorias. Setima.- Derogatoria Deroganse las disposiciones legales y administrativas que se opongan a la presente Ley. Comuniquese al senor Presidente de la Republica para su promulgacion. En MORDAZA, a los veintitres dias del mes de MORDAZA de dos mil dos. MORDAZA FERRERO Presidente del Congreso de la Republica MORDAZA PEASE MORDAZA Primer Vicepresidente del Congreso de la Republica AL SENOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veinticuatro dias del mes de MORDAZA del ano dos mil dos. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA SOLARI DE LA FUENTE Presidente del Consejo de Ministros 13339

Que, el senor Lic. MORDAZA Diez Canseco MORDAZA, Primer Vicepresidente de la Republica y Ministro de Comercio Exterior y Turismo, debe ausentarse del MORDAZA para atender asuntos de indole personal, del 29 de MORDAZA al 3 de agosto de 2002; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560, modificado por Ley Nº 27779; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al senor Lic. MORDAZA DIEZ CANSECO MORDAZA, Primer Vicepresidente de la Republica y Ministro de Comercio Exterior y Turismo, a ausentarse del MORDAZA para atender asuntos de indole personal, del 29 de MORDAZA al 3 de agosto de 2002. Articulo 2º.- La presente Resolucion Suprema no irrogara gasto alguno al Estado, ni MORDAZA derecho a exoneracion o liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Articulo 3º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA SOLARI DE LA FUENTE Presidente del Consejo de Ministros 13340

Encargan Despacho de Comercio Exterior y Turismo al Ministro de Transportes y Comunicaciones
RESOLUCION SUPREMA Nº 318-2002-PCM MORDAZA, 24 de MORDAZA de 2002 CONSIDERANDO: Que, el senor Lic. MORDAZA Diez Canseco MORDAZA, Primer Vicepresidente de la Republica y Ministro de Comercio Exterior y Turismo, se ausentara del MORDAZA por motivos personales, del 29 de MORDAZA al 3 de agosto de 2002; Que, por tanto, es necesario encargar el Despacho del Ministro de Comercio Exterior y Turismo; De conformidad con lo dispuesto en el Articulo 127º de la Constitucion Politica del Peru y Decreto Legislativo Nº 560, modificada por la Ley Nº 27779; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Encargar el Despacho del Ministro de Comercio Exterior y Turismo, al senor MORDAZA MORDAZA Rossello, Ministro de Transportes y Comunicaciones, a partir del 29 de MORDAZA de 2002 y en tanto dure la ausencia del titular. Articulo 2º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA SOLARI DE LA FUENTE Presidente del Consejo de Ministros 13341

PODER EJECUTIVO PCM
Autorizan al Primer Vicepresidente de la Republica a ausentarse del MORDAZA
RESOLUCION SUPREMA Nº 317-2002-PCM MORDAZA, 24 de MORDAZA de 2002

Designan a Asesor del Gabinete de Asesores de la Presidencia del Consejo de Ministros
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 271-2002-PCM MORDAZA, 22 de MORDAZA de 2002

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