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Pág. 227014 NORMAS LEGALES Lima, jueves 25 de julio de 2002 y al desarrollo social del país, propiciando las con- diciones más favorables para el desarrollo de la ini- ciativa privada y la generación de empleo; b)Contribuir al proceso de fortalecimiento de la iden- tidad, el respeto a la diversidad cultural, y al proce- so de integración nacional y regional, fomentando la conciencia turística; c)Promover el uso racional y sostenible con fines tu- rísticos del Patrimonio Cultural y Natural de la Na- ción, procurando la conservación de las formas de vida, costumbres e identidad cultural de las comu- nidades involucradas en el desarrollo de la activi- dad turística y la mejora de su calidad de vida; d)Contribuir al proceso de descentralización nacio- nal, promoviendo la actividad turística a través de los gobiernos regionales y locales, la comunidad organizada y el sector privado; e)Promover el desarrollo de la actividad artesanal, a través del incremento de la productividad y compe- titividad de sus agentes, fortaleciendo su identidad y su acceso al mercado nacional y de exportación; f)Preservar a través de la producción artesanal los valores culturales, históricos y la identidad nacional. TÍTULO II FUNCIONES Y ESTRUCTURA ORGÁNICA BÁSICA CAPÍTULO I FUNCIONES Artículo 5º .- Funciones Son funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo: 1.Formular, dirigir, coordinar, ejecutar y supervisar la política de comercio exterior, con excepción de la regulación arancelaria, así como la política de turismo, en concordancia con la política general del Estado y en coordinación con los sectores e instituciones vinculados a su ámbito . En el caso del turismo se deberá tomar en cuenta su carácter multisectorial e interdependiente, así como los componentes sociales y culturales de las activida- des de su competencia; 2.Dirigir, coordinar, elaborar y ejecutar los planes y programas nacionales sectoriales de desarrollo en materia de comercio exterior, integración, promo- ción de exportaciones , turismo y artesanía; 3.Establecer el marco normativo para el desarrollo de las actividades de comercio exterior coordinan- do con los sectores e instituciones que correspon- da, así como para el desarrollo de las actividades turística y artesanal a nivel nacional, supervisan- do el cumplimiento de la normatividad emitida, estableciendo las sanciones e imponiéndolas, de ser el caso, en el ámbito de su competencia; 4.Representar al país en los foros y organismos in- ternacionales de comercio, turismo, cooperación económica y esquemas de integración, debida- mente coordinadas con el Ministerio de Economía y Finanzas. Actuar como Órgano de enlace entre el Gobierno Peruano y los organismos internacio- nales de integración y de comercio internacional, en el ámbito de su competencia; 5.Negociar, suscribir y poner en ejecución los acuer- dos o convenios internacionales en materia de comercio exterior, integración, cooperación eco- nómica y social, y otros en el ámbito de su compe- tencia. Asimismo, es responsable de velar por el cumplimiento de dichos acuerdos tanto en el ám- bito nacional como en el internacional; y difundir los acuerdos comerciales suscritos, así como las negociaciones en proceso; 6.Establecer mecanismos o sistemas de coordina- ción intersectorial con las entidades involucradas en las actividades de su competencia; y orientar el funcionamiento de los Organismos Públicos Descentralizados correspondientes al Sector y Comisiones Sectoriales; 7.Orientar y promover el desarrollo de las exporta- ciones, del turismo y la artesanía en términos de eficiencia y competitividad, en coordinación con las oficinas comerciales del Perú en el exterior cuando corresponda;8.Apoyar al sector privado en la generación e identi- ficación de nuevos productos de exportación y en el desarrollo de nuevos mercados, así como de- fender los intereses comerciales de los exporta- dores peruanos en el exterior ante los foros y or- ganismos internacionales de comercio; 9.Proponer la política de Zonas Francas, de Tratamiento Especial Comercial y de Zonas Especiales de De- sarrollo. En lo que respecta a la actividad productiva que se realiza dentro de dichas zonas, ésta se regu- lará por la normativa sectorial correspondiente; 10.Emitir opinión técnica vinculante e intervenir en la formulación de políticas, acciones y propuestas normativas que tengan incidencia determinante respecto a materias o actividades del ámbito de su competencia; 11.Proponer y establecer acciones de coordinación con los órganos competentes tendientes a la pro- tección y conservación del medio ambiente, patri- monio cultural y recursos naturales vinculados con el desarrollo de las actividades turística y artesa- nal, supervisando su cumplimiento en coordina- ción con dichos órganos; 12.Proponer la declaración de Zonas de Desarrollo Turístico Prioritario, y de Reservas Turísticas; 13.Promover el incremento del turismo interno y re- ceptivo y orientar la estrategia de promoción de las inversiones en actividades turísticas y afines; 14.Promover e incentivar la capacitación técnica y pro- fesional en el ámbito del turismo; 15.Promover la capacitación, acceso a sistemas de información, asistencia técnica y asesoría del sec- tor artesanal; 16.Promover la constitución de Centros de Innova- ción Tecnológica - CITE artesanales y de activida- des conexas; 17.Gestionar y canalizar la cooperación técnica inter- nacional destinada al desarrollo del comercio ex- terior, turismo y artesanía; 18.Promover la imagen del Perú con el fin de incre- mentar el desarrollo del comercio exterior y el tu- rismo incluyendo la artesanía; 19.Las demás funciones contempladas en la Ley Nº 26961, Ley para el Desarrollo de la Actividad Tu- rística, así como las que le sean asignadas. CAPÍTULO II ESTRUCTURA ORGÁNICA BÁSICA Artículo 6º.- Estructura Orgánica Básica 6.1 El Ministerio cuenta con la siguiente estructura or- gánica básica: a)Alta Dirección: -Despacho Ministerial -Despacho Viceministerial de Comercio Exterior -Despacho Viceministerial de Turismo -Secretaría General b)Órgano de Control -Oficina General de Auditoría Interna c)Organismos Públicos Descentralizados -Centro de Formación en Turismo - CENFOTUR -Autoridad Autónoma de Playa Hermosa - Tum- bes -Comisión para la Promoción de Exportaciones - PROMPEX -Comisión Nacional de Zonas Francas, Zonas de Tratamiento Especial Comercial y Zonas Espe- ciales de Desarrollo -CONAFRAN -Comité de Administración de la Zona Franca y Zona Comercial de Tacna - ZOFRATACNA d)Proyectos y Comisiones -Proyecto Especial Plan COPESCO -Comisión de Promoción del Perú - PROMPERU Artículo 7º .- Desarrollo de la estructura orgánica Por decreto supremo con el voto aprobatorio del Con- sejo de Ministros se establece y desarrolla la estructura y las funciones correspondientes a los órganos del despa-