Norma Legal Oficial del día 25 de julio del año 2002 (25/07/2002)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 25 de MORDAZA de 2002

Segunda.- Crease el Pliego Presupuestario del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social. Las modificaciones presupuestales necesarias para el funcionamiento de los organismos del sector a que se contrae la presente ley, sin incremento de los recursos presupuestales asignados, seran tramitadas conforme a lo previsto por el Articulo 80º de la Constitucion. Tercera.- El Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social se aprobara por Decreto Supremo con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros dentro de un plazo de 30 (treinta) dias naturales contados a partir de la vigencia de la presente Ley y contemplara, entre otras disposiciones, la transferencia de personal, acervo documentario, recursos y otros que se deriven de lo dispuesto en la presente Ley. Cuarta.- Facultase al Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social para reformular sus MORDAZA de Asignacion de Personal - CAP incluyendo la modificacion de plazas, asi como , para modificar sus respectivos Presupuestos Analiticos. Quinta.- Toda mencion efectuada al Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano debera entenderse referida al Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social. Sexta.- El Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social esta facultado para exigir coactivamente el pago de una acreencia o la ejecucion de una obligacion de hacer o no hacer, conforme a la Ley de Procedimiento de Ejecucion Coactiva, Ley Nº 26979. Setima.- Deroganse las normas que se opongan a la presente Ley, la misma que entra en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Comuniquese al senor Presidente de la Republica para su promulgacion. En MORDAZA, a los veintitres dias del mes de MORDAZA de dos mil dos. MORDAZA FERRERO Presidente del Congreso de la Republica MORDAZA PEASE MORDAZA Primer Vicepresidente del Congreso de la Republica AL SENOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA POR TANTO: Mando se publique y cumpla.

"Articulo 1º.- Declarase Heroe Nacional, MORDAZA y Maestro de la Medicina Peruana a don MORDAZA MORDAZA Carrion." Comuniquese al senor Presidente de la Republica para su promulgacion. En MORDAZA, a los veintitres dias del mes de MORDAZA de dos mil dos. MORDAZA FERRERO Presidente del Congreso de la Republica MORDAZA PEASE MORDAZA Primer Vicepresidente del Congreso de la Republica AL SENOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veinticuatro dias del mes de MORDAZA del ano dos mil dos. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA SOLARI DE LA FUENTE Presidente del Consejo de Ministros 13338

LEY Nº 27795
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO: La Comision Permanente del Congreso de la Republica ha dado la Ley siguiente: LA COMISION PERMANENTE DEL CONGRESO DE LA REPUBLICA; Ha dado la Ley siguiente:

Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veinticuatro dias del mes de MORDAZA del ano dos mil dos. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA SOLARI DE LA FUENTE Presidente del Consejo de Ministros 13337

LEY DE DEMARCACION Y ORGANIZACION TERRITORIAL
Articulo 1º.- Objeto de la Ley La presente ley tiene por finalidad establecer las definiciones basicas, criterios tecnicos y los procedimientos para el tratamiento de demarcacion territorial que es competencia exclusiva del Poder Ejecutivo de conformidad con el numeral 7) del Articulo 102º de la Constitucion Politica del Peru, asi como lograr el saneamiento de limites y la organizacion racional del territorio de la Republica. Articulo 2º.- Definiciones basicas 2.1 Demarcacion Territorial.- Es el MORDAZA tecnicogeografico mediante el cual se organiza el territorio a partir de la definicion y delimitacion de las circunscripciones politico-administrativas a nivel nacional. Es aprobada por el Congreso a propuesta del Poder Ejecutivo. 2.2 Organizacion del territorio.- Es el conjunto de lineamientos tecnicos y normativos orientados a la adecuacion de las circunscripciones territoriales a la dinamica de los procesos politicos, economicos, sociales y fisico-ambientales. 2.3 Circunscripciones politico-administrativas.Son las regiones, departamentos, provincias y distritos, que de acuerdo a su nivel determinan el ambito territorial de gobierno y administracion. Cada circunscripcion politica cuenta con una poblacion caracterizada por su identidad historicocultural, y un ambito geografico, soporte de sus relaciones sociales, economicas y administrativas.

LEY Nº 27794
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO: La Comision Permanente del Congreso de la Republica ha dado la Ley siguiente: LA COMISION PERMANENTE DEL CONGRESO DE LA REPUBLICA; Ha dado la Ley siguiente:

LEY QUE DECLARA HEROE NACIONAL, MORDAZA Y MAESTRO DE LA MEDICINA PERUANA A DON MORDAZA MORDAZA MORDAZA
Articulo 1º.- Objeto de la ley Modificase el Articulo 1º de la Ley Nº 25342, el mismo que quedara redactado de la siguiente manera:

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