Norma Legal Oficial del día 25 de julio del año 2002 (25/07/2002)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 19

MORDAZA, jueves 25 de MORDAZA de 2002

NORMAS LEGALES

Pag. 227025

servicios de impresion y publicidad del Encarte Suplemento del Acuerdo Nacional, a pedido de la Secretaria de Comunicaciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, por servicios personalisimos; CONSIDERANDO: Que, el pasado 22 de MORDAZA se MORDAZA el texto final del Acuerdo Nacional, de trascendental importancia para el MORDAZA, donde las organizaciones politicas, sociales y religiosas concertaron Politicas de Estado sobre temas de interes nacional que permitan construir una democracia basada en el dialogo y la justicia, que sirva para el MORDAZA de consolidacion de la afirmacion de la identidad nacional y una vision compartida del MORDAZA a futuro; Que, en tal sentido, es necesario dar a conocer la trascendencia del Acuerdo Nacional, con la finalidad de que llegue a todos los estamentos de la sociedad peruana, por ser un tema de interes nacional; Que, habiendose distribuido el dia MORDAZA 21 de MORDAZA, un Encarte Suplemento sobre el Acuerdo Nacional en los diferentes medios de comunicacion escrita (El Comercio, La Republica, Correo y El Peruano), es necesario tambien difundir entre los estamentos empresariales, profesionales, lideres de opinion y la ciudadania comprometida e interesada en el analisis de temas politicos y de realidad nacional, los aspectos mas importantes sobre el Acuerdo Nacional y su trascendencia en el ambito politico y de desarrollo socio-economico de nuestro MORDAZA, a traves de una revista especializada en temas politicos; Que, segun lo opinado por la Secretaria de Comunicaciones, se requiere que dicha difusion se efectue mediante la revista CARETAS, por ser una publicacion semanal, cuyo ambito de cobertura es a nivel nacional, siendo la unica revista especializada en temas politicos y de analisis de la realidad nacional, con mas de 45 anos en el ambito periodistico nacional, tiempo en el cual se ha especializado en la cobertura de informacion politica, realidad nacional y temas de interes ciudadano y de actualidad. Al respecto, segun la Compania Peruana de Investigacion de Mercados - CPI, tiene un nivel de lectoria de mas de 200,000 personas a nivel de MORDAZA Metropolitana y dentro de su especialidad es la primera a nivel nacional, su publico esta compuesto por los diferentes niveles socioeconomicos, con marcada incidencia en los estratos A y B, lo que garantizara que el Encarte-Suplemento sobre el Acuerdo Nacional llegue a los demas protagonistas de este Acuerdo, como lo son el sector empresarial y los profesionales independientes, garantizando con ello que no solo se obtenga la mayor difusion, sino que tenga el efecto deseado en el publico al cual esta dirigido; Que, el Articulo 1º del Decreto Supremo Nº 071-2001PCM adiciono al primer parrafo del Articulo 111º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo Nº 013-2001PVCM, la precision respecto a que se encuentran expresamente incluidos en la clasificacion de servicios personalisimos los servicios de publicidad que prestan al Estado los medios de comunicacion televisiva, radial, escrita o cualquier otro medio de comunicacion, en atencion a las caracteristicas particulares que los distingue; Que, segun el Informe Legal Nº 083-2001-(GTN) del Consejo Supremo de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, de la definicion dada por el Reglamento, se desprende que para la determinacion de este MORDAZA de servicio resulta importante las cualidades especiales del locador, a cuyas caracteristicas se le puede anadir las que la doctrina atribuye al denominado "contrato intuitu personae", es decir, la profesionalidad, solvencia o responsabilidad economica, entre otros, independientemente que exista otro locador que pueda prestar en esencia el mismo servicio, estableciendose, de esta manera, que la diferencia entre ambos locadores es la forma de brindar el servicio, ya que uno no puede prestarlo de la misma manera que el otro; Que, segun el estudio que acompana el documento de la referencia, el costo de la impresion y publicidad del Encarte Suplemento sobre el Acuerdo Nacional, a ser distribuido con la edicion nacional de la revista CARETAS el proximo 25 de MORDAZA, asciende a la suma estimada de Nueve Mil Quinientos y 00/100 Dolares Americanos (US$ 9,500.00), motivo por el cual, teniendo en consideracion las caracteristicas propias de la contratacion, se produce una situacion enmarcada en los terminos del inciso h) del Articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850, Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, apro-

bado por el Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, comprendiendo entre los procesos exonerados los Concursos Publicos, Licitacion Publica y Adjudicacion Directa, a las adquisiciones y contrataciones efectuadas bajo la modalidad de Servicios Personalisimos; Que, en consecuencia, segun los sustentos expuestos por la Secretaria de Comunicaciones, quedan senaladas adecuadamente las razones por las que resulta necesario e indispensable efectuar dicha contratacion, indicandose ademas, las razones de orden tecnico-economico que justifican hacer uso de la exoneracion dispuesta en el inciso h) del Articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, sobre la base de un analisis de costos y de oportunidad, en merito a lo cual es procedente autorizar la contratacion de la empresa EDITORA CARETAS S.A. para la impresion y publicidad de un Encarte Suplemento sobre el Acuerdo Nacional, mediante el MORDAZA de seleccion de Adjudicacion de Menor Cuantia, de acuerdo a lo previsto en el Articulo 20º de la misma MORDAZA, y segun el procedimiento normado por los Articulos 105º y 116º de su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 0132001-PCM; Que, los Articulos 105º y 116º del Reglamento, asi como la Directiva Nº 011-2001-CONSUCODE/PRE, establecen los procedimientos y formalidades a que deben someterse las contrataciones y adquisiciones exoneradas de los procesos de seleccion, precisandose que, una vez aprobada la exoneracion, la contratacion debera realizarse mediante acciones inmediatas, sobre la base de la obtencion de una cotizacion que cumpla los requisitos establecidos en las Bases y/o Terminos de Referencia; De conformidad con el Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850, aprobado por el Decreto Supremo Nº 012-2001PCM y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, contando con los Informes TecnicoLegal que dispone la Ley, y en uso de sus facultades; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Exonerar a la Presidencia del Consejo de Ministros del MORDAZA de Adjudicacion Directa Selectiva para la contratacion de la empresa EDITORA CARETAS S.A. para la impresion y publicidad de un Encarte Suplemento sobre el Acuerdo Nacional, a que se refiere la parte considerativa de la presente Resolucion, mediante la modalidad de servicios personalisimos, con cargo a la Fuente de Financiamiento "Recursos Ordinarios" de la Unidad Ejecutora 003 - Secretaria General - PCM. Articulo 2º.- Autorizar a la Oficina de Asuntos Administrativos de la Oficina General de Administracion la contratacion de la empresa EDITORA CARETAS S.A., para la realizacion de los servicios a que se refiere el articulo precedente, mediante el MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia, hasta por la suma de Nueve Mil Quinientos y 00/ 100 Dolares Americanos (US$ 9,500.00), en sujecion a la normatividad vigente. Articulo 3º.- Disponer que MORDAZA de la presente Resolucion, asi como de los informes en que esta se sustenta, MORDAZA remitidas a la Contraloria General de la Republica, dentro de los diez (10) dias calendario siguientes a su aprobacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA SOLARI DE LA FUENTE Presidente del Consejo de Ministros 13324

AGRICULTURA
Reconocen a los departamentos de Amazonas, MORDAZA, San MORDAZA, Ucayali, MORDAZA de MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, Tacna y MORDAZA como zonas libres de fiebre aftosa sin vacunacion
RESOLUCION JEFATURAL Nº 147-2002-AG-SENASA MORDAZA, 16 de MORDAZA de 2002

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.