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Pág. 227186 NORMAS LEGALES Lima, viernes 26 de julio de 2002 Declaran nulidad de adjudicación de menor cuantía para contratación del servicio de mantenimiento preventivo y correctivo de máquinas contadoras de monedas RESOLUCIÓN DE GERENCIA GENERAL Nº GG-042-2002 CONSIDERANDO QUE: El Banco Central llevó a cabo el proceso de Adjudica- ción de Menor Cuantía Nº 007-2002-BCRP-CNM, para la contratación del servicio de mantenimiento preventivo y correctivo de máquinas contadoras de monedas, resul- tando favorecida con la buena pro la empresa Cechriza S.A.C. De acuerdo con lo señalado por la Sección Compras de la Subgerencia Casa Nacional de Moneda, mediante Memorándum Nº J321-MA-2002-049 del 27 de junio del 2002, por un error de origen se realizó un proceso de Adjudicación de Menor Cuantía, cuando lo que corres- pondía era uno de Adjudicación Directa Selectiva, toda vez que el monto referencial del servicio antes indicado ascendía a S/. 20 000,00. Conforme se aprecia de lo expuesto precedentemen- te, se ha configurado la segunda causal del Artículo 57º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, por lo que de acuerdo con lo estipulado en el Artículo 26º de su Reglamento, el titular del pliego debe declarar de oficio la nulidad del proceso, toda vez que éste se encuentra en la etapa previa a la celebración del contrato, debiéndose publicar en el Dia- rio Oficial El Peruano dentro de los cinco (5) días siguien- tes a su expedición la presente resolución. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar de oficio la nulidad de la Adju- dicación de Menor Cuantía Nº 007-2002-BCRP-CNM, para la contratación del servicio de mantenimiento pre- ventivo y correctivo de máquinas contadoras de mone- das, disponiéndose realizar un proceso de Adjudicación Directa Selectiva. Artículo 2º.- Publicar esta resolución en el Diario Ofi- cial El Peruano dentro del plazo de ley. Lima, 23 de julio del 2002 HENRY BARCLAY Gerente General 13255 DEFENSORÍA DEL PUEBLO Encargan el Despacho del Defensor del Pueblo a Adjunta al Defensor del Pue- blo para los Derechos de la Mujer RESOLUCIÓN DEFENSORIAL Nº 022-2002/DP Lima, 23 de julio de 2002 Vistos; el Memorando Nº 348-2002-DP/OAF y el Memorando DP/GA-143-2002; procedentes de la Oficina de Administración y Finanzas y de la jefatura del Gabine- te de Apoyo del Defensor del Pueblo, respectivamente, por los que se solicita encargar el Despacho Defensorial del 26 de julio al 1 de agosto del presente año; y, CONSIDERANDO: Que, el Defensor del Pueblo en Funciones viajará a la ciudad de Santo Domingo, República Dominicana, del 26 de julio al 1 de agosto del presente año, invitado por el Consejero de Comunicación e Información de la Organi- zación de las Naciones Unidas para la Educación, la Cien- cia y la Cultura (UNESCO), a fin de participar como ex- positor en el evento denominado "Jornadas sobre mar-cos legales que garantizan y promueven el libre acceso de los ciudadanos y de los medios de comunicación a las fuentes de información pública: Análisis de casos en América Latina"; el citado período incluye el itinerario de viaje; Que, según los documentos de Vistos, los organizado- res del citado evento asumirán los gastos de estadía e impuestos que irrogue la participación del Defensor del Pueblo en Funciones; Que, los costos del transporte aéreo internacional serán asumidos por el Proyecto: "Fortalecimiento Institu- cional de la Defensoría del Pueblo para la Promoción y Defensa de Derechos Ciudadanos", financiado por el Reino de Bélgica; Que, en ausencia del Defensor del Pueblo en Funcio- nes y de la Primera Adjunta al Defensor del Pueblo (e), quien está comisionada por el servicio en el exterior, es conveniente encargar la atención del Despacho Defenso- rial a la Adjunta al Defensor del Pueblo para los Dere- chos de la Mujer, del 26 de julio al 1 de agosto del pre- sente año y en tanto dure la ausencia del Defensor del Pueblo en Funciones, con la finalidad de asegurar la con- tinuidad de la gestión institucional y de conformidad con el Artículo 8º de la Ley Nº 26520; En uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 26520, Ley Orgánica de la Defensoría del Pueblo y por la Resolución Defensorial Nº 66-2000/DP; en concordancia con la Ley Nº 27619 y el Decreto Supremo Nº 047-2002- PCM y de conformidad con los Artículos 6º y 7º del Re- glamento de Organización y Funciones, aprobado por la Resolución Defensorial Nº 012-2001/DP; SE RESUELVE: Artículo Primero.- ENCARGAR la atención del Des- pacho del Defensor del Pueblo a la doctora María del Rocío VILLANUEVA FLORES, Adjunta al Defensor del Pueblo para los Derechos de la Mujer, del 26 de julio al 1 de agosto del presente año y en tanto dure la ausencia del Defensor del Pueblo en Funciones. Artículo Segundo.- El viaje autorizado precedente- mente no irrogará gasto al Presupuesto Institucional. Regístrese, comuníquese y publíquese. WALTER ALBÁN PERALTA Defensor del Pueblo en Funciones 13249 J N E Encargan alcaldía y llaman provisional- mente a candidata no proclamada para que ejerza cargo de regidora del Con- cejo Distrital de Padre Márquez RESOLUCIÓN Nº 261-2002-JNE Lima, 23 de julio de 2002 Exp. Nº 205-2002-Vac. VISTOS, los escritos remitidos por la ciudadana Se- mira Escobar de Pérez, solicitando se declare la vacan- cia del cargo de Alcalde del Concejo Distrital de Padre Márquez, provincia de Ucayali, departamento de Lo- reto, correspondiente a Alfredo Panduro Gonzáles, y de los Regidores Orlando Camacho Hidalgo, Petrona Sal- daña de Becerra, Ernesto Donayre Aguirre, Enderson Donayre Aguirre y Gilberto Ruiz Pezo, por abandono del Municipio; los escritos del referido Alcalde solicitando se declare improcedente el pedido de vacancia formulado. Y la solicitud del Regidor Orlando pidiendo se declara la suspensión del citado Alcalde; CONSIDERANDO: 1º.- Que, conforme lo establece el Artículo 4º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, establece que las Municipalidades Distritales funcionan en las ca- pitales de distrito, disposición legal que por falta de ga-