Norma Legal Oficial del día 28 de julio del año 2002 (28/07/2002)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 28 de MORDAZA de 2002

Que, en Sesion Extraordinaria de Concejo realizada el dia de hoy, luego de los informes dados y de las conclusiones al respecto, el pleno del Concejo considera procedente Declarar en Urgencia a fin de que el programa del Vaso de Leche no quede desabastecida de insumos para la atencion de los beneficiarios; Que, la Ley Nº 24059 establece que las Municipalidades Provinciales deben adoptar las acciones y medidas pertinentes a fin de ejecutar el programa, en consecuencia la actividad en mencion es una FUNCION IMPOSTERGABLE DE LAS MUNICIPALIDADES; Estando a lo expuesto a las facultades que le confiere la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853 y la Ley Nº 24059 y la Ley Nº 26850 de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento, y con la dispensa del tramite de aprobacion del acta; SE ACORDO: Articulo Primero.- DECLARAR EN SITUACION DE URGENCIA, la adquisicion de insumos para el Programa del Vaso de Leche de la Municipalidad Provincial de Canete, por 60 dias calendario, plazo en la cual se estima se resuelva la impugnacion interpuesta contra el otorgamiento de la Buena Pro, por ante Consucode. Articulo Segundo.- Encargar a la Direccion de Administracion para que a traves de la Unidad de Abastecimiento se adquiera los productos necesarios mientras dure la situacion de urgencia, debiendo velar para que el producto que se adquiera cumpla con las especificaciones nutricionales para estos casos. Articulo Tercero.- Encargar a la Secretaria General, cumpla con poner en conocimiento el presente acuerdo a la Contraloria General de la Republica dentro de las normas establecidas, y de efectuar la publicacion correspondiente. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA WONG BARRANCA MORDAZA 13578

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUACAYBAMBA
Sancionan con destitucion a ex MORDAZA de la Municipalidad
RESOLUCION DE CONCEJO Nº 004-2002-CMPH/HCO Huacaybamba, 24 de MORDAZA del 2002 VISTO: En Sesion Ordinaria de Concejo Nº 016-2002, el Informe Final Nº 001-2002-CEAHPADF/MPH, emitido por la Comision Especial AD HOC de Procesos Administrativos Disciplinarias al ex MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA de la Municipalidad Provincial de Huacaybamba; CONSIDERANDO: Que, el Art. 170º del Decreto Supremo Nº 005-90PCM, establece que la Comision Especial AD HOC efectuara las investigaciones del caso solicitando los informes respectivos y examinara las pruebas que se presente para elevar a la Entidad recomendando las sanciones que MORDAZA aplicables, es prerrogativa del titular de la Entidad determinar el MORDAZA de sancion a aplicar; asi mismo el MORDAZA Administrativo Disciplinario debera iniciarse en un plazo de un Ano contado a partir del momento que la Autoridad competente tenga conocimiento de la Comision de la Falta Disciplinaria, bajo responsabilidad de la citada Autoridad, lo que indica el Art. 173º de la MORDAZA citada; Que , el Inc. a) del Art. 21º del Decreto Legislativo Nº 276º establece que es obligacion del servidor y/o

funcionario cumplir personal y diligentemente los deberes que impone el servicio publico, del mismo modo el Inc. b) del articulo citado estipula que su obligacion del funcionario publico salvaguardar los intereses del Estado y emplear austeramente los recursos publicos. Del mismo modo el Inc. a) del Art. 28º del Decreto Legislativo Nº 276 establece que son faltas de caracter administrativo que segun su gravedad pueden ser sancionados con Cese Temporal o Destitucion previo MORDAZA Administrativo el incumplimiento de las Normas establecidas en la presente Ley y su reglamento indicado asi mismo en el Inc. f) del citado articulo estipula que la utilizacion o disposicion de los bienes de la Entidad en beneficio propio o de terceros asi como el Abuso de Autoridad, la prevaricacion del uso de la funcion con fines de lucro son faltas administrativas graves; todo esto concordante con el Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; Que, del analisis legal exhaustivo de los medios probatorios y de autos se establecen que el Procesado ex MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, aprovechando su cargo de MORDAZA de Huacaybamba ha actuado de forma ilegal y negligente; pues ha utilizado un prestamo destinado a la Ejecucion de la Obra: "Centro Civico de Huacaybamba Primera Etapa Primer Nivel" en otros gastos corrientes, violando el Art. 60º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853 y su modificatoria; no ha contado con los documentos de Obra exigidos por la Resolucion de Contraloria Nº 195-88-CGR, ademas ha infringido Normas de Tesoreria y Contabilidad, al no contar con la documentacion Tecnico Contable de Obra y utilizar los fondos de la Obra en pagar otros rubros como el pago del personal del Instituto Peruano del Deporte IPD y apoyo a diferentes Comunidades hasta por un monto de S/. 8,767.20 Nuevos Soles; Asi mismo de acuerdo al peritaje e informe Tecnico Economico que efectuo el ingeniero colegiado MORDAZA LA MORDAZA a solicitud de la Comision Especial de Regidores para la investigacion del caso se ha determinado que existe una sobrevaluacion y un sobrecosto en la Ejecucion de la Obra por un monto ascendente de S/. 198,260.12 Nuevos Soles; Que, por estos fundamentos de hecho y derecho y de acuerdo a la examinacion de las pruebas producidas la conducta del procesado resulta reprobable y esta tipificada como falta Disciplinaria grave de acuerdo al Art. 150º y siguientes del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, faltas graves que de acuerdo a su gravedad se ha evaluado las condiciones que estipula la Ley calificando su gravedad segun corresponda, asi mismo se ha tenido en cuenta que para la aplicacion de la sancion se ha considerado el nivel de MORDAZA del procesado y la situacion jerarquica de la misma; Con las atribuciones conferidas en la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, Decreto Legislativo Nº 276, Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, y con las visaciones correspondientes; SE RESUELVE: Articulo Primero.- SANCIONAR CON DESTITUCION AL EX MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por graves faltas administrativas cometidas durante la Ejecucion de la Obra: "Centro Civico de Huacaybamba Primera Etapa Primer Nivel", de conformidad a la parte considerativa de la presente y de acuerdo al Inc. d) del Art. 26º del Decreto Legislativo Nº 276 concordante con el Inc. d) del Art. 155º del Decreto Supremo Nº 005-90PCM. Articulo Segundo.- NOTIFICAR en forma personal o PUBLICAR la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano, encargandose a la Oficina de Administracion de la Municipalidad para los fines de Ley. Articulo Tercero.- TRANSCRIBIR, la presente Resolucion a los Organos Estructurados de la Municipalidad Provincial de Huacaybamba e interesado para los fines consiguientes. Registrese y comuniquese. LEVIS E. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Provincial Huacaybamba 13636

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