TEXTO PAGINA: 80
Pág. 227338 NORMAS LEGALES Lima, domingo 28 de julio de 2002 Que, en Sesión Extraordinaria de Concejo realizada el día de hoy, luego de los informes dados y de las con- clusiones al respecto, el pleno del Concejo considera pro- cedente Declarar en Urgencia a fin de que el programa del Vaso de Leche no quede desabastecida de insumos para la atención de los beneficiarios; Que, la Ley Nº 24059 establece que las Municipalida- des Provinciales deben adoptar las acciones y medidas pertinentes a fin de ejecutar el programa, en consecuen- cia la actividad en mención es una FUNCIÓN IMPOS- TERGABLE DE LAS MUNICIPALIDADES; Estando a lo expuesto a las facultades que le confiere la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853 y la Ley Nº 24059 y la Ley Nº 26850 de Contrataciones y Adquisi- ciones del Estado y su Reglamento, y con la dispensa del trámite de aprobación del acta; SE ACORDÓ: Artículo Primero.- DECLARAR EN SITUACIÓN DE URGENCIA, la adquisición de insumos para el Programa del Vaso de Leche de la Municipalidad Provincial de Ca- ñete, por 60 días calendario, plazo en la cual se estima se resuelva la impugnación interpuesta contra el otorga- miento de la Buena Pro, por ante Consucode. Artículo Segundo.- Encargar a la Dirección de Ad- ministración para que a través de la Unidad de Abasteci- miento se adquiera los productos necesarios mientras dure la situación de urgencia, debiendo velar para que el producto que se adquiera cumpla con las especificacio- nes nutricionales para estos casos. Artículo Tercero.- Encargar a la Secretaría General, cumpla con poner en conocimiento el presente acuerdo a la Contraloría General de la República dentro de las normas establecidas, y de efectuar la publicación corres- pondiente. Regístrese, comuníquese y cúmplase. JAIME WONG BARRANCA Alcalde 13578 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUACAYBAMBA Sancionan con destitución a ex alcalde de la Municipalidad RESOLUCIÓN DE CONCEJO Nº 004-2002-CMPH/HCO Huacaybamba, 24 de julio del 2002 VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo Nº 016-2002, el In- forme Final Nº 001-2002-CEAHPADF/MPH, emitido por la Comisión Especial AD HOC de Procesos Adminis- trativos Disciplinarias al ex ALCALDE GUSTAVO ADOL- FO REYES BARDALES de la Municipalidad Provincial de Huacaybamba; CONSIDERANDO: Que, el Art. 170º del Decreto Supremo Nº 005-90- PCM, establece que la Comisión Especial AD HOC efec- tuará las investigaciones del caso solicitando los infor- mes respectivos y examinará las pruebas que se presen- te para elevar a la Entidad recomendando las sanciones que sean aplicables, es prerrogativa del titular de la Enti- dad determinar el tipo de sanción a aplicar; así mismo el Proceso Administrativo Disciplinario deberá iniciarse en un plazo de un Año contado a partir del momento que la Autoridad competente tenga conocimiento de la Comi- sión de la Falta Disciplinaria, bajo responsabilidad de la citada Autoridad, lo que indica el Art. 173º de la Norma citada; Que , el Inc. a) del Art. 21º del Decreto Legislativo Nº 276º establece que es obligación del servidor y/ofuncionario cumplir personal y diligentemente los debe- res que impone el servicio público, del mismo modo el Inc. b) del artículo citado estipula que su obligación del funcionario público salvaguardar los intereses del Esta- do y emplear austeramente los recursos públicos. Del mismo modo el Inc. a) del Art. 28º del Decreto Legislati- vo Nº 276 establece que son faltas de carácter administrativo que según su gravedad pueden ser san- cionados con Cese Temporal o Destitución previo Proce- so Administrativo el incumplimiento de las Normas esta- blecidas en la presente Ley y su reglamento indicado así mismo en el Inc. f) del citado artículo estipula que la uti- lización o disposición de los bienes de la Entidad en be- neficio propio o de terceros así como el Abuso de Autori- dad, la prevaricación del uso de la función con fines de lucro son faltas administrativas graves; todo esto concordante con el Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; Que, del análisis legal exhaustivo de los medios pro- batorios y de autos se establecen que el Procesado ex Alcalde GUSTAVO ADOLFO REYES BARDALES, apro- vechando su cargo de Alcalde de Huacaybamba ha ac- tuado de forma ilegal y negligente; pues ha utilizado un préstamo destinado a la Ejecución de la Obra: "Centro Cívico de Huacaybamba Primera Etapa Primer Nivel" en otros gastos corrientes, violando el Art. 60º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853 y su modificato- ria; no ha contado con los documentos de Obra exigidos por la Resolución de Contraloría Nº 195-88-CGR, ade- más ha infringido Normas de Tesorería y Contabilidad, al no contar con la documentación Técnico Contable de Obra y utilizar los fondos de la Obra en pagar otros rubros como el pago del personal del Instituto Peruano del Deporte - IPD y apoyo a diferentes Comunidades hasta por un monto de S/. 8,767.20 Nuevos Soles; Así mismo de acuerdo al peritaje e informe Técnico Económico que efectuó el ingeniero colegiado CARLOS LA ROSA a solicitud de la Comisión Especial de Regido- res para la investigación del caso se ha determinado que existe una sobrevaluación y un sobrecosto en la Ejecu- ción de la Obra por un monto ascendente de S/. 198,260.12 Nuevos Soles; Que, por estos fundamentos de hecho y derecho y de acuerdo a la examinación de las pruebas producidas la conducta del procesado resulta reprobable y está tipifica- da como falta Disciplinaria grave de acuerdo al Art. 150º y siguientes del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, faltas graves que de acuerdo a su gravedad se ha evaluado las condiciones que estipula la Ley calificando su gravedad según corresponda, así mismo se ha tenido en cuenta que para la aplicación de la sanción se ha considerado el nivel de carrera del procesado y la situación jerárquica de la misma; Con las atribuciones conferidas en la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, Decreto Legislativo Nº 276, Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, y con las visaciones correspondientes; SE RESUELVE: Artículo Primero.- SANCIONAR CON DESTITUCIÓN AL EX ALCALDE GUSTAVO ADOLFO REYES BARDA- LES, por graves faltas administrativas cometidas durante la Ejecución de la Obra: "Centro Cívico de Huacaybam- ba Primera Etapa Primer Nivel", de conformidad a la par- te considerativa de la presente y de acuerdo al Inc. d) del Art. 26º del Decreto Legislativo Nº 276 concordante con el Inc. d) del Art. 155º del Decreto Supremo Nº 005-90- PCM. Artículo Segundo.- NOTIFICAR en forma personal o PUBLICAR la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, encargándose a la Oficina de Administración de la Municipalidad para los fines de Ley. Artículo Tercero.- TRANSCRIBIR, la presente Reso- lución a los Órganos Estructurados de la Municipalidad Provincial de Huacaybamba e interesado para los fines consiguientes. Regístrese y comuníquese. LEVIS E. VALVERDE ESPINOZA Alcalde Provincial Huacaybamba 13636