Norma Legal Oficial del día 28 de julio del año 2002 (28/07/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 71

MORDAZA, MORDAZA 28 de MORDAZA de 2002 Donde:

NORMAS LEGALES

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1.5 ACTUALIZACION DE LAS COMPENSACIONES MENSUALES Las compensaciones mensuales consignadas en el Articulo 2º seran actualizadas utilizando la siguiente formula de actualizacion: Se define: CM1 FACM
b 0,5044 0,5044 0,5044 0,5044 0,4300 0,4345 0,6987

CBPSE0 = Cargo CBPSE, publicado en el Articulo 1º de la presente resolucion y expresado en ctm. S/./kW.h. CBPSE1 = Cargo CBPSE, actualizado y expresado en ctm. S/./kW.h. FACBPSE = Factor de Actualizacion del Cargo CBPSE. Cuadro Nº 17
Empresa ELECTRONORTE ELECTRONOROESTE HIDRANDINA ELECTROCENTRO LUZ DEL SUR EDELNOR ELECTROANDES a 0,4956 0,4956 0,4956 0,4956 0,5700 0,5655 0,3013

= CM0 * FACM = a * FTC + b * FPM

(15) (16)

Donde: CM0 = Compensaciones mensuales publicadas en el Articulo 2º de la presente resolucion y expresadas en Nuevos Soles / mes. = Compensaciones mensuales actualizadas y expresadas en Nuevos Soles / mes. = Factor de Actualizacion de las compensaciones mensuales. Cuadro Nº 20
Compensaciones SST Generacion / Demanda ETECEN SST Generacion / Demanda ETESUR SST ETESELVA SST ETECEN SST REDESUR SST ELECTROANDES a 0,5390 0,5140 0,4956 0,6300 1,0000 0,3013 b 0,4610 0,4860 0,5044 0,3700 0,0000 0,6987

CM1 FACM

Los factores FTC y FPM son los definidos en el numeral 1.1. 1.3 ACTUALIZACION DEL CARGO BASE DE PEAJE MORDAZA POR TRANSFORMACION (CBPST) Los Cargos CBPST seran actualizados utilizando la siguiente formula de actualizacion: Se define: CBPST1 = CBPST0 * FACBPST FACBPST = a * FTC + b * FPM Donde: CBPST0 = Cargo CBPST, publicado en el Articulo 1º de la presente resolucion y expresado en ctm. S/./kW.h. CBPST1 = Cargo CBPST, actualizado y expresado en ctm. S/./kW.h. FACBPST = Factor de Actualizacion del Cargo CBPST. Cuadro Nº 18
a 0,5500 b 0,4500

(11) (12)

Los factores FTC y FPM son los definidos en el numeral 1.1. 2 APLICACION DE LAS FORMULAS DE ACTUALIZACION Las formulas de actualizacion para los peajes por transmision secundaria que se consignan en el Articulo 1º de la presente resolucion, se aplicaran en las condiciones establecidas en la Ley de Concesiones Electricas y su Reglamento, de acuerdo con el procedimiento senalado en el numeral 2 del Articulo 2º de la Resolucion Nº 0940-2002-OS/CD en el cual para todos los efectos se incluira al factor FACPSEE. Las formulas de actualizacion para las compensaciones por transmision secundaria que se consignan en el Articulo 2º de la presente resolucion seran aplicadas mensualmente. Articulo 4º.- Los cargos de peaje MORDAZA por transmision y sus formulas de actualizacion asi como los factores de perdidas marginales consignados en la presente resolucion, sustituyen a los correspondientes valores aprobados en la Resolucion Nº 006-2001 P/CTE. Articulo 5º.- Toda la regulacion de transmision secundaria contenida en la presente resolucion, con excepcion de la establecida en el Articulo 2º y en el numeral 1.5 del Articulo 3º, es de aplicacion a todos los usuarios (consumidores finales) pertenezcan o no al Servicio Publico de Electricidad. Todos los ingresos originados por efecto de los factores de perdidas y los peajes de transmision y transformacion que se determinen por aplicacion de la presente resolucion seran transferidos como compensacion por transmision a los concesionarios de las correspondientes instalaciones. En caso existieran acuerdos contractuales de compensacion por el uso de las instalaciones secundarias de transmision, estos prevaleceran hasta la terminacion de dichos contratos. Articulo 6º.- Los valores consignados en la presente resolucion podran reajustarse, en caso se requiera, para dar cumplimiento a lo que se disponga en el Contrato de Concesion de los Sistemas de Transmision Electrica ETECEN - ETESUR a ser suscrito por el Estado Peruano. Articulo 7º.- La presente regulacion no incluye los cargos correspondientes a la linea de transmision en 138 kV Aguaytia-Pucallpa, los cuales seran regulados oportunamente mediante resolucion expresa. El concesionario respectivo debera comunicar al OSINERG la fecha de

Los factores FTC y FPM son los definidos en el numeral 1.1. 1.4 ACTUALIZACION DEL CARGO BASE DE PEAJE MORDAZA POR TRANSPORTE (CBPSL) Los Cargos CBPSL seran actualizados utilizando la siguiente formula de actualizacion: Se define: CBPSL1 = CBPSL0 * FACBPSL FACBPSL = a * FTC + b * FPM Donde: CBPSL0 = Cargo CBPSL, publicado en el Articulo 1º de la presente resolucion y expresado en ctm. S/./kW.h-km. CBPSL1 = Cargo CBPSL, actualizado y expresado en ctm. S/./kW.h-km. FACBPSL = Factor de Actualizacion del Cargo CBPSL. Cuadro Nº 19
Nivel de Tension 220 kV 138 kV AT A 0,3540 0,3800 0,4500 b 0,6460 0,6200 0,5500

(13) (14)

Los factores FTC y FPM son los definidos en el numeral 1.1.

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