Norma Legal Oficial del día 28 de julio del año 2002 (28/07/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 76

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NORMAS LEGALES
COD.

MORDAZA, MORDAZA 28 de MORDAZA de 2002
DESCRIPCION DE LA INFRACCION VALOR DE NO- MULT. LA SANCION TIF. % UIT ACC. PRE- ADM. VE.

los requisitos que establecera el Texto Unico de Procedimientos Administrativos - TUPA. Articulo 30º.- La autorizacion se otorgara a nombre del solicitante que se indique en la licencia o autorizacion de funcionamiento municipal. Articulo 31º.- Al finalizar el periodo de autorizacion sin que esta MORDAZA sido renovada, la Municipalidad MORDAZA de baja del padron de anuncios, mediante resolucion dentro de los cinco (5) dias calendario. Articulo 32º.- En el caso de que el interesado no retire el anuncio publicitario en el plazo no mayor de cinco (05) dias, se procedera por parte de la Municipalidad a su retiro aplicando las medidas y sanciones que correspondan. CAPITULO II SISTEMA DE DATOS DE ANUNCIOS Y PUBLICIDAD EXTERIOR Articulo 33º.- Creese el Sistema de Base de Datos de Publicidad Exterior y Anuncios en General, constituyendose el Registro de Padron de elementos de publicidad exterior, en el que se ingresara todos aquellos anuncios y publicidad exterior autorizados. Articulo 34º.- El sistema de Registro tendra todas las caracteristicas del elemento publicitario: numero de codigo, ubicacion, leyenda, MORDAZA, numero de caras, area, caracteristicas tecnicas, nombre y/o razon social del titular, fecha de vigencia y la baja de padron. Articulo 35º.- El Sistema de Registro de Elemento Publicitario debera ser con caracter publico, puede ser consultado por cualquier persona para lo cual debe identificarse con el documento publico del caso. Articulo 36º.- Los elementos publicitarios quedaran registrados en la Base de Datos, con las caracteristicas correspondientes. Articulo 37º.- El Sistema de Registro (Base de Datos) estara cargo de la Division de Catastro, Ornato y Habilitaciones Urbanas de la Municipalidad Distrital de Comas. TITULO IV

AVISOS Y PUBLICIDAD EXTERIOR (900) 901 Instalar elementos de publicidad exterior o mobiliario MORDAZA sin autorizacion o contrato de concesion: Anuncios Menores hasta 2.00 m2 5% Anuncios Mayores mas de 2.00 m2 10% Instalar elemento de publicidad exterior o mobiliario MORDAZA en forma distinta a la autorizada Incumplir la orden de retiro de elementos de publicidad exterior

Comiso Comiso

X X

902

10%

Regularizacion

X

903 904

10%

X

Exhibir, distribuir y/o arrojar elementos de publicidad en la via publica (banderolas, volantes, afiches, carteles, u otros similares): -Para eventos de espectaculos publicos no deportivos 20% -Otros anuncios 10% Realizar pintas o pegar elementos de publicidad (volantes, afiches, carteles, u otro similares) sin autorizacion en: a) Paramentos o muretes de viviendas, monumentos, locales de instituciones, escaleras, puentes peatonales, postes, cabinas telefonicas y paraderos b) Zonas arqueologicas Mantener los elementos de publicidad exterior en mal estado de conservacion y antirreglamentario. Instalar elementos de publicidad exterior en la via publica, en las avenidas principales y zonas declaradas rigidas Por instalar anuncios en las bermas, parques, y jardines habilitados con areas verdes.

Comiso Comiso

x x

905

Comiso

x

10% 50%

Comiso

x

906

5%

Comiso

x

907

20%

Comiso

x

908

CAPITULO I INFRACCIONES Articulo 38º.- Son infracciones a la presente Ordenanza: 1. Instalar elementos de publicidad exterior y anuncios en general sin la autorizacion correspondiente. 2. Instalar elementos de publicidad exterior y anuncios en general en forma distinta a la autorizacion o contraviniendo las disposiciones administrativas o tecnicas senaladas en este reglamento. 3. Colocar afiches o carteles sin autorizacion correspondiente. 4. Incumplir la orden de retiro del elemento publicitario. 5. Mantener los elementos de publicidad exterior en mal estado de conservacion. 6. Incumplir en el mantenimiento permanentemente de las condiciones de seguridad de las estructuras e instalaciones del elemento de publicidad exterior y anuncios en general. 7. Colocar y/o pegar afiches, carteles, volantes y otros similares sin autorizacion, en los paraderos, semaforos, monumentos, puentes peatonales, postes, cabinas telefonicas u otro mobiliario urbano. 8. Colocar banderolas sin autorizacion. 9. Instalar elementos de publicidad exterior y anuncios en general en bermas, parques y jardines, habilitados con areas verdes, sin la correspondiente autorizacion. CAPITULO II SANCIONES Articulo 39º.- Las sanciones a las establecidas en la presente Ordenanza seran aplicadas en concordancia con la Ordenanza Nº 03-2001-C/MC, segun el siguiente cuadro:

20%

Comiso

x

Articulo 40º.- Sin perjuicio de las acciones legales pertinentes por las infracciones en que incurran las personas naturales o juridicas por incumplimiento del presente seran solidarios responsables de la sancion impuesta el propietario del inmueble donde se halla ubicado el aviso publicitario y/o la persona natural o juridica que anuncio el mensaje publicitario. Articulo 41º.- El retiro del elemento de publicidad exterior antirreglamentario o cuya autorizacion MORDAZA caducado, seran retirados por la Municipalidad y podran ser recuperados por los propietarios, previo pago de la sancion correspondiente y los gastos ocasionados por el retiro y almacenamiento de dichos elementos. La Municipalidad al detectar la existencia de elementos de publicidad exterior sin autorizacion correspondiente y/o antirreglamentaria e incluso anuncios de MORDAZA caballete movibles, procedera al comiso de estos, sin notificacion previa. Articulo 42º.- Vencido el Plazo de Sesenta (60) dias calendario del retiro y deposito, de los elementos de publicidad exterior sin que estos hayan sido reclamados por sus propietarios, la Municipalidad podra rematar dichos anuncios a efectos de cubrir los costos y gastos administrativos ocasionados durante el operativo del retiro o darles la utilizacion que considere pertinente. Articulo 43º.- La fiscalizacion de lo dispuesto en el presente Reglamento se realizara a traves de: - Los ciudadanos en forma individual o colectiva o a traves de las organizaciones representativas que podran formular denuncias por infraccion al presente reglamento, ante la Municipalidad. - La Direccion de Seguridad Integral, a traves, de la Division de Policia Municipal, la Direccion de Desarrollo MORDAZA, mediante la Division de Catastro, Ornato y Habi-

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