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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE JULIO DEL AÑO 2002 (28/07/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 79

Pág. 227337 NORMAS LEGALES Lima, domingo 28 de julio de 2002 Que, asimismo, ha sido necesario tomar una serie de disposiciones a fin de cautelar los intereses de la comu- nidad y dejar a salvo la responsabilidad de la Corpora- ción a expensas del pronunciamiento que en su oportu- nidad efectúen la instancia judicial respectiva; Que, en atención a lo expuesto el Concejo Municipal estima necesario expresar en forma pública su total res- paldo y apoyo al señor Alcalde en las acciones que dis- ponga sobre el presente caso; De conformidad con lo dispuesto en los Artículos 10º numeral 3) y 36º numeral 1) de la Ley Orgánica de Muni- cipalidades Nº 23853 y demás normas pertinentes; lue- go del debate correspondiente, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, adoptó por unanimidad el siguiente: ACUERDO Artículo Primero.- Expresar su total respaldo a las acciones tanto judiciales como administrativas así como cualquier otra medida pertinente que tenga que adoptar- se con relación al Centro Comercial Jockey Plaza Shop- ping Center y cualquier otro establecimiento del distrito que pudieran representar riesgo a los vecinos. Artículo Segundo.- Disponer la publicación del pre- sente Acuerdo en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. CARLOS DARGENT CHAMOT Alcalde 13575 Autorizan contratar servicios persona- lísimos de abogado mediante proceso de adjudicación de menor cuantía ACUERDO DE CONCEJO Nº 61-2002-ACSS Santiago de Surco, 25 de julio de 2002 EL ALCALDE DE SANTIAGO DE SURCO POR CUANTO: El Concejo Municipal de Santiago de Surco, en Se- sión Extraordinaria de la fecha; CONSIDERANDO: Que, como consecuencia de los acontecimientos ocu- rridos el día 20.JUL.2002 en la discoteca "Utopía" ubica- da en el Centro Comercial Jockey Plaza Shopping Cen- ter, se han iniciado una serie de acciones judiciales y administrativas en las cuales se encuentra comprendida la Corporación; Que, en tal sentido, resulta necesario contar con los servicios profesionales especializados de defensa legal, con dedicación exclusiva a la formulación y/o contesta- ción de las acciones que se deriven de los hechos mencio- nados en el considerando precedente, teniendo en cuen- ta la importancia de los acontecimientos; Que, se ha visto por conveniente la contratación del abogado Luis Lamas Puccio, profesional de destacada trayectoria en el campo penal, por lo cual se solicita la exoneración correspondiente para su contratación por la excepción de servicios personalísimos, por el período comprendido entre agosto y diciembre de 2002; Que, mediante Informe Nº 1177-2002-OAJ-MSS la Oficina de Asesoría Jurídica opina que procede la con- tratación mediante proceso de Menor Cuantía del Sr. Luis Lamas Puccio en atención a sus condiciones personales y profesionales así como a su amplia experiencia y cono- cimiento en la materia, correspondiéndole al Concejo adoptar el Acuerdo respectivo a que se refiere el inciso h) del Artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM;Que, mediante Informe Nº 185-2002-OPP-MSS la Oficina de Planificación y Presupuesto señala que existe disponibilidad presupuestal para efectuar la citada con- tratación; De conformidad con lo dispuesto en los Artículos 10º numeral 3) y 36º numeral 1) de la Ley Orgánica de Muni- cipalidades Nº 23853 y demás normas pertinentes; lue- go del debate correspondiente, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, adoptó por Unanimidad el siguiente: ACUERDO Artículo Primero.- Aprobar la exoneración del proce- so de selección correspondiente para la contratación de los Servicios Profesionales del abogado Luis Lamas Puc- cio por la excepción de Servicios Personalísimos, según lo expuesto en los considerandos del presente Acuerdo. Artículo Segundo.- Autorizar al Jefe de la Oficina de Administración y Finanzas para que proceda a contratar el servicio requerido señalado en el numeral precedente, vía Adjudicación de Menor Cuantía, por el período de agosto a diciembre de 2002. Artículo Tercero.- Poner la presente norma en cono- cimiento de la Contraloría General de la República y del Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE. Artículo Cuarto.- Publicar el presente Acuerdo en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. CARLOS DARGENT CHAMOT Alcalde 13576 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE Declaran en situación de urgencia la adquisición de insumos para el Progra- ma del Vaso de Leche ACUERDO Nº 054-2002-MPC Cañete, 23 de julio del 2002 Visto en Sesión Extraordinaria de Concejo, de la fe- cha, la necesidad de declarar en Urgencia la adquisición de productos alimenticios para el Programa del Vaso de Leche; CONSIDERANDO: Que, por Informe Nº 022-2002-PVL-MPC de fecha 3 de julio del 2002, la encargada del Programa del Vaso de Leche, solicita que en el más breve plazo se tomen las medidas correctivas para que no queden desabasteci- das del producto los Comités del Vaso de Leche; Que, por Informe Nº 011-2002-MPC, de fecha 19 de julio del 2002, la Directora Municipal informa que, estan- do en proceso de incertidumbre la licitación para la ad- quisición de alimentos del Programa del Vaso de Leche, en la cual se obtuvo un ganador, y habiendo presentado un recurso de revisión ante Consucode, la empresa que ocupó el segundo lugar en dicha licitación; el mismo que dura aproximadamente 60 días calendario para resolver, la Municipalidad debería de realizar su compra de Ur- gencia, para poder abastecer de productos a los benefi- ciarios del Programa del Vaso de Leche; Que, por Informe Técnico Legal Nº 001-02-AS.LEG/ MPC de fecha 22 de julio del 2002, entre otros, la Aseso- ría Legal opina que es procedente la DECLARACIÓN DE URGENCIA en el presente caso por los 60 días calenda- rio, plazo en el cual se estima se resuelva la impugna- ción interpuesta contra el otorgamiento de la Buena Pro, por ante Consucode;