Norma Legal Oficial del día 28 de julio del año 2002 (28/07/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 68

Pag. 227326
Cuadro Nº 3
Empresa Concesionarios / SST

NORMAS LEGALES
CBPSE en Puntos de Venta de Energia ( ctm. S/./ kW.h) a) En AT b) En MT (acumulado) (acumulado) 0,1598 0,5551 0,4045 0,4821 0,1183 0,1573 0,6826 1,1945 0,5740 0,9076 0,0818 0,1197 0,6558 1,0273 0,5168 0,7830 0,9051 1,4451 0,1039 0,1039 0,0449 0,0681 1,0539 1,6171 -- 0,0572 0,1737 0,5042 1,8633 0,1731 0,7096 1,0062 0,9603 4,3923 2,2737 1,1393

MORDAZA, MORDAZA 28 de MORDAZA de 2002

de Peaje MORDAZA por Transformacion CBPST, el producto del Cargo Base de Peaje MORDAZA por Transporte CBPSL por la longitud de la linea y por la variable C. Se define: CBPSE Donde: L C CBPSE CBPST : Longitud de la linea de transmision, en km. : Variable dependiente de los MW*km totales retirados de cada linea, segun se detalla mas adelante. : Cargo Base de Peaje MORDAZA por Transmision en Energia, expresado en ctm. S/./kW.h. : Cargo Base de Peaje MORDAZA por Transformacion, expresado en ctm. S/./ kW.h. En caso de no existir la transformacion el valor de CBPST es igual a 0,0. : Cargo Base de Peaje MORDAZA por Transporte, expresado en ctm. S/./kW.hkm. = CBPST + CBPSL * L * C (2)

ELECTRONORTE

ELECTRONOROESTE HIDRANDINA ELECTROCENTRO

ELECTROCENTRO LUZ DEL SUR EDELNOR

ELECTROANDES

ELECTRONORTE DEPOLTI ADINELSA TOTAL ELECTRONOROESTE ADINELSA TOTAL HIDRANDINA ELECTROCENTRO [1] ADINELSA ELECTROPERU TOTAL ELECTROCENTRO PASCO [2] LUZ DEL SUR EDELNOR ELECTROANDES PASCO OESTE [3] ELECTROANDES PASCO OROYA [4] ELECTROANDES PASCO NORTE [5]

CBPSL

Los valores CBPST, CBPSL y C se indican a continuacion: 2.2.1 Cargo Base de Peaje MORDAZA por Transformacion (CBPST) Cuadro Nº 4 [*]
Instalacion Transformador Celda Primario Celda MORDAZA Celda Linea MT Total MAT a AT ctm. S/./kW.h 0,1662 0,1389 0,0532 --0,3583 AT a MT ctm. S/./kW.h 0,3059 0,2216 0,0609 0,0539 0,6423 MAT a MT ctm. S/./kW.h 0,4721 0,3606 0,0892 0,0788 1,0007

[1] Corresponde a todas las instalaciones del SST de ELECTROCENTRO, excepto las que se encuentran en los sistemas electricos Pasco, Pasco Rural 1 y Pasco Rural 2. [2] Corresponde a las instalaciones del SST de ELECTROCENTRO de los sistemas electricos Pasco, Pasco Rural 1 y Pasco Rural 2. [3] Corresponde a las instalaciones del SST de ELECTROANDES comprendidas entre la MORDAZA Oroya Nueva 50 kV y las subestaciones San MORDAZA, Andaychagua y Chumpe. [4] Corresponde a las instalaciones del SST de ELECTROANDES comprendidas entre la MORDAZA Oroya Nueva 50 kV y las subestaciones Alambron, Fundicion y Oroya (C.H. Oroya). [5] Corresponde a las instalaciones del SST de ELECTROANDES comprendidas entre la MORDAZA Carhuamayo 50 kV y la subestacion Goyllarisquisga. Las siguientes consideraciones se aplican a los cargos senalados en el Cuadro Nº 3: · El CBPSE se aplicara a los sistemas electricos pertenecientes a las empresas indicadas. En el caso de EDELNOR se aplicara solo al sistema electrico MORDAZA Norte. Para el calculo de los Precios en MORDAZA de los sistemas electricos MORDAZA y Namora se debera tomar como MORDAZA de referencia MORDAZA Norte 220 kV. Para el calculo de los precios en la MORDAZA Equivalente de MT se aplicara los cargos CBPSE en MT, totales, MORDAZA indicado en b). Para determinar la Tarifa en MORDAZA que aplicaran los generadores por las ventas de energia en las barras de Alta Tension o Media Tension a las empresas indicadas se considerara que el valor del CBPSE es igual a cero. Para el calculo del CBPSE, en MT del MORDAZA regulado, de los sistemas electricos Pasco, Pasco Rural 1 y Pasco Rural 2 se aplicara el cargo CBPSE de ELECTROCENTRO - PASCO mas 2,0728 ctm. S/./ kW.h que corresponde al CBPSE por las instalaciones de ELECTROANDES. A partir de la entrada en operacion comercial de la C.H. Huanchor, los cargos CBPSE de ELECTROANDES PASCO OESTE, en AT y MT, seran 1,6340 y 4,1630 ctm. S/./ kW.h, respectivamente. Asimismo, el valor indicado en el parrafo anterior sera 2,0115 ctm. S/./ kW.h.

[*] Los cargos CBPST son el resultado de la aplicacion de las formulas de actualizacion correspondientes contenidas en la Resolucion Nº 006-2001 P/CTE. Nota: En caso de existir transformacion de 220 kV a 138 kV, el Cargo Base de Peaje MORDAZA por Transformacion sera de: 0,1832 ctm.S/./kW.h, 0,0695 ctm.S/./kW.h y 0,0359 ctm.S/./kW.h, para el Transformador, la Celda Primario y la Celda Secundario; respectivamente. Los CBPST son determinados desde el nivel de tension donde se localiza el precio basico de referencia hasta el nivel de tension del cliente. En el caso de cambios en el sentido del flujo, se calculara los valores intermedios de los precios de referencia hasta llegar al cliente. 2.2.2 Cargo Base de Peaje MORDAZA por Transporte (CBPSL) Cuadro Nº 5 [*]
Nivel de Tension Linea de Transmision Celda Salida Celda Llegada Total CBPSL AT 138kV 220kV ctm. S/./(kW.h-km) ctm. S/./(kW.h-km) ctm. S/./(kW.h-km) 0,0120 0,0084 0,0036 0,0020 0,0020 0,0160 0,0011 0,0011 0,0106 0,0002 0,0002 0,0040

· · ·

·

·

[*] Los cargos CBPSL son el resultado de la aplicacion de las formulas de actualizacion correspondientes contenidas en la Resolucion Nº 006-2001 P/CTE. 2.2.3 Variable C: El valor de la variable C para cada linea de transmision depende de los MW*km totales retirados desde la linea de transmision considerada, durante el periodo relevante para la facturacion, de acuerdo al procedimiento establecido en las Condiciones de Aplicacion (Resolucion Nº 015-95 P/CTE y sus modificatorias). El valor de C es como sigue:

2.2 PEAJES POR TRANSMISION SECUNDARIA PARA EMPRESAS NO INDICADAS EN EL NUMERAL 2.1 El Cargo Base de Peaje MORDAZA por Transmision en Energia CBPSE sera el resultado de agregar, al Cargo Base

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