Norma Legal Oficial del día 07 de junio del año 2002 (07/06/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 45

MORDAZA, viernes 7 de junio de 2002

NORMAS LEGALES
III. BASE LEGAL

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cion Publica para el Ano 2002", propuesto por la Direccion Tecnica Normatividad y Promocion del Instituto Nacional de Estadistica e Informatica; CONSIDERANDO: Que, el Instituto Nacional de Estadistica e Informatica, ente rector de los Sistemas Nacionales de Estadistica e Informatica, formula y evalua la Politica y el Plan Nacional de Informatica; ademas de coordinar y orientar el MORDAZA de formulacion y evaluacion del Plan Operativo Informatico en las entidades integrantes del Sistema Nacional de Informatica; Que, la Politica Nacional de Informatica establece un conjunto de lineamientos estrategicos orientados a promover la incorporacion de modo sistematico de las tecnologias de informacion en la gestion publica; Que, siendo las tecnologias informaticas componentes importantes para el desarrollo de las entidades publicas; es necesario realizar el planeamiento de las actividades orientadas a las adquisiciones, capacitacion, administracion y desarrollo de sistemas para lograr el incremento de la eficiencia de las Direcciones de Informatica en apoyo de las entidades de la Administracion Publica; Que, el Plan Operativo Informatico constituye un instrumento de gestion de corto plazo, que permite definir las actividades informaticas de las entidades de la Administracion Publica integrantes del Sistema Nacional de Informatica en sus diferentes niveles, en concordancia con la Politica Nacional Informatica; Que, estando a lo propuesto por la Direccion Tecnica de Normatividad y Promocion, con la opinion favorable de la Subjefatura de Informatica, y la visacion de la Oficina Tecnica de Asesoria Juridica; y, En uso de las atribuciones conferidas por el Articulo 8º del Decreto Legislativo Nº 604 - "Ley de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Estadistica e Informatica"; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la Directiva Nº 008-2002INEI/DTNP, sobre "Formulacion del Plan Operativo Informatico de las entidades de la Administracion Publica para el Ano 2002", que forma parte de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Las entidades de la Administracion Publica, integrantes del Sistema Nacional de Informatica, se sujetaran a lo establecido en la Directiva, debiendo remitir al INEI, el Plan Operativo Informatico correspondiente al ano 2002, MORDAZA del 26 de MORDAZA de 2002. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA Jefe DIRECTIVA Nº 008-2002-INEI/DTNP "FORMULACION DEL PLAN OPERATIVO INFORMATICO DE LAS ENTIDADES DE LA ADMINISTRACION PUBLICA PARA EL ANO 2002" I. OBJETIVO Normar los procedimientos para la Formulacion del Plan Operativo Informatico de las entidades de la Administracion Publica para el Ano 2002, en concordancia con la Politica Nacional de Informatica, y el Plan Estrategico Institucional. II. ALCANCE Comprende a la Direccion de Informatica, o la que haga sus veces en las entidades del Gobierno Central, Gobiernos Regionales y Locales, y Organismos Autonomos. Se incluye las Empresas Publicas.

- Ley del Poder Ejecutivo, Decreto Legislativo Nº 560 y ampliatorias. - Decreto Legislativo Nº 604 - Ley de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Estadistica e Informatica - INEI. - D.S.Nº 043-2001-PCM - Reglamento de Organizacion y Funciones del INEI. - D.S. Nº 010-98-PRES - Reglamento de Organizacion y Funciones de los Consejos Transitorios de Administracion Regional. - Resolucion Ministerial Nº 084-2001-EF/10 que aprueba la directiva para la Formulacion de los Planes Estrategicos Sectoriales Multianuales y los Planes Estrategicos Institucionales para el periodo 2002-2006 - Normas Tecnicas de Control Interno para el Sector Publico, Resolucion de Contraloria Nº 072-98-CG. IV. DISPOSICIONES GENERALES 4.1 Del Contenido a) Cada entidad de la Administracion Publica en base al contenido del Plan Estrategico Institucional 2002 - 2006, elaborara el Plan Operativo Informatico, el mismo que tiene periodicidad anual. b) El esquema basico de MORDAZA para la formulacion de los Planes Operativos Informaticos se precisa en el Anexo Nº 01. c) La programacion de actividades y proyectos informaticos contenidos en el Plan Operativo Informatico 2002 debera guardar relacion directa con la Politica Nacional de Informatica y con los objetivos especificos presupuestados para el presente ano en el Plan Estrategico Institucional. d) Las actividades y proyectos contenidos en el Plan Operativo Informatico, son aquellas que estan consideradas y presupuestadas en los objetivos especificos descritos en los Planes Estrategicos de cada entidad. 4.2 De los Procedimientos a) La Direccion de Informatica de las entidades publicas o la que haga sus veces, elaborara su respectivo Plan Operativo Informatico. b) La aprobacion del Plan Operativo Informatico en las entidades del Gobierno Central, Regional y Local, y los Organismos Autonomos es aprobado por la MORDAZA autoridad de la entidad; y en las Empresas Publicas el Plan Operativo Informatico es aprobado por el Directorio de la Empresa o la Gerencia General. c) El Plan Operativo Informatico sera remitido al Instituto Nacional de Estadistica e Informatica (Direccion Tecnica de Normatividad y Promocion), a mas tardar el 26 de MORDAZA de 2002. d) La remision del respectivo plan se realizara en medio fisico y magnetico (diskette o al correo electronico normas@inei.gob.pe). IV. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS a) Para el adecuado cumplimiento de la presente Directiva, el responsable de la Direccion de Informatica, o quien haga sus veces podran utilizar la Guia para la elaboracion del Plan Operativo Informatico 2002 que orientara la formulacion de los Planes y estara disponible en la pagina web del INEI; en la sede central del INEI sito en la Av. General Garzon Nº 548 Of. 404 MORDAZA y en las oficinas Departamentales de Estadistica e Informatica. b) Las entidades comprendidas en el alcance de la presente Directiva, que incumplan con la MORDAZA del Plan Operativo Informatico correspondiente al ano 2002 en el plazo establecido, incurriran en falta que sera puesta a conocimiento del titular de su entidad conforme a lo establecido en el Articulo 95º del Decreto Supremo Nº 043-2001PCM. c) Para las consultas pertinentes, estara a disposicion de las entidades publicas el correo electronico siguiente: normas@inei.gob.pe.

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