Norma Legal Oficial del día 07 de junio del año 2002 (07/06/2002)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 7 de junio de 2002

temporal y esta sujeto a las necesidades del servicio o que las plazas que ocupan se cubran con los Fiscales Titulares nombrados por el Consejo Nacional de la Magistratura; Estando a lo dispuesto por el Articulo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Organica del Ministerio Publico; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Dar por concluido el nombramiento de la doctora Marleny MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como Fiscal Provincial Provisional de la Fiscalia Especial de Prevencion del Delito Area MORDAZA y Seguridad Vial de MORDAZA, Distrito Judicial de MORDAZA, materia de la Resolucion Nº 395-2002-MP-FN, de fecha 7 de marzo del 2002, debiendo retornar a su plaza de Fiscal Adjunta Provincial Titular en lo Penal de la Primera Fiscalia Provincial Penal de Arequipa. Articulo Segundo.- Dar por concluido el nombramiento de la doctora MORDAZA MORDAZA MORDAZA Reymer, como Fiscal Adjunta Provincial Provisional de la Primera Fiscalia Provincial Penal de MORDAZA, Distrito Judicial de MORDAZA, materia de la Resolucion Nº 471-2000-MPCEMP, de fecha 19 de MORDAZA del 2000. Articulo Tercero.- Nombrar a la doctora MORDAZA MORDAZA MORDAZA Reymer, como Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Pool de Fiscales del Distrito Judicial de Arequipa. Articulo Cuarto.- Hacer de conocimiento la presente Resolucion a la Fiscal Superior Decana del Distrito Judicial de MORDAZA, Gerencia Central de Personal, Gerencia de Registro de Fiscales y a las Fiscales mencionadas. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Fiscal de la Nacion 10145 RESOLUCION DE LA FISCALIA DE LA NACION Nº 950-2002-MP-FN MORDAZA, 5 de junio de 2002 VISTO Y CONSIDERANDO: Que, se encuentran vacantes las plazas de Fiscales Provinciales Provisionales en el Distrito Judicial de MORDAZA, en los Despachos de la Fiscalia Provincial Mixta de Paucarpata y en la Fiscalia Provincial Mixta del Modulo Basico de Justicia de MORDAZA Melgar; Estando a lo dispuesto en el Articulo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Organica del Ministerio Publico; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Nombrar al doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como Fiscal Provincial Provisional del Distrito Judicial de MORDAZA, en el Despacho de la Fiscalia Provincial Mixta de Paucarpata. Articulo Segundo.- Nombrar al doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como Fiscal Provincial Provisional del Distrito Judicial de MORDAZA, en el Despacho Fiscalia Provincial Mixta del Modulo Basico de Justicia de MORDAZA Melgar. Articulo Tercero.- Hacer de conocimiento la presente Resolucion a la Fiscal Superior Decana del Distrito Judicial de MORDAZA, Gerencia Central de Personal, Gerencia de Registro de Fiscales y a los Fiscales mencionados. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Fiscal de la Nacion 10146

SBS
Prorrogan plazo otorgado al Banco Santander Central Hispano - Peru para que proceda a enajenar bienes inmuebles adjudicados en pago de deudas
RESOLUCION SBS Nº 481- 2002 MORDAZA, 27 de MORDAZA de 2002 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE BANCA VISTA: La solicitud presentada por el Banco Santander Central Hispano ­ Peru de prorroga del plazo para la enajenacion de los bienes adjudicados en cobro de acreencias que forman parte del Anexo de la presente resolucion, conforme a lo previsto por el Articulo 215º de la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros, y sus modificatorias, en adelante Ley General; CONSIDERANDO: Que, el Articulo 215º de la Ley General establece que cuando como consecuencia del pago de una deuda contraida previamente y de buena fe, se reciba o adjudique en pago total o parcial, bienes muebles o inmuebles, la empresa de que se trate debe enajenarlos en el plazo de un (1) ano, el mismo que podra ser prorrogado por esta Superintendencia por una sola vez y por un MORDAZA de seis (6) meses; Que, los numerales 4 y 6 de la Circular Nº B-20752000 senalan que las solicitudes para prorroga del plazo establecido en el Articulo 215º de la Ley General, deberan ser presentadas con una anticipacion de, por lo menos, quince (15) dias MORDAZA de su vencimiento, caso contrario sera rechazada la solicitud; Que, el numeral 6 de la mencionada circular establece adicionalmente que, para el caso de bienes inmuebles, debera adjuntarse a la solicitud de prorroga una valuacion del bien efectuada por un perito inscrito en el registro de peritos valuadores (REPEV), caso contrario sera rechazada la solicitud; Que, los numerales 5 y 6 de la mencionada circular establecen la constitucion de provisiones equivalentes al 20 por ciento del valor de adjudicacion o recuperacion de los bienes, en calidad de provisiones por bienes adjudicados o recuperados, y de provisiones adicionales, con requerimientos diferentes para bienes muebles e inmuebles; Estando a lo informado por el Departamento de Evaluacion del Sistema Financiero "D" mediante Informe Nº DESF "D"-055-OT-2002 y con el visto MORDAZA de la Superintendencia Adjunta de Asesoria Juridica; En uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros, y sus modificatorias; y, en virtud de las facultades delegadas mediante Resolucion SBS Nº 80799 y Resolucion SBS N° 034-2002; RESUELVE: Articulo 1º.- Prorrogar por seis (6) meses el plazo al que se refiere el Articulo 215º de la Ley General, para que el Banco Santander Central Hispano - Peru proceda a la enajenacion de los bienes senalados en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo 2º.- El Banco Santander Central Hispano Peru debera proceder conforme a lo establecido en la Circular Nº B-2075-2000, debiendo constituir las correspondientes provisiones con cargo a resultados. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Superintendente Adjunto de Banca (a.i.)

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