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Pág. 225300 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 26 de junio de 2002 Declaran nulo acuerdo en la parte que suspendió en el ejercicio de sus funcio- nes a regidor del Concejo Distrital de Miraflores, provincia de Arequipa RESOLUCION Nº 218-2002-JNE Lima, 25 de junio de 2002 VISTO, el Expediente Nº 1315-2001 presentado por don Víctor Andrés Calizaya Cárdenas, Regidor del Con- cejo Distrital de Miraflores, provincia y departamento de Arequipa, por el que solicita un pronunciamiento del Ju- rado Nacional de Elecciones, respecto del acuerdo que lo suspende en el ejercicio de sus funciones a dos sesio- nes de concejo; CONSIDERANDO: Que, en Sesión Privada de fecha 3 de enero del 2002, el Jurado Nacional de Elecciones acordó remitir a don Luis Magno Aguirre Chávez, Alcalde del Concejo Distri- tal de Miraflores, la copia de los documentos presenta- dos por don Víctor Andrés Calizaya Cárdenas, para los fines de ley, debiendo informar a este colegiado electoral sobre lo actuado; Que se le imputa al Regidor Víctor Andrés Calizaya Cárdenas haber ofendido a los miembros del concejo e inclusive a los trabajadores, ante otras instituciones, acep- tando tal hecho en la sesión de concejo de fecha 13 de diciembre del 2000, como consta de la copia del acta que corre de fojas 30 a 34, negándose don Víctor Andrés Calizaya Cárdenas a retractarse públicamente; solicitan- do los Regidores se le aplique una sanción por haber incurrido en actos de deslealtad al ofender la dignidad de las personas; Que, en la referida sesión de concejo, con el voto aprobatorio de siete miembros el Concejo Distrital de Miraflores acordó sancionar al citado Regidor con la sus- pensión en el ejercicio de sus funciones a dos sesiones de concejo sin goce de dietas, fundamentándose tal san- ción en lo dispuesto por los Artículos 13º, 14º inciso b) y 22º inciso c) del Reglamento Interno del Concejo Munici- pal aprobado mediante Edicto Municipal Nº 002-98-MDM; expidiéndose la Resolución de Concejo Nº 033-00-MDM de fecha 27 de diciembre del 2000; Que interpuesto el recurso de reconsideración res- pectivo por el Regidor Víctor Andrés Calizaya Cárdenas, el Concejo Distrital de Miraflores en sesión ordinaria de fecha 1 de agosto del 2001 y de la Resolución de Conce- jo Nº 015-02-MDM de fecha 11 de marzo del 2002, resol- vió declarar improcedente el recurso de reconsideración contra la Resolución de Concejo Nº 033-00-MDM, según consta a de fojas 36 a 42; Que conforme lo dispone el Artículo 29º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, los cargos de alcalde y regidor se suspenden automáticamente por: 1) incapacidad física o mental, temporal; 2) por licencia au- torizada por el concejo por un período máximo de cua- renta y cinco días naturales; 3) por impedimento legal cuando tiene proceso penal abierto con mandato de de- tención que ha quedado firme en primera o segunda ins- tancia; no hallándose incurso en ninguna de las citadas causales don Víctor Andrés Calizaya Cárdenas, de acuer- do a los fundamentos que originaron la suspensión de su cargo de Regidor; Que el Artículo 151º de la Constitución Política del Perú dispone que la Constitución prevalece sobre toda norma legal; la ley, sobre las normas de inferior jerar- quía, y así sucesivamente; en consecuencia, en virtud de la jerarquía de las leyes un edicto no puede prevale- cer sobre una ley, esto es, la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, que taxativamente dispone las causales de suspensión de los cargos ediles; El Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Artículo Único.- Declarar nulo el acuerdo tomado en la sesión ordinaria de fecha 13 de diciembre del 2000, por el Concejo Distrital de Miraflores, provincia y departa-mento de Arequipa, en la parte que declara la suspen- sión en el ejercicio de sus funciones de Regidor a don Víctor Andrés Calizaya Cárdenas; por consiguiente; nula y sin efecto la Resolución de Concejo Nº 033-00-MDM del 27 de diciembre del 2000. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. SÁNCHEZ-PALACIOS PAIVA BOLÍVAR ARTEAGA SOTO VALLENAS VELA MARQUILLÓ ROMERO ZAVALA BALLÓN-LANDA CÓRDOVA, Secretario General 11304 Declaran que regidores del Concejo Dis- trital de Puerto Eten, provincia de Chi- clayo, continúan en el ejercicio de sus cargos RESOLUCIÓN Nº 219-2002-JNE Lima, 25 de junio de 2002 Exp. Nº 129-2002-V VISTOS: Los escritos remitidos por Raúl Israel Díaz, Alcalde del Concejo Distrital de Puerto Eten, provincia de Chicla- yo, departamento de Lambayeque, comunicando la declaratoria de vacancia de los Regidores Blanca Mer- cedes Cabrejos Alemán, Noé Romero Peramás y María Isabel Temoche de Burga; El recurso de revisión interpuesto por los Regidores en mención contra la Resolución de Alcaldía Nº 008-02- MDPE, que declara la vacancia de sus cargos; CONSIDERANDO: 1º.- Que por Resolución de Alcaldía Nº 008-02/MDPE- A del 6 de febrero del 2002, se declaró la vacancia de los Regidores Blanca Mercedes Cabrejos Alemán, Noé Ro- mero Peramás y María Isabel Temoche de Burga, por in- asistencia a las sesiones de concejo del 19, 22 y 30 de enero del 2002, conforme se aprecia a fojas 3; 2º.- Que la vacancia del cargo de Alcalde o Regidor es declarada por el correspondiente Concejo Municipal con el voto aprobatorio de la mayoría del número legal de sus miembros, conforme lo establece el Artículo 27º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853; procedi- miento que no se ha cumplido en el caso de autos; igual- mente, no se ha seguido el procedimiento establecido por el Artículo 42º de la acotada norma; 3º.- Que al no haberse acreditado la notificación perso- nal a Blanca Mercedes Cabrejos Alemán, Noé Romero Peramás y María Isabel Temoche de Burga con el acuer- do de vacancia de sus cargos en el Concejo Distrital de Puerto Eten, conforme a lo estipulado por el Artículo 113º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, se ad- mite a trámite el recurso de revisión planteado por los afectados contra la Resolución de Alcaldía Nº 008-02/ MDPE-A del 6 de febrero del 2002; El Jurado Nacional de Elecciones en uso de sus atribu- ciones; RESUELVE: Artículo Primero.- Declarar fundado el recurso de re- visión interpuesto por Blanca Mercedes Cabrejos Alemán, Noé Romero Peramás y María Isabel Temoche de Burga, contra la Resolución de Alcaldía Nº 008-02/MDPE-A del 6 de febrero del 2002, expedida por el Concejo Distrital de Puerto Eten, provincia de Chiclayo, departamento de Lambayeque, que declaró la vacancia de sus cargos de Regidores en el citado Municipio; en consecuencia, nula la referida resolución.