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Pág. 220092 NORMAS LEGALES Lima, jueves 28 de marzo de 2002 MUNICIPALIDAD DE COMAS Precisan alcances de beneficio tributa- rio otorgado en el Artículo Sexto de la Ordenanza Nº 032-C/MC ORDENANZA Nº 040-C/MC Comas, 6 de marzo de 2002 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE COMAS POR CUANTO: EL CONCEJO DISTRITAL DE COMAS EN SESIÓN ORDINARIA DE LA FECHA; CONSIDERANDO: Que, mediante la Ordenanza Nº 032-C/MC, que otorga el beneficio de condonación de reajustes, intereses y multas y de fraccionamiento de pago de deudas tributarias; se aprobó en su Artículo Sexto, el Otorgamiento del 80% de descuento a las Multas Administrativas que sean pagadas totalmente hasta la fecha de la vigencia de dicha ordenanza, incluyéndose las que se encuentren en la vía coactiva, sin pago adicional alguno; Que, mediante Ordenanzas Nºs. 36 y 39-C/MC, se dis- puso prorrogar la vigencia de la Ordenanza Nº 32-C/MC, hasta el 28 de febrero y 31 de marzo del presente año, respectivamente; Que, en Sesión Ordinaria de la fecha, se ha evaluado el pedido formulado, respecto a la no inclusión de las multas por concepto de arrojo de basura en la vía pública (incluido desmonte) en el beneficio que se otorga en el Artículo Sexto de la Ordenanza Nº 032-C/MC, prorrogada por las Orde- nanzas Nº 36 y Nº 39-C/MC; Que, de conformidad con el Artículo 10º Incs. 3) y 4) de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 23853, las Municipalidades, administrando sus rentas, pueden crear, modificar, suprimir o exonerar sus contribuciones; En uso de las facultades conferidas por la Ley Orgáni- ca de Municipalidades - Ley Nº 23853, el Pleno del Conce- jo por UNANIMIDAD aprobó la siguiente: ORDENANZA : Artículo Primero.- Disponer que en el beneficio que se otorga en el Artículo Sexto de la Ordenanza Nº 032-C/ MC, prorrogada por las Ordenanzas Nº 36 y Nº 39-C/MC, no se encuentran comprendidas las multas por concepto de arrojo de basura en la vía pública (incluido desmonte). Artículo Segundo.- Encargar a la Oficina de Admi- nistración Tributaria, Oficina de Administración y Finanzas, Unidad de Comunicación Municipal, la aplicación, imple- mentación y difusión de la presente Ordenanza. Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese. ARNULFO MEDINA CRUCES Alcalde 5766 MUNICIPALIDAD DE INDEPENDENCIA Autorizan celebración del "I Matrimonio Civil Masivo del 2002" en el distrito DECRETO DE ALCALDÍA Nº 004-2002-MDI Independencia, 8 de marzo de 2002 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE INDEPENDENCIA CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Art. 4º de la Constitución Política del Perú, la comunidad y el Estado protegen a lafamilia, promueven el matrimonio y los reconoce como ins- titutos naturales y fundamentales de la sociedad; Que, de acuerdo a lo establecido en el Art. 233º del Código Civil, la regularización jurídica de la familia tiene por finalidad contribuir a su consolidación, establecimiento, en armonía con los principios y normas proclamadas de nuestra Constitución; Que, en la jurisdicción de Independencia existe un alto índice de parejas de escasos recursos que viven en unión de hecho y que desean formalizar su estado civil contra- yendo matrimonio; Que, los Gobiernos Locales como parte del Estado tienen el deber de proteger a la familia y promover el matrimonio como Institución Natural y Fundamental de la sociedad cautelando de esta manera su legalidad y seguridad jurídica; En uso de las facultades que le confiere el Art. 47º inci- sos 6) y 17) de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853; DECRETA: Artículo Primero.- Autorizar la celebración del "I MATRI- MONIO CIVIL MASIVO DEL 2002" a llevarse a cabo el día 11 de mayo del 2002 a horas 8.00 a.m. en Plaza Cívica. Artículo Segundo.- Los contrayentes deben presentar los siguientes requisitos: 1.-SOLTEROS: a)Fólder de Trámite. b)Partida de nacimiento original de ambos contra- yentes (actualizado). c)Copias autenticadas de L.E. y/o DNI de ambos con- trayentes. d)Certificados Médicos de ambos contrayentes o Par- tida de Nacimiento de uno de los hijos. e)Declaración Jurada de domicilio. f)Para los militares o policías, certificado de soltería de su respectiva institución. g)Dos testigos con su L.E. y/o DNI. 2.-VIUDOS: Además de los requisitos para los solteros: a)Partida de Matrimonio. b)Partida de Defunción del cónyuge fallecido. c)Declaración Jurada Notarial de los hijos bajo su Patria Potestad y bienes que están bajo su administración. 3.-DIVORCIADOS: Además de los requisitos para los solteros: a)Partida de Matrimonio anterior con la anotación marginal de la disolución del vínculo matrimonial y copia certificada de la sentencia del divorcio. b)Declaración Jurada de los hijos bajo su Patria Po- testad y bienes que están bajo su administración con firma legalizada ante notario público. 4.-MENORES DE EDAD: Además de los requisitos para los solteros: a)Autorización de juez de familia (Oficio del juez y re- solución). b)Boleta Militar. 5.-EXTRANJEROS: Los mismos documentos para los peruanos solteros además de los siguientes requisitos: a)Partida de nacimiento original visada por el Cónsul Peruano en el país de origen con traducción oficial visada por el Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú. b)Copia del Pasaporte y/o Carné de Extranjero auten- ticado por el Fedatario. c)Certificado Consular de Soltería, Viudez o Divorcio visado por el Cónsul Peruano con traducción oficial visada por el Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú. Artículo Tercero.- Disponer la exoneración de los pla- zos legales para la referida celebración y la dispensa de la publicación del Edicto Matrimonial por cuenta de la Munici- palidad. Artículo Cuarto.- Fijar como pago por concepto de Matrimonio Civil Masivo de S/. 60.00 (Sesenta y 00/100 Nuevos Soles).