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Pág. 220090 NORMAS LEGALES Lima, jueves 28 de marzo de 2002 CONSIDERANDO: Que, las tarifas eléctricas en su componente de equipos electromecánicos se encuentran indexadas a las tasas aran- celarias con la finalidad de reflejar los costos de adquisición de estos bienes para la generación, transmisión y distribución de la electricidad, de forma tal que el valor real de las tarifas refle- jen los cambios de las tasas de los aranceles; Que, de acuerdo a lo señalado en la Ley de Conce- siones Eléctricas (en adelante "LCE"), los Precios en Ba- rra, Peajes de Transmisión y Valores Agregados de Distribu- ción deben contemplar fórmulas de reajuste que permitan recoger las variaciones de los factores económicos con la finalidad de mantener su valor real durante su vigencia; Que, el Ministerio de Economía y Finanzas mediante Decreto Supremo Nº 047-2002-EF, ha modificado la tasa arancelaria aplicable a la importación de Bienes de Capital para las subpartidas que se indican en detalle en el Anexo del mencionado Decreto Supremo; Que, en vista que los parámetros de las fórmulas de actualización tarifaria están relacionados con las tasas aran- celarias y debido a las modificaciones anotadas, es nece- sario precisar la tasa Ad Valorem (TA) que se usa en el cálculo del Factor de Actualización del Precio de la Poten- cia de Punta (FAPPM) aplicable al Precio de la Potencia de Punta a nivel Generación (PPM), de la Resolución OSI- NERG Nº 2122-2001-OS/CD; Que, en lo que se refiere a las demás fórmulas de actua- lización, el OSINERG determinará oportunamente los va- lores de las tasas arancelarias a aplicar para el reajuste de los precios de energía, para los cargos por el uso del siste- ma de transmisión principal y secundaria, así como para los cargos por el uso de los sistemas de distribución; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27332, Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos, en el Reglamento General del OSI- NERG, aprobado por Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM y sus modificatorias; en el Decreto Ley Nº 25844, Ley de Conce- siones Eléctricas y en su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Precísese que la Tasa Arancelaria (TA) que se usa en el cálculo del Factor de Actualización del Precio de la Potencia de Punta (FAPPM) aplicable al Precio de la Potencia de Punta a nivel Generación (PPM), contenida en la Resolución OSINERG Nº 2122-2001-OS/CD, es la tasa correspondiente a la partida arancelaria 8411.82.00.00. Los cambios en las Tasas Arancelarias (TA) contenidas en las demás fórmulas de actualización tarifaria aprobadas, se- rán determinados oportunamente por el OSINERG. Artículo 2º.- La presente resolución deberá ser publi- cada en el Diario Oficial El Peruano y consignada en la página WEB de OSINERG. HUGO SOLOGUREN CALMET Presidente (e) del Consejo Directivo 5829 C T A R Modifican Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del CTAR Callao para el ejercicio presupuestal 2002 CONSEJO TRANSITORIO DE ADMINISTRACIÓN REGIONAL DEL CALLAO CTAR CALLAO RESOLUCIÓN DE LA PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 070-2002-CTAR CALLAO-PRES Callao, 19 de marzo de 2002 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de la Presidencia Ejecutiva Nº 015-2002-CTAR CALLAO-PE se aprobó el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del CTAR CALLAO para el Ejercicio Fiscal 2002; Que, según el Artículo 7º Reglamento del Texto Único Or- denado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Esta- do, aprobado con Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM señalaque el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones podrá ser modificado de conformidad con la asignación presupuestal o en caso de reprogramación de metas propuestas; Que, por razones inherentes al ciclo de aprobación de los Proyectos de Inversión Pública contemplado por Ley del Siste- ma Nacional de Inversión Pública, algunos proyectos progra- mados en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones 2002 de la Entidad no se han realizado en las fechas previstas; así mismo la reformulación de actividades por algunas unida- des orgánicas de la entidad ha incidido en las metas previstas en el Plan Operativo Institucional, haciéndose necesario modi- ficar, mediante inclusión, el Plan Anual de Adquisiciones y Con- trataciones del CTAR CALLAO para el Ejercicio Fiscal 2002; De conformidad con lo dispuesto en el Texto Único Orde- nado de la Ley Nº 26850 de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado con el Decreto Supremo Nº 012-2001- PCM, su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, sus disposiciones complementarias y modificatorias y en uso de las facultades establecidas en el Reglamento de Organización y Funciones del Consejo Tran- sitorio de Administración Regional del Callao aprobado me- diante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 193-2001- CTAR CALLAO-PE; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Modificar el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Consejo Transitorio de Administración Re- gional del Callao para el Ejercicio Presupuestal del Año 2002, cuyos anexos forman parte integrante de la presente resolu- ción. Artículo 2º.- Disponer que la Gerencia Regional de Administración remita copia de la presente resolución al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE y, a la Comisión de Promoción de la Pequeña y Micro Empresa - PROMPYME, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a su aprobación; y caute- le que el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones se encuentre en la Oficina de Tesorería a disposición de los interesados para su revisión o adquisición. Regístrese, comuníquese y publíquese. ROGELIO A. CANCHES GUZMÁN Presidente Ejecutivo 5862 Declaran en situación de urgencia adqui- sición de mobiliario para centros educati- vos del Callao RESOLUCIÓN DE LA PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 074-2002-CTAR CALLAO-PE Callao, 25 de marzo de 2002 VISTO: El Informe Nº 089-2001-CTAR-CALLAO-GRA- OL de fecha 22 de marzo del presente año, del Jefe de la Oficina de Logística con proveído de la Gerencia Regional de Administración mediante el cual solicita la declaratoria de Situación de Urgencia, para la adquisición de mobiliario escolar y administrativo para los Centros Educativos "Pe- dro Planas" y "Víctor Raúl Haya de la Torre"; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27272 - Ley de Creación del Consejo Transitorio de Administración Regional del Callao - CTAR CALLAO, en su Primera Disposición Complementaria, es- tablece que los fondos del Canon Aduanero constituyen recursos propios del CTAR CALLAO y se ejecutan en el ámbito de su jurisdicción; Que, el CTAR CALLAO, a través de la Gerencia Regio- nal de Promoción de Inversiones, entre otros objetivos, tie- ne por función ejecutar proyectos y actividades vinculados con el desarrollo de la educación que contribuyan a mejo- rar la calidad de vida de la población del Callao; Que, la infraestructura de los Centros Educativos de- nominados "Pedro Planas" y "Víctor Raúl Haya de la Torre" ubicados en el distrito de Ventanilla fueron construidos con recursos del CTAR CALLAO como resultado de la realiza- ción de las Licitaciones Públicas Nºs. 003 y 005-2001-CTAR CALLAO/CE, respectivamente; ambos proyectos no con-