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Pág. 223224 NORMAS LEGALES Lima, sábado 18 de mayo de 2002 consecuencia resulta necesario autorizar a la Sra. Pro- curadora Pública del Poder Judicial, a fin de que inicie las acciones legales pertinentes ante las autoridades respectivas; Que en uso de las facultades conferidas por el Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial D.S. Nº 017-93-JUS; y Artículo 12º del Decreto Ley Nº 17537 sobre Representación y Defensa del Estado en Juicio modificado por Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar a la Procuradora Públi- ca a cargo de los Asuntos Judiciales del Poder Judicial para que inicie las acciones legales pertinentes contra el Sr. Víctor Javier López Pariona, por los hechos expues- tos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo Segundo.- Remitir copia de esta Resolución, así como los antecedentes del caso a la mencionada Procuradora Pública, para los fines correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. ÓSCAR ALFARO ÁLVAREZ Presidente 8930 CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA Disponen permanencia de magistrada como Vocal Provisional integrante del Equipo Especial de la Oficina Distrital de Control de la Magistratura RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 0169-2002-P-CSJL/PJ Lima, 14 de mayo del 2002 VISTO Y CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Administrativa Nº 0139- 2002-P-CSJL/PJ, la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima, dispuso que la doctora María Teresa Jara García, Juez Titular del Vigésimo Sétimo Juzgado Penal de Lima, integre en calidad de Vocal Provisional el Equipo Especial de la Oficina Distrital de Control de la Magistratura, en reemplazo de la doctora Cecilia Polack Baluarte, estando a la designación de esta última magis- trada como Juez Penal del Tercer Juzgado Anticorrupción, considerando las vacaciones concedidas al doctor Jorge Octavio Barreto Herrera, del 17 de abril al 14 de mayo del año en curso; Que, si bien a la fecha la doctora Polack Baluarte ha retornado al cargo conferido como Vocal Provisional del Equipo Especial de la ODICMA, al haber vencido el pe- ríodo señalado en el párrafo precedente, se ha podido advertir que atendiendo la delicada función controladora asumida por el mencionado órgano y teniendo en cuenta la cantidad considerable de carga que se soporta al inte- rior de la misma, toda vez que esta Corte Superior de Justicia alcanza el 65% de la carga procesal a nivel na- cional, lo que motiva consecuentemente una labor más abundante y eficaz en la Oficina de Control señalada, se ha creído conveniente considerar la permanencia de la doctora María Teresa Jara García al interior del Equipo Especial de la ODICMA, debiendo emitirse para ello las disposiciones administrativas pertinentes, considerando además la designación del magistrado que asumirá el Despacho del Vigésimo Sétimo Juzgado Penal de Lima; Que, en tal sentido es preciso indicar que conforme se señalara en el Artículo Primero de la Resolución Admi- nistrativa Nº 165-2002-P-CSJL/PJ, el doctor Julio Martín Wong Abad, Vocal Titular de la Corte Superior de Justicia de Lima, adscrito al Equipo Especial de la Oficina Distri-VISTO: El Memorándum Nº 222-2002-RNC-GSJR-GG/PJ, de la Jefa del Registro Nacional de Condenas; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Memorándum Nº 222-2002-RNC- GSJR-GG/PJ, la Jefa del Registro Nacional de Conde- nas, comunica que el día 3 de mayo de los corrientes, se acercó a las ventanillas del Registro Nacional de Conde- nas el Sr. Luis Armando Cabrel Espada, portando una Carta Poder legalizada por el Notario Elvito Rodríguez Domínguez, con la cual pretendía realizar el trámite para obtener el Certificado Judicial de Antecedentes Penales a nombre de José David Vargas Feguewa; Que, mediante Carta de fecha 6 de mayo de 2002, el señor Notario Dr. Elvito Rodríguez Domínguez, comuni- ca que las firmas y sellos que aparecen en dicha Carta Poder y que aluden a su persona han sido falsificados; Que, los hechos antes expuestos constituyen presun- tos ilícitos penales los cuales deben ser debidamente investigados por las autoridades correspondientes a fin de determinar las responsabilidades del caso, en consecuencia resulta necesario autorizar a la Sra. Pro- curadora Pública del Poder Judicial, a fin de que inicie las acciones legales pertinentes ante las autoridades respectivas; Que en uso de las facultades conferidas por el Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial D.S. Nº 017-93-JUS; y Artículo 12º del Decreto Ley Nº 17537 sobre Representación y Defensa del Estado en Juicio modificado por Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar a la Procuradora Públi- ca a cargo de los Asuntos Judiciales del Poder Judicial para que inicie las acciones legales pertinentes contra el Sr. Luis Armando Cabrel Espada, por los hechos expues- tos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo Segundo.- Remitir copia de esta Resolución, así como los antecedentes del caso a la mencionada Procuradora Pública, para los fines correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. ÓSCAR ALFARO ÁLVAREZ Presidente 8929 RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA DE LA PRESIDENCIA DEL PODER JUDICIAL Nº 101–2002-P-PJ Lima, 17 de mayo de 2002 VISTO: El Memorándum Nº 233-2002-RNC-GSJR-GG/PJ, de la Jefa del Registro Nacional de Condenas; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Memorándum Nº 233-2002-RNC- GSJR-GG/PJ, la Jefa del Registro Nacional de Conde- nas, comunica que el día 11 de abril de los corrientes, se presentó ante las ventanillas del Registro Nacional de Condenas el Sr. Víctor Javier López Pariona a fin de efec- tuar el trámite correspondiente para la obtención de un Certificado Judicial de Antecedentes Penales, adjuntando la Tasa Judicial (Boleta de Depósito del Banco de la Na- ción Nº 272575-2) por dicho concepto; Que, verificada dicha Tasa en el Sistema de Valida- ción de Aranceles Judiciales se determinó que se trata de un documento aparentemente falsificado; Que, los hechos antes expuestos constituyen presun- tos ilícitos penales los cuales deben ser debidamente investigados por las autoridades correspondientes a fin de determinar las responsabilidades del caso, en