Norma Legal Oficial del día 24 de mayo del año 2002 (24/05/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 33

MORDAZA, viernes 24 de MORDAZA de 2002

NORMAS LEGALES

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Articulo 77º.- Las evacuaciones, hospitalizacion y tratamiento medico en el extranjero estaran sujetos a lo estipulado en el D.S. Nº 065-DE/CCFFAA. del 17.SET.93. Articulo 78º.- Los aspectos no contemplados en el presente Reglamento, seran normados mediante Directivas emanadas por acuerdo del Consejo de Administracion las que se daran cuenta a la DIRGEN para su aprobacion con la Resolucion respectiva. Lo que se haran conocer al Consejo de Vigilancia. 7360

del Ministerio de Defensa; y, asimismo, en razon de que las constancias de descarga obrantes en el expediente fueron presentadas fuera del plazo otorgado en el Decreto Supremo Nº 003-2000-PE; Que a traves del escrito del visto el recurrente interpone recurso de revision contra la Resolucion Viceministerial Nº 005-2002-PE; aduciendo que tanto la Direccion Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero como el Despacho Viceministerial son instancias que no contarian con competencia nacional, y, asimismo, que no habrian modificado la embarcacion pesquera MORDAZA MORDAZA, por lo que solicitan que el Despacho Ministerial revoque la Resolucion Viceministerial recurrida; Que el Articulo 100º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos aprobado por Decreto Supremo Nº 002-94-JUS, establecio que excepcionalmente hay lugar a la interposicion de un recurso de revision ante una tercera instancia si las dos anteriores fueron resueltas por autoridades que no son de competencia nacional; siendo el caso que el Despacho Viceministerial y la Direccion Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero, son instancias de competencia nacional conforme a lo establecido en el Articulo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; Que, asimismo, de conformidad con lo establecido en el Articulo 148º de la Constitucion Politica, concordante con el Articulo 8º inciso b) del citado Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos aprobado por Decreto Supremo Nº 00294-JUS, la Resolucion Viceministerial Nº 005-2002-PE puso fin al procedimiento administrativo, agotandose la via administrativa; por lo que, el recurso de revision resulta inadmisible; Con la opinion favorable de la Oficina General de Asesoria Juridica; y, De conformidad con lo dispuesto en el Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos aprobado por Decreto Supremo Nº 002-94JUS, aplicable al presente procedimiento en virtud de lo establecido en la Primera Disposicion Transitoria de la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Declarar inadmisible el recurso de revision interpuesto por PESQUERA MORDAZA MORDAZA S.A. contra la Resolucion Viceministerial Nº 005-2002-PE del 17 de enero de 2002, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA ROSSELLO Ministro de Pesqueria 9150

JUSTICIA
Designan Director General Adjunto de la Oficina General de Administracion
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 165-2002-JUS
MORDAZA, 22 de MORDAZA de 2002 CONSIDERANDO: Que se encuentra vacante el cargo de Director de Sistema Administrativo III, Director General Adjunto de la Oficina General de Administracion, Nivel F-4, del Ministerio de Justicia; Que a fin de garantizar la continuacion del servicio, es necesario designar al funcionario que desempene dicho cargo publico de confianza; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 560, Decreto Ley Nº 25993 y Ley Nº 27594; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Designar, a partir de la fecha al senor MORDAZA AYLEEM PITTMAN MORDAZA en el cargo de Director de Sistema Administrativo III, Director General Adjunto de la Oficina General de Administracion, Nivel F-4, del Ministerio de Justicia. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Justicia 9203

PESQUERIA
Declaran inadmisible recurso de revision interpuesto contra la R.VM. Nº 005-2002-PE
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 167-2002-PE
MORDAZA, 20 de MORDAZA del 2002 Visto el escrito de Registro Nº 01678001 del 25 de febrero de 2002 mediante la Direccion Regional de Pesqueria de MORDAZA eleva al Despacho Ministerial el Recurso de Revision interpuesto por PESQUERA MORDAZA MORDAZA contra la Resolucion Viceministerial Nº 005-2002-PE del 17 de enero de 2002; CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolucion Viceministerial Nº 0052002-PE se declaro infundado el recurso de apelacion interpuesto por el recurrente contra la Resolucion Directoral Nº 161-2001-PE/DNEPP, toda vez que quedo determinado en el expediente que la recurrente modifico la embarcacion pesquera MORDAZA MORDAZA para reducir la capacidad de bodega con el objeto de estar comprendida en el regimen establecido en la Ley Nº 26920, siendo el caso que la referida embarcacion pesquera sufrio un siniestro el dia 21 de MORDAZA del 2001 el cual determino su hundimiento, segun lo informado por la Direccion de Seguridad y Vigilancia Acuatica de la Direccion General de Capitanias y Guardacostas

Otorgan permisos de pesca a diversas personas naturales y juridicas para operar embarcaciones destinadas a la extraccion de los recursos atun y calamar gigante
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 145-2002-PE/DNEPP MORDAZA, 30 de MORDAZA del 2002 Visto los escritos con Registro Nº CE-00224001 de fechas 17, 23 y 24 de MORDAZA del 2002, presentados por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en representacion de la empresa INDUSTRIA ECUATORIANA DE ALIMENTOS C.A. - INEPACA CONSIDERANDO: Que el inciso c), del Articulo 43º del Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca, dispone que las personas naturales o juridicas requeriran de permiso de pesca para la operacion de embarcaciones pesqueras de bande-

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