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Pág. 223551 NORMAS LEGALES Lima, viernes 24 de mayo de 2002 Autorizan viaje de funcionario diplomático para participar en la Misión Comercial peruana a la República Po- pular China, Japón y Taiwan RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0532-2002-RE Lima, 23 de mayo de 2002 CONSIDERANDO: Que la política exterior del Perú es un instrumento para el desarrollo económico y social del país, la que se debe materializar en acciones concretas que, entre otros objeti- vos, promuevan decididamente las exportaciones perua- nas y la inversión extranjera en el país; Que, en coordinación con el sector privado y con los demás organismos del Estado, el Ministerio de Relaciones Exteriores ha definido estrategias para ampliar los merca- dos para nuestras exportaciones, identificándose como uno de los mecanismos más idóneos la realización de misio- nes empresariales multisectoriales en las que se optimi- cen esfuerzos públicos y privados, se difunda nuestra oferta exportable y se lleven a cabo reuniones para adoptar me- didas que faciliten e incrementen el intercambio comercial con el país visitado; Que el mercado del Asia representa un destino impor- tante para las exportaciones peruanas; Teniendo en cuenta lo expuesto en el Memorándum (OPE-PCO) Nº 405/2002, del Director Ejecutivo de Pro- moción Económica, del 15 de mayo de 2002; De conformidad con el inciso b) del Artículo 12º del Decreto Legislativo Nº 894, Ley del Servicio Diplomático de la República, de 24 de diciembre de 1996; el inciso m) del Artículo 5º del Decreto Ley Nº 26112, Ley Orgánica del Ministerio de Relaciones Exteriores, de 28 de diciembre de 1992; el Decreto Supremo Nº 048-2001-PCM, de 29 de abril de 2001, su modificatoria Decreto Supremo Nº 053- 2001-PCM, de 9 de mayo de 2001, y la Ley Nº 27619; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar el viaje del Ministro en el Ser- vicio Diplomático de la República, Eric Anderson Machado, Director de Promoción Comercial, para que participe en la Mi- sión Comercial peruana a la República Popular China, Japón y Taiwan entre los días 26 de mayo al 7 de junio de 2002. Artículo Segundo.- Los gastos que ocasione el cum- plimiento de la presente Resolución, serán cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exterio- res, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días al término de la referida Misión, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes: US$2 780,00 Viáticos: US$3 900,00 Tarifa uso aeropuerto: US$25,00 Artículo Tercero.- Dentro de los (15) días calendario siguientes al término de la citada reunión, el mencionado funcionario deberá presentar un informe de las acciones realizadas durante el viaje autorizado, ante el señor Minis- tro de Relaciones Exteriores. Artículo Cuarto.- La presente Resolución no da dere- cho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. DIEGO GARCÍA-SAYÁN Ministro de Relaciones Exteriores 9254 Aprueban Reglamento de Operación de las Oficinas Comerciales en el Exterior - OCEX RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0533-2002-RE Lima, 23 de mayo de 2002CONSIDERANDO: Que de acuerdo a lo establecido en los Artículos 5º y 23º del Decreto Ley Nº 26112, Ley Orgánica del Ministerio de Relaciones Exteriores, es función de este Sector coor- dinar las actividades de otros sectores públicos y entida- des privadas en las gestiones del Estado en el exterior, siendo fundamental dentro de esta función la labor de efec- tuar acciones en materia de promoción de exportaciones, atracción de inversiones e incremento del flujo turístico; Que las Oficinas Comerciales en el Exterior -OCEX- buscan establecer un servicio económico-comercial esta- ble en el exterior, de carácter profesional, que esté dedica- do a brindar apoyo y complementar la labor diplomática el exterior y que estarán orientadas a apoyar la promoción de las exportaciones de bienes y de servicios, las inversiones y el turismo a través de una acción concertada con el sec- tor privado y las diversas instituciones públicas relaciona- das a estos fines; Que la función de las OCEX es esencialmente técnica, debiendo estar a cargo de Consejeros y Agregados Eco- nómico Comerciales, quienes deben ser profesionales al- tamente especializados; Que es necesario determinar la naturaleza, finalidad, objetivos y funciones operativas de las OCEX, especifi- cando las líneas de trabajo y operatividad, así como las facultades y atribuciones del responsable de su conduc- ción; Que para ello es necesario aprobar un Reglamento de Operaciones, que regule las actividades de las OCEX; De conformidad con lo dispuesto por el inciso k) del Artículo 5º del Decreto Ley Nº 26112 - Ley Orgánica del Ministerio de Relaciones Exteriores; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el Reglamento de Operación de las Oficinas Comerciales en el Exterior -OCEX-, el mismo que consta de 4 capítulos, 21 artículos y 5 disposiciones transitorias y finales. Artículo 2º.- El presente reglamento entrará en vigen- cia el día de su publicación en el Diario Oficial. Regístrese, comuníquese y publíquese. DIEGO GARCÍA-SAYÁN Ministro de Relaciones Exteriores REGLAMENTO DE OPERACIONES DE LAS OFICINAS COMERCIALES DEL PERÚ EN EL EXTERIOR CAPÍTULO I DE LA NATURALEZA Y FINALIDAD Artículo 1º.- El presente regula la finalidad, objetivos, funciones y estructura de las Oficinas Comerciales del Perú en el Exterior, en adelante OCEX, especificando las líneas de autoridad y de dependencia. Artículo 2º.- Las OCEX son órganos dependientes de la Oficina de Promoción Económica de la Cancillería, y tie- nen por finalidad promover las exportaciones peruanas, tanto de bienes como de servicios, atraer las inversiones extranjeras hacia el Perú y fomentar el flujo turístico hacia nuestro país. Artículo 3º.- La Oficina Ejecutiva de Promoción Econó- mica de la Cancillería y las OCEX realizarán sus funcio- nes a través de una acción concertada con el sector priva- do y las diferentes instituciones públicas relacionadas a tales fines, de acuerdo a los lineamientos de política fija- dos por el Poder Ejecutivo. Artículo 4º.- Las OCEX tienen una duración indefinida y se encuentran sujetas a las disposiciones que emanan del Ministerio de Relaciones Exteriores y la política de pro- moción de exportaciones que fija el Poder Ejecutivo. CAPÍTULO II DE LOS OBJETIVOS Y FUNCIONES GENERALES Artículo 5º.- Las OCEX tienen por objetivo la promo- ción de la oferta exportable peruana, así como la apertura y consolidación de mercados de exportación, especial- mente de productos no tradicionales y servicios, proveer