Norma Legal Oficial del día 24 de mayo del año 2002 (24/05/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 41

MORDAZA, viernes 24 de MORDAZA de 2002

NORMAS LEGALES

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cacion pesquera "JULIO MORDAZA 2" ha modificado la matricula, en el extremo referido a la denominacion de puerto, la misma que se consigna como PL-15242-CM; por lo tanto habiendo cumplido con presentar los requisitos exigidos en el procedimiento Nº 20 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos, aprobado por Decreto Supremo Nº 020-2001-PE, deviene en declarar procedente la solicitud presentada por el recurrente; Estando a lo informado por la Direccion de Administracion Pesquera mediante Informe Nº 022-2002-PE/DNEPP-Dap-efj y con la opinion favorable de la Oficina General de Asesoria Juridica; De conformidad con lo establecido en el Articulo 43º inciso c) numeral 1) del Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca y su Reglamento; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Modificar el Articulo 1º de la Resolucion Directoral Nº 071-98-CTAR-LAMB/DRP, en el extremo referido a la denominacion de puerto consignado con la matricula PO-15242-CM de la embarcacion MORDAZA MORDAZA 2, la que en adelante se consignara como PL-15242-CM, manteniendose el permiso de pesca, en los mismos terminos y condiciones que fue otorgado inicialmente. Articulo 2º.- Dejar sin efecto la matricula PO-15242CM de la indicada embarcacion pesquera, en el extremo referido a la denominacion de puerto, consignada en el permiso de pesca otorgado a traves de la Resolucion Directoral Nº 071-98-CTAR-LAMB/DRP. Articulo 3º.- Incorporar la matricula PL-15242-CM, como matricula oficial de la embarcacion pesquera MORDAZA MORDAZA 2, asi como la presente Resolucion, al literal J) del Anexo I de la Resolucion Ministerial Nº 341-2001-PE y excluir el numero de matricula PO-15242-CM de dicho anexo. Articulo 4º.- Transcribir la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa y a las Direcciones Regionales de Tumbes, MORDAZA, MORDAZA, La MORDAZA, MORDAZA, Ica, MORDAZA, MORDAZA y Tacna, para los fines pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA HERBOZO MORDAZA Director Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero 9158

del Sistema Nacional de Atencion Integral del MORDAZA y Adolescente; Que, con fecha 16 de MORDAZA del 2001 se presenta al Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano el "Estudio de Evaluacion de la Gestion y Calidad de los Servicios Brindados por la Oficina de Adopciones" elaborado por un Equipo Consultor especializado, el mismo que senala una lista de recomendaciones para la optimizacion de la gestion de la Oficina de Adopciones, dependiente de la Gerencia de Promocion de la Ninez y Adolescencia del Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano que hasta la fecha no se han ejecutado; Que, debido a la aparicion de denuncias publicas sobre presuntas irregularidades en los procesos de adopciones y ante las solicitudes de diversas instituciones internacionales relacionadas con dicha materia, resulta necesario introducir cambios que ayuden a optimizar la gestion administrativa y tecnica de la Oficina de Adopciones; Que, de acuerdo a lo expuesto es necesario reorganizar y reestructurar la Oficina de Adopciones del Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano para otorgar al MORDAZA y adolescente peruano y a la sociedad en general un organismo eficiente en gestion y con una cobertura nacional acorde con los principios rectores del Plan Nacional de Accion por la Infancia; Que, asimismo mientras dure la reestructuracion mencionada, resultaria necesario suspender el inicio de nuevos tramites de adopcion, tanto nacionales como extranjeros, con el objeto de evitar que dichos procedimientos se vean afectados en su tramitacion regular hasta que se introduzcan los cambios que correspondan; Que, en observancia a la MORDAZA Tecnica 100-03 Estructura Organica del Estado, que corresponde a las Normas Tecnicas de Control Interno para el Sector Publico aprobadas mediante Resolucion de Contraloria Nº 072-98CG, corresponde a cada entidad publica organizarse internamente de acuerdo con sus fines, las disposiciones legales y administrativas existentes y los principios generales de organizacion, todo lo cual debe materializarse en el Reglamento de Organizacion y Funciones y el organigrama estructural correspondiente; De conformidad con lo dispuesto por el inciso 8) del Articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru, el Decreto Legislativo Nº 866 y modificatorias y el Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 012-98-PROMUDEH; DECRETA: Articulo 1º.- Declarese en reestructuracion a la Oficina de Adopciones de la Gerencia de Promocion de la Ninez y Adolescencia del Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano. Articulo 2º.- Constituyase una Comision de Reestructuracion de la Oficina de Adopciones. La Comision de Reestructuracion estara conformada por: - La Viceministra del Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano o quien esta delegue, quien la presidira. - Un representante del Instituto Nacional de Bienestar Familiar. - La Gerenta de la Gerencia de Promocion de la Ninez y Adolescencia. - Un representante de la Gerencia de Gestion Administrativa, quien desempenara las funciones de Secretaria Tecnica. Articulo 3º.- La Comision tendra como funciones evaluar y proponer los cambios y formular recomendaciones necesarias para la optimizacion de la gestion administrativa y tecnica de la Oficina de Adopciones; asimismo, debera elaborar los respectivos proyectos de directivas, reglamentos y demas normas requeridas para la consecucion de sus fines, con el objeto de gestionar su aprobacion de acuerdo a la normatividad de la materia. La Comision tendra la facultad de invitar a especialistas y representantes de diversas instituciones del Sector Publico y Privado para el cumplimiento de sus fines, y solicitar de estos la informacion adicional que requiera. Articulo 4º.- La Comision tendra un plazo MORDAZA de treinta (30) dias contados desde su instalacion para culminar con su encargo y presentar un informe final sobre la reestructuracion de la Oficina de Adopciones a nivel tecnico y administrativo, el mismo que sera entregado al Despacho Ministerial.

PROMUDEH
Declaran en reestructuracion a la Oficina de Adopciones de la Gerencia de Promocion de la Ninez y Adolescencia
DECRETO SUPREMO Nº 002-2002-PROMUDEH
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, es interes primordial del Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano, en concordancia con el Articulo IX del Titulo Preliminar del Codigo del MORDAZA y del Adolescente, velar por el interes superior del MORDAZA y del adolescente, Que, la mision principal del Plan Nacional de Accion por la Infancia 2002 - 2010 es fortalecer las capacidades del Estado, la sociedad civil, las familias y los propios ninos, ninas y adolescentes para concertar y desarrollar acciones orientadas a la vigencia de sus derechos, en un MORDAZA de valores democraticos, donde ninos, ninas y adolescentes son actores prioritarios en la agenda nacional; Que, conforme a las atribuciones senaladas en el Codigo de los Ninos y Adolescentes, compete al Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano dictar normas tecnicas y administrativas de caracter nacional y general sobre la atencion del MORDAZA y adolescente a fin de promover, proteger y hacer efectivos los derechos de las ninas, ninos y adolescentes, en su calidad de Ente Rector

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