Norma Legal Oficial del día 24 de mayo del año 2002 (24/05/2002)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 24 de MORDAZA de 2002

El Gerente General sera nombrado por Resolucion Directoral a propuesta del Consejo de Administracion. Debiendo laborar a tiempo completo. Articulo 29º.- La Gerencia General tiene la siguiente estructura organica: ORGANO DE DIRECCION - Gerencia General. ORGANO DE CONTROL - Oficina de Control Interno. ORGANOS DE ASESORAMIENTO - Oficina de Asesoria Juridica. - Oficina de Planificacion. ORGANOS DE APOYO - Secretaria. - Oficina de Personal. - Oficina de Informatica y Estadistica. - Oficina de Informacion. ORGANOS DE EJECUCION - Division de Contabilidad y Presupuesto. - Division de Logistica. - Division de Operaciones. Articulo 30º.- Son requisitos para desempenar el cargo de Gerente General: a) Ser MORDAZA PNP, egresado del INAEP o CAEM con experiencia comprobada en Administracion de preferencia en el area de salud y en el manejo economico, contable y financiero. b) Gozar de solvencia moral. c) Otros requisitos que senale el Consejo de Administracion. Articulo 31º.- Son atribuciones y funciones del Gerente General: a) Administrar, planificar, organizar, coordinar, conducir y ejecutar las acciones que le corresponda al FOSPOLI, de acuerdo a la Politica de Salud que establezca la Direccion General de la Policia Nacional. b) Ejecutar los Acuerdos del Consejo de Administracion. c) Poner en conocimiento del Consejo de Administracion las acciones desarrolladas en relacion a las observaciones y recomendaciones del Consejo de Vigilancia. d) Proponer al Consejo de Administracion la contratacion o nombramiento del Personal rentado o servicios de terceros que MORDAZA necesarios. e) Asistir obligatoriamente a las sesiones del Consejo de Administracion en las cuales participa con voz pero sin voto. f) Proponer al Consejo de Administracion los planes, proyectos o programas de la Gerencia General para su aprobacion. g) Proponer al Consejo de Administracion las medidas que MORDAZA necesarias respecto al personal administrativo del FOSPOLI. h) Suscribir conjuntamente con el Presidente del Consejo de Administracion la documentacion valorada. En caso de ausencia temporal, lo reemplazara el Oficial Superior mas antiguo de la Gerencia General. i) Proporcionar a los Consejos de Administracion y Vigilancia del FOSPOLI todas las informaciones que le MORDAZA solicitadas sobre el funcionamiento de la Gerencia General, siendo responsable de su veracidad. j) Presentar al Consejo de Administracion un mes MORDAZA de la fecha en que deben ser aprobados por este, el Anteproyecto de Presupuesto y Balance Anual del FOSPOLI, remitiendo una MORDAZA al Consejo de Vigilancia. k) Proponer al Consejo de Administracion la realizacion de auditorias y estudios actuariales y disponer la ejecucion de aquellos que senala la Ley. l) Informar mensualmente al Consejo de Administracion el avance Presupuestal y el Calendario de Compromisos de pagos. m) Mantener informado permanentemente al Consejo de Administracion de la marcha administrativa del FOSPOLI. n) Proponer al Consejo de Administracion para su aprobacion las normas y procedimientos correspondientes a su area, asi como su actualizacion.

o) Representar legalmente al FOSPOLI, ante las Autoridades Judiciales y Extrajudiciales. p) Establecer relaciones de coordinacion con Entidades de Salud estatal y privada. q) Suscribir los contratos y convenios por adquisicion de bienes y/o servicios no personales con diferentes entidades, los mismos que tendran vigencia durante el ejercicio contable de su gestion administrativa, previa aprobacion del Consejo de Administracion. Articulo 32º.- Son responsabilidades del Gerente General: a) El cumplimiento de la Ley y las normas internas del FOSPOLI. b) La conservacion y manejo de los fondos en MORDAZA, en bancos y en cuentas a nombre del FOSPOLI, a excepcion de los fondos remitidos a los Comites Administrativos Regionales, Subregionales y Departamentales. c) Velar por la existencia, regularidad y veracidad de los libros y documentos contables que el FOSPOLI debe llevar por mandato de Ley. d) La realizacion de inventarios semestrales en los almacenes de FOSPOLI, de medicinas, biomedicos, material de laboratorio, fotografico y fonotecnico, cuyas observaciones seran puestas de conocimiento del Consejo de Administracion y de la IG de la PNP, cuando el caso lo amerite. e) Los danos y perjuicios que se ocasionara al FOSPOLI por dolo, negligencia u omision en el cumplimiento de sus funciones. f) El ocultamiento de las irregularidades que observa y/ o MORDAZA de su conocimiento en las actividades del FOSPOLI. g) Remitir semestralmente al Consejo de Administracion, las respectivas estadisticas de pacientes cronicos por especialidades, a fin de optimizar la administracion de las medicinas y biomedicos. Articulo 33º.- Los Comites de Administracion Regionales, Subregionales y Departamentales son los organos ejecutivos, en los aspectos de Administracion, Economica, Contable y Financiera del FOSPOLI a nivel de su jurisdiccion; y dependen funcional, administrativa y disciplinariamente de la Jefatura de Region, Subregion o Departamental PNP respectivamente. Articulo 34º.- Los Comites de Administracion Regionales, Subregionales y Departamentales son los encargados de la administracion y ejecucion de los recursos materiales y economicos proporcionados por la Gerencia General FOSPOLI, para la atencion de sus beneficiarios, en MORDAZA con las disposiciones del Consejo de Administracion y lo prescrito en el presente Reglamento. Articulo 35º.- Los Comites de Administracion Regionales, Subregionales y Departamentales estan conformados por los cargos siguientes: - Presidente. - Dos (2) Vocales. - Secretario. Articulo 36º.- La Presidencia de los Comites de Administracion Regionales, Subregionales y Departamentales, seran ejercidas por un Oficial Superior PNP., las Vocalias por Oficiales Superiores Policias y de Sanidad PNP y la Secretaria por un Oficial Superior PNP, este ultimo a tiempo completo. El nombramiento del personal para dichos cargos sera por Resolucion de la Jefatura de Region respectiva. Los referidos Comites, utilizaran al personal y organizacion de la Sanidad PNP para la ejecucion de las acciones administrativas y financieras del FOSPOLI en su ambito. Articulo 37º.- En los Comites de Administracion Regionales, Subregionales y Departamentales FOSPOLI, el Secretario cumplira ademas las atribuciones, funciones y responsabilidades, contempladas en los Art s. 31º y 32º, a su nivel; para lo cual contara con asesoria medica, juridica y economica-contable-financiera de la Region, Subregion y Departamental. El Presidente de los respectivos comites sera quien convoque a sesiones ordinarias y extraordinarias. Articulo 38º.- Los Comites de Vigilancia Regionales, Subregionales y Departamentales, tendran la conformacion siguiente:

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