Norma Legal Oficial del día 31 de mayo del año 2002 (31/05/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

MORDAZA, viernes 31 de MORDAZA de 2002

NORMAS LEGALES

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7.2 Informacion que debe entregar la Comision Organizadora, para la elaboracion de los Anteproyectos de ROF de los Institutos Especializados, Direcciones de Salud, Direcciones de Redes de Salud y Hospitales. La Comision Organizadora, encargada de elaborar el Reglamento de la Ley del Ministerio de Salud, debera entregar a la Alta Direccion, para su aprobacion, en un plazo no mayor de 7 dias de aprobada la presente Directiva, la siguiente informacion, necesaria para la elaboracion de los ROF, CAP y PAP, por los Institutos Especializados, Direcciones de Salud, Direcciones de Redes de Salud y Hospitales: a) El listado y mision de cada uno de los Institutos Especializados. b) El listado de las Direcciones de Salud de MORDAZA y Callao. c) Los objetivos funcionales generales y modelo de organizacion general, de las Direcciones de Salud, Hospitales y Direcciones de Redes de Salud. 7.3 Informacion que debe entregar la Direccion General de Salud de las Personas, para la elaboracion de los anteproyectos de ROF de los Hospitales. La Direccion General de Salud de las Personas, se encargara de elaborar y entregar a la Alta Direccion para su aprobacion, la categorizacion de los Hospitales del Departamento de MORDAZA y de la Provincia Constitucional del Callao, en un plazo no mayor de 7 dias de aprobada la Directiva. 7.4 Acciones para la Elaboracion de anteproyectos de ROF, CAP y PAP 7.4.1 Las Direcciones y Oficinas Generales del Ministerio de Salud, deberan elaborar su Anteproyecto de CAP, en base a la propuesta de Objetivos Funcionales, presentadas ante la Comision Organizadora encargada de elaborar el Reglamento de la Ley Nº 27657 - Ley del Ministerio de Salud y segun las especificaciones y recomendaciones establecidas en los Anexos Nºs. 2 y 4. 7.4.2 La Oficina Ejecutiva de Racionalizacion, sera responsable de asesorar, racionalizar y consolidar en coordinacion con la Oficina General de Estadistica e Informatica, los Anteproyectos de CAP, de las unidades organicas del Ministerio de Salud y presentarlos a la Comision de Reestructuracion Institucional. 7.4.3 La Oficina Ejecutiva de Personal, sera responsable de elaborar el anteproyecto de PAP del Ministerio de Salud, en base al anteproyecto de CAP. 7.4.4 Las Oficinas de Racionalizacion y de Personal, o las que MORDAZA sus veces, en los Organismos Publicos Descentralizados, y Organos Desconcentrados, deberan elaborar los Anteproyectos de ROF, CAP y PAP y presentarlos a la Comision de Reestructuracion Institucional, en el plazo establecido en el cronograma del Anexo Nº 1, y segun los niveles organizacionales y cargos estructurales del Anexo Nº 2 y las especificaciones y recomendaciones establecidos en los instructivos de los Anexos Nº s. 3 y 4. 7.4.5 La Oficina Ejecutiva de Personal del Ministerio de Salud, coordinara y emitira las instrucciones, a las Oficinas de Personal o las que MORDAZA sus veces de los Organismos y Organos, para la elaboracion de los Anteproyectos de PAP 7.4.6 La Oficina Ejecutiva de Personal o las que MORDAZA sus veces en los Organos y Organismos del MINSA, deberan entregar a las Unidades Organicas de su entidad, la informacion de la nomina de personal en el formato ORG-02-CAP-2002 del Anexo Nº 4 y del PAP vigente, para la elaboracion del anteproyecto de CAP, en un plazo no mayor a 4 dias de aprobada la presente Directiva. 7.4.7 La Oficina Estadistica e Informatica en coordinacion con la Oficina Ejecutiva de Personal y la Oficina Ejecutiva de Racionalizacion , se encargara de elaborar una Base de Datos, que contenga la informacion de los CAP y PAP del Ministerio de Salud, sus Organos Desconcentrados y Organismos Publicos Descentralizados, para efectos de la consolidacion y procesamiento de la informacion respectiva. Para la Base de Datos del CAP, se deberan tomar en cuenta las columnas y MORDAZA de los formatos ORG01-CAP y ORG-02-CAP adjunto al Anexo Nº 4 y el formato del PAP que debe elaborar la Oficina Ejecutiva de Personal.

7.4.8 La Comision de Reestructuracion Institucional debera evaluar y consolidar la informacion de los Anteproyectos de CAP y PAP, para calcular el monto estimado del rubro de Remuneraciones de Personal, requerido para formular el Anteproyecto Presupuestal 2003 a nivel del pliego MINSA y los pliegos de sus Organismos Publicos Descentralizados. 7.5 Acciones para la elaboracion de Proyectos de ROF 7.5.1 La Comision de Reestructuracion Institucional, se encargara de elaborar los proyectos de ROF estandarizados de las Direcciones de Salud y de los Hospitales MORDAZA, de acuerdo al Reglamento de la Ley Nº 27657Ley del Ministerio de Salud. 7.5.2 Los Organismos Publicos Descentralizados y Organos Desconcentrados, deberan de elaborar y entregar su proyecto de ROF, a la Comision de Reestructuracion Institucional, en el plazo establecido en el Anexo Nº 1; de acuerdo al Reglamento de la Ley Nº 27657- Ley del Ministerio de Salud, y las especificaciones y recomendaciones establecidas en el instructivo del Anexo Nº 3. En los casos de las Direcciones de Salud y Hospitales, la elaboracion de los ROF sera de acuerdo al ROF estandarizado. 7.6 Acciones para la elaboracion de los Proyectos de CAP y PAP del Ministerio de Salud, sus Organos Desconcentrados y Organismos Publicos Descentralizados 7.6.1 Las Unidades Organicas del Ministerio de Salud, los Organos Desconcentrados y Organismos Descentralizados deberan elaborar y presentar ante la Comision de Reestructuracion Institucional, los proyectos de CAP y la Oficina Ejecutiva de Personal o las que MORDAZA sus veces; el proyecto de PAP, en los plazos establecidos en el Anexo Nº 1; y segun las especificaciones y recomendaciones establecidas en el instructivo del Anexo Nº 4. Los proyectos de CAP y PAP, podran incluir, las modificaciones que se deben producir por efecto de todas las acciones de personal que MORDAZA necesarias. 7.6.2 La Oficina Ejecutiva de personal , para la formulacion de los PAP, coordinara con la Oficina Ejecutiva de Presupuesto y se encargara de elaborar el instructivo de elaboracion del PAP y prestar el asesoramiento respectivo a Organos y Organismos. 7.6.3 La Comision de Reestructuracion Institucional, evaluara los proyectos de CAP y PAP y se encargara de evaluar y proponer las acciones de personal para la implementacion de los mismos, presentando el resultado a la Alta Direccion para su aprobacion. 7.6.4 La Comision de Reestructuracion Institucional , consolidara la informacion de los CAP y PAP aprobados y presentara las necesidades de incremento presupuestal para el ano 2003. VIII. Comision de Implementacion de los CAP del pliego Ministerio de Salud y pliegos de los Organismos Publicos Descentralizados. Se conformara una Comision para la gestion de los recursos e implementacion de los CAP, con los recursos humanos necesarios, en aplicacion a la Primera Disposicion Complementaria, Transitoria y Final de la Ley Nº 27657Ley del Ministerio de Salud; que estara conformada por: Un Asesor de la Alta Direccion, quien la presidira. El Director General de Administracion. El Director Ejecutivo de Personal. El Director Ejecutivo de Presupuesto. El Director Ejecutivo de Economia.

La Comision de Implementacion propondra las normas, dispositivos, actividades, plazo y cronograma, que MORDAZA necesarios a la Alta Direccion. IX. Anexos Anexo Nº 1 - Cronograma de Actividades. Anexo Nº 2 - Relacion estandarizada y jerarquizada de las Unidades Organicas y Cargos estructurales del Ministerio de Salud y sus Organos Desconcentrados. Anexo Nº 3 - Instructivo de Elaboracion de Anteproyecto y Proyecto de ROF. Anexo Nº 4 - Instructivo de Elaboracion del Anteproyecto y Proyecto de CAP.

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