Norma Legal Oficial del día 31 de mayo del año 2002 (31/05/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 20

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CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 31 de MORDAZA de 2002

Que, mediante Ley Nº 27153 se MORDAZA la explotacion de los juegos de casino y maquinas tragamonedas, designandose como autoridad competente a la Direccion Nacional de Turismo del Ministerio de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales; Que, de acuerdo con lo dispuesto en el Articulo 13º concordado con el literal a) del Articulo 25º de la Ley Nº 27153, para la explotacion de juegos de casino y maquinas tragamonedas se requiere de autorizacion expresa emitida por la Direccion Nacional de Turismo; Que, el Articulo 14º de la ley MORDAZA mencionada asi como los Articulos 18º y siguientes del Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 001-2000-ITINCI, establecen los requisitos que los solicitantes deben cumplir para acceder a la mencionada autorizacion; Que, de la evaluacion de la informacion presentada por la solicitante se advierte que ha cumplido con las disposiciones legales aplicables para obtener la autorizacion para explotar maquinas tragamonedas; Que, en observancia de los principios de Presuncion de Veracidad y de Privilegio de controles posteriores regulado en los numerales 1.7 y 1.16 del Articulo IV de la Ley Nº 27444, se presume la veracidad de la documentacion y/ o informacion presentada, no obstante, la Administracion en ejercicio de su facultad de fiscalizacion prevista en el Articulo 24º de la Ley Nº 27153, se reserva el derecho de verificar su autenticidad, y aplicar de ser el caso, la sancion administrativa correspondiente; Que, la solicitante tiene la obligacion de adecuarse de ser el caso, a las nuevas disposiciones que se expidan sobre la explotacion de juegos de casino y maquinas tragamonedas en nuestro pais; De conformidad con las Leyes Nºs. 27153 y 27444 y el Decreto Supremo Nº 001-2000-ITINCI, estando a lo opinado en los Informes Tecnico Nº 008-2002-MITINCI/VMT/ DNT/DEJCMT/DICF/R.A., Financiero Nº 012-2002-MITINCI/VMT/DNT/DEJCMT/AFCH y Legal Nº 184-2002-MITINCI/VMT/DNT/DEJCMT/DAR/APD; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar a la empresa HIGH IMPACT DESIGN & ENTERTAINMENT S.A., la explotacion de maquinas tragamonedas en la Sala de Juegos del Restaurante Cinco Tenedores Turistico: "Avant Garde", ubicado en la Av. Prolongacion MORDAZA Nº 5205, distrito de MORDAZA de MORDAZA, provincia y departamento de Lima. Articulo 2º.- La presente autorizacion faculta a la empresa HIGH IMPACT DESIGN & ENTERTAINMENT S.A., a explotar noventa (91) maquinas tragamonedas y mil cuarenta y una (1041) memorias solo de lectura, cuyas caracteristicas aparecen descritas en los anexos I y II de la presente Resolucion. Articulo 3º.- Para el inicio de operaciones el titular debera cumplir previamente con el procedimiento establecido en el Articulo 30º del Decreto Supremo Nº 001-2000-ITINCI; Articulo 4º.- De conformidad con lo establecido en el Articulo 24º de la Ley Nº 27153 y en concordancia con el MORDAZA de Privilegio de Controles Posteriores regulado en el numeral 1.16 del Articulo IV de la Ley Nº 27153, la Direccion Nacional de Turismo en ejercicio de su facultad de fiscalizacion, se reserva el derecho de verificar la informacion y/o documentacion presentada por la solicitante, asi como establecer las sanciones que puedan resultar aplicables ante cualquier discrepancia con la realidad de los hechos. Articulo 5º.- El plazo de vigencia de la autorizacion es de tres (3) anos calendario, contados a partir del dia siguiente de la publicacion de la presente Resolucion Directoral en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese MORDAZA MORDAZA MORDAZA S. Director Nacional de Turismo 9620

VISTO, el Acta Nº 128-2001-COPEPROAD-PNP de 18.DIC.2001, de la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios para los Servidores Civiles de la Policia Nacional del Peru, con relacion a la conclusion del MORDAZA administrativo disciplinario instaurado al EC AB PNP MORDAZA MORDAZA GIRON MORDAZA (55), CIP Nº 7003122; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Directoral Nº 10539-DIRPER-PNP del 29.NOV.2001, se instauro MORDAZA administrativo disciplinario al EC AB PNP MORDAZA MORDAZA GIRON MORDAZA, por la presunta comision de Incumplimiento de normas y Abandono de Cargo, al haber concurrido en estado de embriaguez a su centro de trabajo el 25.ABR.2001, faltando a sus labores injustificadamente del 6 al 9.ABR.2001 y del 29.ABR. al 3.MAY.2001, siendo reincidente en cometer faltas de esta naturaleza; Que, efectuada la notificacion de la indicada Resolucion Directoral y transcurrido el plazo establecido, el procesado presento su descargo escrito ante la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios para los Servidores Civiles de la Policia Nacional del Peru, desvirtuando en parte los cargos imputados; Que, la citada Comision estudio y analizo los actuados inherentes al MORDAZA seguido contra el referido servidor, observando las garantias y procedimientos sobre el particular, estableciendo que la accion realizada constituye falta disciplinaria grave; sin embargo, merituando su descargo, que obra como atenuante, acordaron por unanimidad recomendar al Despacho Ministerial se le imponga la sancion de DIEZ (10) dias de Suspension sin goce de remuneraciones; Que, de conformidad a los Arts. 26º Inc. b) y 28º Incs. a) y k) del Decreto Legislativo Nº 276 -Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, y al Art. 155º Inc. b) de su Reglamento, aprobado por D.S. Nº 005-90-PCM de 17.ENE.90; Lo recomendado por la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios para los Servidores Civiles de la Policia Nacional del Peru, en el Acta Nº 1282001-COPEPROAD-PNP de 18.DIC.2001; Lo propuesto por el General Director de Personal de la Policia Nacional del Peru; y, Lo opinado por el General de Policia Director General de la Policia Nacional del Peru; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Sancionar al EC AB PNP MORDAZA MORDAZA GIRON MORDAZA, con DIEZ (10) dias de Suspension sin goce de remuneraciones; por Faltas Disciplinarias (incumplimiento de normas e inasistencias injustificadas a sus labores). Articulo 2º.- Entiendase notificada la presente Resolucion al interesado a partir del dia siguiente de su notificacion y/o publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA C. Ministro del Interior 8191

Autorizan a procurador iniciar acciones para que inmueble ocupado por el Puesto Preventivo PNP Otuzco forme parte del patrimonio del Estado
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0782-2002-IN/PNP
MORDAZA, 9 de MORDAZA del 2002 VISTO el expediente administrativo relacionado con el saneamiento fisico legal del inmueble ubicado en la Av. MORDAZA s/n, distrito y provincia de Otuzco; CONSIDERANDO: Que, el terreno en una extension aproximada de 73.50 m2, fue donado a la PNP por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

INTERIOR
Sancionan con suspension a servidor de la PNP
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0745-2002-IN/PNP
MORDAZA, 3 de MORDAZA del 2002

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