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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2002 (22/11/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 8

Pág. 233682 NORMAS LEGALESNORMAS LEGALESNORMAS LEGALESNORMAS LEGALESNORMAS LEGALES Lima, viernes 22 de noviembre de 2002 7.5. En los casos en que el precio referencial de elabo- ración de un estudio a nivel de perfil o de prefactibilidad de un PIP individual supere las 60 Unidades Impositivas Tri- butarias (UIT) o un estudio de factibilidad supere las 200 UIT, se requiere la aprobación expresa de la DGPM a los Términos de Referencia de dicho estudio como requisito previo a su elaboración o contratación. Para ello, la UF deberá remitir su propuesta de Términos de Referencia a la OPI responsable funcionalmente, la que deberá revisar- los y con su aprobación, remitirlos a la DGPM. 7.6. Durante esta fase, las UE pondrán a disposición de la DGPM y de las OPI toda la información referente al PIP, en caso éstas la soliciten. Artículo 8º.- Proceso para la evaluación del Perfil8.1. La UF elabora el Perfil, lo registra en el Banco de Proyectos, el mismo que asigna automáticamente la OPI responsable de su evaluación y remite el Perfil a dicha OPI acompañado de la Ficha de Registro (Formato SNIP-02), sin la cual no se podrá iniciar la evaluación. 8.2. Al momento de registrar el PIP, la selección de la función, programa y subprograma, deberá realizarse con- siderando el área del servicio en el que el PIP va a interve- nir, independientemente de la codificación presupuestal utilizada. 8.3. La OPI recibe el Perfil, verifica su registro en el Banco de Proyectos y registra la fecha de su recepción. Evalúa el PIP, emite un Informe Técnico y registra en el Banco de Proyectos dicha evaluación. Con dicho informe, el mismo que siempre debe ser puesto de conocimiento de la UF, la OPI puede: a. Observar el estudio; b. Aprobar el Perfil y recomendar otro nivel de estu- dios; c. Aprobar el Perfil y solicitar la declaración de viabili- dad del PIP a la DGPM, en cuyo caso se remite el Perfil, acompañado del Informe Técnico y el Formato SNIP-04; d. Rechazar el PIP. 8.4. En caso que la OPI solicite la viabilidad del proyec- to con estudios a nivel de Perfil, una vez recibidos los do- cumentos mencionados en el literal c) precedente, la DGPM verifica el registro del PIP, el registro de la evaluación de la OPI y registra la fecha de su recepción en el Banco de Proyectos. La DGPM evalúa el PIP, emite un Informe Téc- nico y registra dicha evaluación en el Banco de Proyectos. El Informe Técnico será remitido a la OPI (con copia a la UF). Con dicho informe puede: a. Observar el estudio; b. Recomendar otro nivel de estudios; c. Declarar la viabilidad del PIP; en cuyo caso acompa- ña al Informe Técnico el Formato SNIP-05; d. Rechazar el PIP. 8.5. En el siguiente gráfico se esquematiza el proceso de presentación y evaluación del Perfil. Elaboración de Perfil Perfil del proyectoUF OPI Evalúa Perfil ¿Observa? NoFin Mejora del Perfil Perfil Aprobado Si¿Solicitud de viabilidad? NoDGPM Evalúa Perfil ¿Observa?Si No¿Requiere Estudios adicionales?Si Declaración de viabilidad2 2 11 Si No Autorización siguiente estudio¿Rechaza? ¿Rechaza?SiSi No NoElaboración de Perfil Perfil del proyectoUF OPI Evalúa Perfil ¿Observa? NoFin Mejora del Perfil Perfil Aprobado Si¿Solicitud de viabilidad? NoDGPM Evalúa Perfil ¿Observa?Si No¿Requiere Estudios adicionales?Si Declaración de viabilidad2 2 11 Si No Autorización siguiente estudio¿Rechaza? ¿Rechaza?SiSi No NoArtículo 9º.- Proceso para la evaluación del estudio de Prefactibilidad 9.1. La UF sólo puede elaborar el estudio de Prefactibi- lidad después de aprobado el perfil por parte de la OPI. 9.2. La UF elabora el estudio de Prefactibilidad, actua- liza la información registrada en el Banco de Proyectos y remite el estudio de Prefactibilidad a la OPI acompañado de la Ficha de Registro - Banco de Proyectos actualizada (Formato SNIP-02). 9.3. La OPI recibe el estudio, verifica su actualización en el Banco de Proyectos y registra la fecha de su recepción. Evalúa el PIP, emite un Informe Técnico y registra en el Banco de Pro- yectos dicha evaluación. Con dicho informe, el mismo que siem- pre debe ser puesto de conocimiento de la UF, la OPI puede: a. Observar el estudio; b. Aprobar el estudio de Prefactibilidad y solicitar a la DGPM autorización para la elaboración del estudio de Fac- tibilidad; c. Aprobar el estudio de Prefactibilidad y solicitar la de- claración de viabilidad del PIP a la DGPM; en cuyo caso se remite el estudio de Prefactibilidad, acompañado del In- forme Técnico y el Formato SNIP-04; d. Rechazar el PIP. 9.4. En caso que la OPI solicite la declaración de viabilidad del proyecto, una vez recibidos los documentos mencionados en el literal c) precedente, la DGPM verifica la actualización de la información registrada por la UF y por la OPI y registra la fecha de su recepción en el Banco de Proyectos. La DGPM evalúa el PIP, emite un Informe Técnico y registra dicha evalua- ción en el Banco de Proyectos. El Informe Técnico será remiti- do a la OPI (con copia a la UF). Con dicho informe puede: a. Observar el estudio; b. Recomendar la elaboración del estudio de Factibili- dad; c. Declarar la viabilidad del PIP; en cuyo caso acompa- ña al Informe Técnico el Formato SNIP-05; d. Rechazar el PIP. 9.5. En el siguiente gráfico se esquematiza el proceso de presentación y evaluación del estudio de Prefactibilidad. Elaboración de Pre factibilidad Estudio de Pre FactibilidadUF OPI Evalúa Estudio Mejora del Estudio Estudio AprobadoDGPM Evalúa Estudio 21Autoriza elaboración de Pre fact. ¿Solicitud factibilidad? NoSi 3Autoriza estudio de Factibilidad¿Observa? NoFin ¿Observa? Si2Si No¿Rechaza? ¿Rechaza?Si Si No No4 1Evalúa Estudio3 ¿Observa? Si2 No¿Rechaza? Si No4 Solicitud de viabilidadDeclaración de viabilidadNo¿Requiere Estudios adicionales?SiElaboración de Pre factibilidad Estudio de Pre FactibilidadUF OPI Evalúa Estudio Mejora del Estudio Estudio AprobadoDGPM Evalúa Estudio 21Autoriza elaboración de Pre fact. ¿Solicitud factibilidad? NoSi 3Autoriza estudio de Factibilidad¿Observa? NoFin ¿Observa? Si2Si No¿Rechaza? ¿Rechaza?Si Si No No4 1Evalúa Estudio3 ¿Observa? Si2 No¿Rechaza? Si No4 Solicitud de viabilidadDeclaración de viabilidadNo¿Requiere Estudios adicionales?Si Artículo 10º.- Proceso para la evaluación del estu- dio de Factibilidad 10.1. La UF sólo puede elaborar el estudio de Factibili- dad después de recibida la autorización de la DGPM. 10.2. La UF elabora el estudio de Factibilidad, actualiza la información registrada en el Banco de Proyectos y remite el estudio de Factibilidad a la OPI acompañado de la Ficha de Registro - Banco de Proyectos actualizada (Formato SNIP-02). 10.3. La OPI recibe el estudio, verifica su actualización en el Banco de Proyectos y registra la fecha de su recep- ción. Evalúa el PIP, emite un Informe Técnico y registra en el Banco de Proyectos dicha evaluación. Con dicho infor- me, el mismo que siempre debe ser puesto de conocimiento de la UF, la OPI puede: