Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2002 (22/11/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 18

Pág. 233692 NORMAS LEGALESNORMAS LEGALESNORMAS LEGALESNORMAS LEGALESNORMAS LEGALES Lima, viernes 22 de noviembre de 2002 efecto, a colaborar con parte de la construcción del inmue- ble perteneciente a los beneficiarios ubicado en el Jirón Hanancusco N° 942. Urbanización Tahuantinsuyo Cuarta Zona, distrito de Independencia, Lima. DÉCIMA PRIMERA: Homologación del presente acuerdo. El Estado, por medio de su agente; la Comisión Intera- mericana de Derechos Humanos, los familiares de las víc- timas y sus representantes legales, presentarán de mane- ra conjunta el presente acuerdo a consideración de la Cor- te Interamericana de Derechos Humanos, para su homo- logación en la sentencia de reparaciones que correspon- de. Dicha sentencia se ejecutará de conformidad con lo establecido en el presente acuerdo, los propios términos de la sentencia y el artículo 151 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. DÉCIM0 SEGUNDA: Interpretación del presente acuerdo. El presente acuerdo se interpretará de conformidad con el principio de buena fe. En caso de diferencias en la inter- pretación o ejecución del mismo, las partes tratarán de arri- bar a una interpretación conjunta o a un acuerdo mediante diálogo directo. En caso ello no sea posible, cualquiera de las partes podrá solicitar a la Corte Interamericana de De- rechos Humanos la interpretación correspondiente, con base en la sentencia que apruebe el acuerdo. Suscrito en Lima a los veinteséis días del mes de no- viembre del año 2001, en nueve originales. POR EL ESTADO:ALEJANDRO TOLEDO MANRIQUE Presidente Constitucional de la República LUIS FERNANDO OLIVERA VEGA Ministro de Justicia CARLOS BRUCE MONTES DE OCA Ministro de la Presidencia LUIS MARÍA SANTIAGO EDUARDO SOLARI DE LA FUENTE Ministro de Salud LUZ DORIS SANCHEZ PINEDO DE ROMERO Ministra de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano FAMILIARES DE LAS VÍCTIMAS:VIRGINIA BONIFACIA UGARTE RIVERA DE DURAND D.N.I. Nº 07152991 NOLBERTO DURAN VARGAS D.N.I. Nº 07125290 REPRESENTANTES LEGALES DE LOS FAMILIARES DE LAS VÍCTIMAS: CARLOS MARTIN RIVERA PAZ D.N.I. Nº 06679481 Instituto de Defensa Legal (IDL) VIVIANA KRSTICEVIC Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL) 20638 Autorizan a asociación el funcionamien- to de centro de conciliación con sedeen la ciudad de Lima RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 264-2002-JUS Lima, 18 de noviembre de 2002 Vista la solicitud de Registro Nº 24319, de fecha 23 de setiembre de 2002, de la asociación civil denominada ASO- CIACIÓN CIVIL HARMONY y el Informe Nº 1844-2002- JUS/STC;CONSIDERANDO: Que, la mencionada asociación civil ha solicitado auto- rización para el funcionamiento del Centro de Conciliación denominado "ASOCIACIÓN HARMONY", con sede en la ciudad de Lima; Que, según Informe Nº 1844-2002-JUS/STC, la recu- rrente cumple con los requisitos establecidos en los artí- culos 24º y 27º, de la Ley Nº 26872, Ley de Conciliación, y los artículos 42º, 44º y 45º del Reglamento de la Ley de Conciliación, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98- JUS, modificado por Decreto Supremo Nº 016-2001-JUS, por lo que es procedente autorizar el funcionamiento de su Centro de Conciliación; Que, de conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, Decreto Ley Nº 25993 - Ley Or- gánica del Sector Justicia, Decreto Supremo Nº 019-2001- JUS, que aprueba el Reglamento de Organización y Fun- ciones del Ministerio de Justicia, Decreto Supremo Nº 039- 2001-JUS, que precisa alcances de las funciones del Vi- ceministro, Ley Nº 26872 - Ley de Conciliación, modificada por Ley Nº 27398 y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98-JUS, modificado por Decreto Supre- mo Nº 016-2001-JUS; SE RESUELVE: Artículo 1º.- AUTORIZAR, a la asociación civil deno- minada ASOCIACIÓN CIVIL HARMONY, el funcionamien- to del Centro de Conciliación denominado "ASOCIACIÓN HARMONY", con sede en la ciudad de Lima. Artículo 2º.- El Ministerio de Justicia en aplicación de la Ley de Conciliación y su Reglamento, supervisará el correcto funcionamiento del Centro de Conciliación y apli- cará, cuando corresponda, las medidas pertinentes de acuerdo a sus atribuciones. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALFREDO SOLF MONSALVE Viceministro de Justicia 20524 MIMDES Aprueban donaciones efectuadas a fa- vor de instituciones religiosas, destina-das a ancianos, pueblos jóvenes y me-nores de escasos recursos RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 670-2002-MIMDES Lima, 20 de noviembre de 2002Vistos la Carta de Donación de fecha 23 de mayo de 2002, emitido por la entidad donante Centru Animazzjoni Missjunar- ja, con Sede en Venera, Malta, a favor de la Asociación Con- gregación Sociedad Misionera de San Pablo - Arequipa; CONSIDERANDO : Que, mediante el documento de vistos la Institución Centru Animazzjoni Missjunarja, con Sede en Venera, Mal- ta, ha efectuado la donación consistente en 584 cartones de artículos de oficina, shampoo, platos, tazas, sartén, ropa, asortimiento de riel para cortina, conservas de comida, bomba eléctrica para agua, un (1) paquete de equipo este- rilizador, una (1) presionadora de uvas, una (1) moledora de uvas, un (1) porongo de plástico, tres (3) seguros de aire, tres (3) paquetes de corchos, tres (3) jarras de vidrio, dos refrigeradoras, dos (2) sierras de pared, un (1) horno microondas, tres (3) luces exteriores con sensores, tres (3) sensores, dos (2) escaleras, una (1) cocina a gas, vein- te (20) tubos de metal, una (1) sierra de metro, pinturas, material de tela, harina, cola para mayólica, una (1) máqui- na de coser, tres (3) máquinas de escribir, tres (3) paque- tes de tiras de madera, medicinas y material médico, una (1) cocina de gas de mesa y un (1) horno, con un peso bruto aproximado de 10,000 Kgs. y un valor CIF de US$ 14,587.88 (CATORCE MIL QUINIENTOS OCHENTA Y SIE- TE Y 88/100 DÓLARES AMERICANOS) a favor de la Aso- ciación Congregación Sociedad Misionera de San Pablo - Arequipa, amparados entre otros documentos en el Cono-