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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2002 (28/11/2002)

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Pág. 234134 NORMAS LEGALES Lima, jueves 28 de noviembre de 2002 datos al Concejo Provincial de Chincheros por el Movi- miento Nueva Izquierda; CONSIDERANDO: Que el ciudadano Máximo Medina Salazar, candidato a la alcaldía del Concejo Provincial de Chincheros, depar- tamento de Apurímac, por la organización política Movi- miento Nueva Izquierda, es director de un centro educa- tivo estatal y no ha solicitado licencia sin goce de haber, tal como lo reconoce el personero impugnante en su escrito de apelación; Que de conformidad con lo establecido por el artículo 8º, numeral 8.1, literal e), de la Ley de Elecciones Municipa- les Nº 26864, no pueden ser candidatos en las elecciones municipales los trabajadores y funcionarios de los Poderes Públicos, así como de los organismos y empresas del Es- tado y de las Municipalidades, si no solicitan licencia sin goce de haber, la misma que debe serles concedida treinta días naturales antes de la elección; supuesto en el que se encuentra don Máximo Medina Salazar, estando, en con- secuencia, impedido de ser candidato; El Jurado Nacional de Elecciones, administrando jus- ticia en materia electoral, conforme lo dispone el numeral 4) del artículo 178º de la Carta Magna, y por los mismos fundamentos de la apelada; RESUELVE: Artículo Primero.- Declarar INFUNDADO el recur- so de apelación interpuesto por Marino Salazar Ortega; y, en consecuencia, CONFIRMAR la Resolución Nº 030- 2002-JEE-AND-F de 10 de noviembre de 2002 expedida por el Jurado Electoral Especial de Andahuaylas. Artículo Segundo.- Poner en conocimiento del Ju- rado Electoral Especial de Andahuaylas y de la parte interesada el contenido de la presente resolución; devol- viéndose los autos al Jurado Electoral de origen. Regístrese, comuníquese y publíquese SS. SÁNCHEZ PALACIOS PAIVA BOLÍVAR ARTEAGA SOTO VALLENAS VELA MARQUILLÓ BALLÓN-LANDA CÓRDOVA, Secretario General 20915 Confirman resolución del Jurado Electoral Especial de Huari que decla- ró válidos votos consignados en acta RESOLUCION Nº 792-2002-JNE Expediente Nº 1616-2002 Lima, 26 de noviembre de 2002 Vista en audiencia pública de la fecha la apelación interpuesta por el personero legal del Partido Democrá- tico "Somos Perú" de la Resolución Nº 542-2002-JEE-HI de 19 del presente mes expedida por el Jurado Electoral Especial de Huari, que declara válidos los votos consig- nados en el Acta Nº 161387, y dado cuenta con el acta de garantía correspondiente a este Jurado Nacional; CONSIDERANDO: Que las nulidades sólo se declaran por causal señala- da en la ley; Que como establece el Reglamento del Procedimiento aplicable a las actas con errores materiales, aprobado por Resolución Nº 693-2002-JNE de 18 de octubre último, si el número de votantes que aparece en el acta es mayor que la cifra obtenida de la suma de los votos válidos consigna- dos a favor de cada organización política participante, más los votos en blanco, nulos e impugnados, se mantendrá la votación de cada organización política; El Jurado Nacional de Elecciones en ejercicio de la facultad concedida por el artículo 178º inciso 4) de la Constitución Política del Estado;RESUELVE: Artículo Único.- Confirmar la Resolución apelada Nº 542-2002-JEE-Hi de 19 del presente mes expedida por el Jurado Electoral Especial de Huari que declara válidos los votos consignados en el Acta Nº 161387, e integrándola declararon infundado el pedido de nulidad formulado por el personero legal del Partido Democráti- co "Somos Perú". Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. SÁNCHEZ-PALACIOS PAIVA BOLÍVAR ARTEAGA SOTO VALLENAS VELA MARQUILLÓ BALLÓN-LANDA CÓRDOVA Secretario General 20916 Convocan a candidatos no proclama- dos para que asuman cargos de regi- dores de los Concejos Provinciales de Pachitea y Antabamba y Distrital de Ate RESOLUCIÓN Nº 794-2002-JNE Lima, 26 de noviembre de 2002 VISTO, el Oficio Nº 527-2002-MPP/A presentado por don Oriol Demetrio Aquino Pérez, Alcalde del Concejo Provincial de Pachitea, departamento de Huánuco; CONSIDERANDO: Que por Resolución Nº 689-2002-JNE de fecha 15 de octubre del 2002, se declaró la vacancia del cargo de Regidor de don Pascual Evaristo Retis, del Concejo Pro- vincial de Pachitea; en consecuencia, debe incorporarse a don Pedro Tolentino Sabino, candidato no proclamado del Movimiento Independiente Vamos Vecino; RESUELVE: Artículo Único.- Convocar a don Pedro Tolentino Sabino, candidato no proclamado del Movimiento Inde- pendiente Vamos Vecino, para que asuma el cargo de Regidor del Concejo Provincial de Pachitea, departa- mento de Huánuco, para completar el período de gobier- no municipal 1999 - 2002, debiéndosele otorgar la cre- dencial respectiva; dejándose sin efecto el artículo ter- cero de la Resolución Nº 689-2002-JNE. Regístrese, comuníquese y publíquese SS. SÁNCHEZ-PALACIOS PAIVA BOLÍVAR ARTEAGA SOTO VALLENAS VELA MARQUILLÓ ROMERO ZAVALA BALLÓN-LANDA CÓRDOVA, Secretario General. 20918 RESOLUCIÓN Nº 797-2002-JNE Exp. Nº 659-2002-Comunicación Lima, 26 de noviembre de 2002 VISTO: El Oficio Nº 124-2002-MPA-A, remitido por Rolando Casaverde Zela, Alcalde del Concejo Provincial de Anta- bamba, departamento de Apurímac, comunicando la declaratoria de vacancia del cargo de Regidora corres-