Norma Legal Oficial del día 11 de septiembre del año 2002 (11/09/2002)


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NORMAS LEGALES
VISTA:

MORDAZA, miercoles 11 de setiembre de 2002

Autorizan adecuacion de MORDAZA del Peru S.A. a la Ley Nº 26702 como Empresa de Transferencia de Fondos
RESOLUCION SBS Nº 847-2002 MORDAZA, 3 de setiembre de 2002 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS VISTA: La solicitud de fecha 9 de noviembre de 2000 presentada por la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA Panizo, en su condicion de Accionista y Gerente General de MORDAZA del Peru S.A., para que se autorice la adecuacion de su representada a la Ley Nº 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros, como Empresa de Transferencia de Fondos; CONSIDERANDO: Que, la Decima Disposicion Transitoria de la Ley General establece que las Empresas de Transferencia de Fondos, en actual operacion se adecuaran a lo dispuesto en la Ley General en un plazo que senalara este Organo de Control. Al efecto, someteran el plan respectivo a la aprobacion de esta institucion; Que, con tal finalidad esta Superintendencia emitio las Circulares Nºs. ETF-002-97 del 29 de setiembre de 1997 y ETF-004-99 del 11 de noviembre de 1999, estableciendo los requisitos y plazos para la adecuacion de las Empresas de Transferencia de Fondos, en actual existencia; Que, la empresa MORDAZA del Peru S.A. ha cumplido con todas las formalidades exigidas en las Circulares MORDAZA mencionadas, conforme consta en el Informe de Visita de Comprobacion DESF "F" Nº 045/VI-2002, Informe Nº DESF "F" 101-2002 del Departamento de Evaluacion del Sistema Financiero "F", en los Informes Nºs. 171-98SAAJ, 475-98-AJ, 545-98-AJ, 714-98-AJ, 798-98-AJ y 1188-98-LEG y 1030-2000-LEG de la Superintendencia Adjunta de Asesoria Juridica, y en el Informe Nº 001-98ON de la Oficina de Normatividad (hoy Departamento de Regulacion), verificandose que dicha empresa se encuentra apta para la realizacion de sus operaciones; Que, dicha empresa ha cumplido con efectuar las publicaciones exigidas en el numeral 3.2 de la Circular Nº ETF-002-97, habiendo remitido a esta Superintendencia la documentacion sustentatoria pertinente; Estando a lo opinado por las Superintendencias Adjuntas de Banca y de Asesoria Juridica; y, En uso de las atribuciones conferidas por la Ley General; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar a partir de la fecha, la adecuacion de la empresa MORDAZA del Peru S.A. a lo dispuesto en la Ley General y en la Circular SBS Nº ETF-002-97 del 29 de setiembre de 1997 y sus modificatorias, como Empresa de Transferencia de Fondos. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MARTHANS MORDAZA Superintendente de Banca y Seguros 16194

La solicitud presentada por la senorita MORDAZA Mariella MORDAZA MORDAZA para que se le autorice la inscripcion en el Registro del Sistema de Seguros Seccion A: Personas Naturales del Libro II: de los Corredores de Seguros; y, CONSIDERANDO: Que, por Resolucion SBS Nº 1058-99 de fecha 30 de noviembre de 1999, se establecio los requisitos formales para la inscripcion de los Corredores de Seguros; Que, la solicitante ha cumplido con los requisitos formales exigidos por la citada MORDAZA administrativa; Que, la Superintendencia Adjunta de Seguros mediante Convocatoria Nº 15-2002-DASIA celebrada el 12 de agosto de 2002, en concordancia con lo dispuesto en el articulo 9º del Reglamento del Registro del Sistema de Seguros ha calificado y aprobado la inscripcion respectiva en el indicado Registro; y, En uso de las atribuciones conferidas por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros Ley Nº 26702, y sus modificatorias; y en virtud de la facultad delegada por la Resolucion SBS Nº 003-98 del 7 de enero de 1998 y la Resolucion SBS Nº 565-2000 del 23 de agosto de 2000; RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar la inscripcion de la senorita MORDAZA Mariella MORDAZA MORDAZA con matricula Nº N-3554 en el Registro del Sistema de Seguros Seccion A: Personas Naturales Libro II: de los Corredores de Seguros que lleva esta Superintendencia. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA FRENCH YRIGOYEN Superintendente Adjunto de Seguros (a.i.) 16197

UNIVERSIDADES
Imponen sanciones de separacion definitiva y suspension a docentes de la Universidad Nacional del Callao
UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CALLAO TRIBUNAL DE HONOR 2002-2003 RESOLUCION Nº 001-2002-TH/UNAC Callao, 23 de MORDAZA del 2002 El Tribunal de Honor de la Universidad Nacional del Callao; en Sesion de Trabajo del 19 de MORDAZA del 2002; Visto: el Oficio Nº 127-02-OSG, del 24 de Junio 2002, mediante el cual remiten los Expedientes Nº 52821-5391452973, 53985, 53994, 53995 y 54216 a efectos de la sustanciacion del MORDAZA Administrativo Disciplinario instaurado a los Profesores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA HERBER MORDAZA MORDAZA, adscritos a la Facultad de Ingenieria Electrica y Electronica de la Universidad Nacional del Callao, anexandose los Expedientes Administrativos Originales, asi como documentacion original que se ha recaudado en el presente MORDAZA administrativo; sobre faltas disciplinarias y; CONSIDERANDO: 1. Que, constituye un MORDAZA constitucional y legal inherente a las universidades gobernarse de acuerdo a su Estatuto, conforme lo dispone el inciso a) del Art.4º de la Ley Universitaria Nº 23733. 2. Que, asi mismo el Articulo 287º del Normativo Estatutario que rige esta MORDAZA Superior de Estudios establece que el Tribunal de Honor constituye una de las Instancias en Procesos Administrativos incoados a docentes universitarios, con capacidad de resolver;

Autorizan inscripcion de persona natural en el Registro del Sistema de Seguros
RESOLUCION SBS Nº 853-2002 MORDAZA, 4 de setiembre de 2002 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE SEGUROS

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