Norma Legal Oficial del día 11 de septiembre del año 2002 (11/09/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 80

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PROYECTO

MORDAZA, miercoles 11 de setiembre de 2002

- Los Gastos de Capital no exceden de DIEZ MIL CINCUENTA MILLONES DOSCIENTOS NOVENTA Y DOS MIL SETECIENTOS SESENTA Y UNO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 10 050 292 761,00). - El Servicio de la Deuda Interna no excede de DOS MIL QUINIENTOS TREINTA MILLONES CUATROCIENTOS SETENTA Y DOS MIL CIENTO SESENTA Y CUATRO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 2 530 472 164,00). - El Servicio de la Deuda Externa no excede de SIETE MIL CUATROCIENTOS TRECE MILLONES DOSCIENTOS SESENTA Y SIETE MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 7 413 267 000,00). b) Para financiar los gastos senalados en el inciso a) los recursos publicos se estiman en CUARENTA Y CUATRO MIL QUINIENTOS DIECISEIS MILLONES SEIS MIL TRESCIENTOS CINCO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 44 516 006 305,00). Los Recursos Publicos en referencia se distribuyen de la siguiente manera: - Los Recursos Ordinarios por el monto de VEINTINUEVE MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y OCHO MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 29 348 000 000,00). - Los Recursos por Canon y Sobrecanon por el monto de CUATROCIENTOS CUARENTA Y NUEVE MILLONES SEISCIENTOS SESENTA Y SEIS MIL SEISCIENTOS TREINTA Y SIETE Y 00/100 NUEVOS SOLES ( S/. 449 666 637,00). - La Participacion en Rentas de Aduanas por el monto de CIENTO TREINTA MILLONES SETECIENTOS MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 130 700 000,00). - Las Contribuciones a Fondos por el monto de NOVECIENTOS CINCUENTA Y DOS MILLONES CUATROCIENTOS TREINTA Y TRES MIL SEISCIENTOS CATORCE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 952 433 614,00). - Los Recursos del Fondo de Compensacion Municipal por el monto de MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y SIETE MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 1 397 000 000,00). - Los Recursos Directamente Recaudados por el monto de DOS MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y OCHO MILLONES QUINIENTOS CUARENTA Y SEIS MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y DOS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 2 648 546 292,00). - Los Recursos por Operaciones Oficiales de Credito Interno por el monto de MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y CUATRO MILLONES OCHOCIENTOS TREINTA Y SEIS MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 1 844 836 000,00). - Los Recursos por Operaciones Oficiales de Credito Externo por el monto de SEIS MIL DOSCIENTOS VEINTINUEVE MILLONES NOVECIENTOS OCHENTA Y SIETE MIL CUATROCIENTOS TRES Y 00/100 (S/. 6 229 987 403,00). - Los Recursos por Donaciones y Transferencias por el monto de NOVENTA MILLONES OCHOCIENTOS TREINTA Y SEIS MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 90 836 359,00). - Los Recursos por Privatizacion y Concesiones por el monto de MIL CUATROCIENTOS VEINTICUATRO MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 1 424 000 000,00).

Articulo 3º.- De las Exoneraciones Fiscales El Presupuesto del Sector Publico para el ano fiscal 2003, consigna dentro de la Fuente de Financiamiento "Recursos Ordinarios", la suma de TRES MIL SEISCIENTOS VEINTICUATRO MILLONES DOSCIENTOS MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 3 624 200 000,00) por concepto de Gastos Tributarios orientados a Inversiones y Otros Gastos Corrientes de los Gobiernos Regionales y del Gobierno Nacional a traves del Ministerio de Educacion, tal como se desprende del Anexo "Gastos Tributarios" que forma parte de la presente Ley. Dicho gasto unicamente se podra ejecutar progresivamente, conforme se dejen sin efecto las exoneraciones y beneficios fiscales vigentes. Articulo 4º.- Modificaciones Presupuestarias en mayores ingresos por cualquier Fuente de Financiamiento El mayor ingreso por cualquier fuente de financiamiento que se obtenga durante el ano fiscal 2003, respecto a los niveles previstos en el articulo precedente, podra modificar el nivel MORDAZA del Presupuesto de Ingresos y Egresos del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, de acuerdo con los procedimientos establecidos por la normatividad presupuestaria aplicable y en las prioridades del gasto, segun corresponda, contenidas en el MORDAZA Macroeconomico Multianual. Articulo 5º.- Equilibrio efectivo en la ejecucion del Presupuesto del Sector Publico Promulgada la Ley Anual de Presupuesto del Sector Publico para el ano fiscal 2003, el Poder Ejecutivo, a traves del Ministerio de Economia y Finanzas, velara para que la distribucion administrativa de la asignacion presupuestaria durante el ano fiscal mantenga el equilibrio efectivo entre los Recursos Publicos y los Gastos Publicos. La distribucion administrativa consiste en la autorizacion de los recursos publicos a traves de los Calendarios de Compromiso que emite la Direccion Nacional del Presupuesto Publico. Articulo 6º.- Proyecciones Trimestrales de Ingresos Fiscales Autorizase al Poder Ejecutivo para que mediante Decreto Supremo, con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros, y a propuesta de la Direccion Nacional del Presupuesto Publico, efectue las transferencias necesarias y asigne los recursos efectivamente disponibles, por las MORDAZA de Financiamiento "Recursos Ordinarios", "Recursos por Privatizacion y Concesiones" y "Recursos por Operaciones Oficiales de Credito", cuando la proyeccion trimestral de ingresos fiscales al cierre del ano en curso muestre una desviacion a la baja superior al 2% respecto de los supuestos de ingreso y financiamiento que sustentan la autorizacion MORDAZA de gasto aprobada en la Ley de Presupuesto del Sector Publico para el ano fiscal 2003, con la finalidad de garantizar la preservacion del equilibrio macrofiscal y el financiamiento de los programas de educacion primaria, seguro integral de salud, programas alimentarios, seguridad ciudadana y mantenimiento de la infraestructura economica. Asimismo, en caso que la proyeccion trimestral de ingresos tributarios al cierre del ano en curso muestre una desviacion hacia arriba mayor al 2% respecto de los supuestos de ingreso que sustentan la autorizacion MORDAZA de gasto aprobada en la Ley de Presupuesto del Sector Publico para el ano fiscal 2003, autorizase al Poder Ejecutivo para que mediante Decreto Supremo con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros, a propuesta de la Direccion Nacional del Pre-

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