Norma Legal Oficial del día 11 de septiembre del año 2002 (11/09/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 65

MORDAZA, miercoles 11 de setiembre de 2002

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

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las estructuras descubiertas y expuestas al intemperismo, lo que constituye un riesgo para su preservacion y estabilidad; Que, ante los diagnosticos meteorologicos de los especialistas sobre la ocurrencia de un Fenomeno del MORDAZA para los meses que se avecinan, lo cual empeoraria la situacion actual del Palacio Municipal en la parte declarada Monumento Historico, la Direccion Departamental de Cultura de La MORDAZA recomienda continuar y culminar las obras de restauracion con caracter de urgencia; Que, ante las recomendaciones del Organo Rector de Cultura en la preservacion de Monumentos Historicos y por el monto de la obra, es necesario exonerar mediante Acuerdo de Concejo del MORDAZA de Seleccion de Adjudicacion Directa por Situacion de Urgencia, conforme a lo establecido por los Articulos 19º inciso c), 20º inciso c) y 21º del Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM y 108º inciso 2) del Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, modificado por el Decreto Supremo Nº 079-2001-PCM; De conformidad con el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento, aprobados por Decretos Supremos Nºs. 012 y 013-2001-PCM y sus modificatorias; Estando al Informe Tecnico-Legal que contiene la justificacion de la contratacion y de la necesidad de exoneracion por situacion de urgencia; En uso de las atribuciones conferidas por el Articulo 47º inciso 3) de la Ley Nº 23853: Ley Organica de Municipalidades y a lo acordado en Sesion Ordinaria de Concejo de 23 de agosto de 2002; SE RESUELVE: 1º.- EXONERAR, del MORDAZA de Adjudicacion Directa a la Ejecucion de la obra: "Restauracion II Etapa Edificacion Monumental Palacio Municipal de Ascope" por Situacion de Urgencia, por las razones expuestas en la parte considerativa. 2º.- Publicar el presente Acuerdo de Concejo en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los diez (10) dias habiles de su emision. 3º.- Transcribir el presente Acuerdo de Concejo a la Contraloria General de la Republica, acompanando el Informe Sustentatorio dentro de los diez (10) dias calendario siguientes a la fecha de su aprobacion. Registrese, comuniquese y archivese. MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 16200

Que, con Informe Nº 002-2002-CEA/MPSM, del 6 de agosto de 2002, el Presidente del Comite Especial de Adquisiciones de la Municipalidad Provincial de San MORDAZA, da cuenta, entre otros, del inminente riesgo de desabastecimiento del Programa de Vaso de Leche, y la consecuente no atencion a los beneficiarios, por un periodo de 3 meses; Que, con Informe Nº 070-2002-DSSC/MPSM, del 8 de agosto de 2002, el Director de Servicios Sociales y Comunales, comunica el desabastecimiento del Programa de Vaso de Leche; Que, con Informe Nº 035-2002-OAJ/MPSM, del Jefe de la Oficina de Asesoria Juridica, del 9 de agosto de 2002, emite opinion legal favorable respecto a la necesidad de declarar la situacion de urgencia la adquisicion de los insumos del Programa de Vaso de Leche correspondiente a los meses de junio y MORDAZA del presente ano; Que, como quiera que a la fecha la poblacion beneficiaria del Programa del Vaso de Leche no puede estar desabastecida de los insumos correspondientes a este programa en sus raciones diarias, y en tanto el inciso c) del Art. 19º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece que estan exonerados del MORDAZA de licitacion, concurso publico o adjudicaciones directas, segun sea el caso, las adquisiciones y contrataciones que se realicen en situaciones de urgencias, y el Art. 20º de la citada MORDAZA establece que las adquisiciones MORDAZA indicadas se realizan mediante el MORDAZA de menor cuantia; Que, de acuerdo a lo establecido en el Inc. c) del Art. 20º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, la exoneracion de licitacion o concurso publico debe ser aprobado por Acuerdo de Concejo Municipal, en el caso de los Gobiernos Locales, puesto en conocimiento de la Contraloria General de la Republica dentro de 10 dias calendario siguientes a su aprobacion; Que, es necesario adoptar los mecanismos legales que permiten seguir atendiendo a los beneficiarios del Programa del Vaso de Leche de la Municipalidad Provincial de San MORDAZA, aplicando el MORDAZA normativo excepcional que fija las normas de contratacion; De conformidad con lo dispuesto en los Articulos 10º numeral 3) y 36º numeral 1) de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853 y demas normas pertinentes, luego del debate correspondiente, con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta, adopto por unanimidad el siguiente: ACUERDO: Articulo Primero.- DECLARAR EN SITUACION DE URGENCIA la adquisicion de insumos para abastecer al Programa del Vaso de Leche de la Municipalidad Provincial de San MORDAZA, para los meses de junio y MORDAZA del ejercicio 2002, tiempo que permitira llevar a cabo el MORDAZA de licitacion correspondiente. Articulo Segundo.- Autorizar a la Oficina de Administracion a traves de la Unidad de Abastecimiento, adquiera los productos necesarios mientras dure la situacion de urgencia, debiendo velar que el producto adquirido cumpla con las especificaciones nutricionales aprobadas por el Instituto Nacional de Salud. Articulo Tercero.- Encargar a la Oficina de Administracion de poner el presente Acuerdo en conocimiento de la Comision de Presupuesto y Cuenta General del Congreso de la Republica, del Ministerio de Economia y Finanzas, y de la Contraloria General de la Republica. Articulo Cuarto.- Encargar la publicacion del presente acuerdo, en el Diario Oficial El Peruano a la Unidad de Imagen Institucional. POR TANTO: Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA Z. DE MORDAZA Alcaldesa 16217

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE SAN MORDAZA
Declaran en situacion de urgencia adquisicion de insumos para el Programa del Vaso de Leche
ACUERDO DE CONCEJO Nº 168-2002-A/MPSM Tarapoto, 14 de agosto de 2002 POR CUANTO: El Concejo Municipal de la Municipalidad Provincial de San MORDAZA, en Sesion Ordinaria de la fecha 12 de agosto de 2002; en atencion al Informe Nº 002-2002-CEA/ MPSM, del 6 de agosto de 2002, del Presidente del Comite Especial de Adquisicion, el Informe Nº 070-2002DSSC/MPSM, de 8 de agosto de 2002, del Director de Servicios Sociales y Comunales, y el Informe Nº 0352002-OAJ/MPSM, del Jefe de la Oficina de Asesoria Juridica, del 9 de agosto de 2002; y,

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